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Resolución 2249 de 2017 Ministerio de Hacienda

Fecha de Expedición:
28/07/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/08/2017
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 50312 de 1 de agosto de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 2249 DE 2017

 

(Julio 28)

 

Por la cual se efectúa un traslado en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para la vigencia fiscal de 2017

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO 


En uso de sus facultades legales, en especial en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 2.8.1.5.6. del Decreto 1068 de 2015

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Decreto 2170 del 27 de diciembre de 2016, por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2017, en su artículo 3º detalla el Presupuesto de gastos o ley de apropiaciones para la vigencia 2017, del cual hace parte el Ministerio de Hacienda y Crédito Público;

 

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 2.8.1.5.6. del Decreto 1068 de 2015, “Las modificaciones, al anexo del decreto de liquidación que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento, el servicio de la deuda o los programas y subprogramas de inversión aprobados por el Congreso, se realizarán mediante resolución expedida por el jefe del órgano respectivo. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional, estas modificaciones se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos, o por resolución del representante legal en caso de no existir aquellas;

 

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público -Dirección Presupuesto Público Nacional, aprobará las operaciones presupuéstales contenidas en las resoluciones o acuerdos una vez se realice el registro de las solicitudes en el Sistema Integrado Información Financiera (SIIF) Nación. Si se trata de gastos de inversión, se requerirá, además, del concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación;

 

Que en la Sección 1301-01 Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Gestión General, existen recursos en el Programa 1302 Gestión de Recursos Públicos, Subprograma 1000 Intersubsectorial Gobierno, Proyecto 8 “Apoyo al aprovechamiento de activos y enajenación de la participación accionaria de la nación”, Recurso 11 Otros recursos del tesoro que por estar disponibles pueden ser trasladados;

 

Que el Departamento Nacional de Planeación mediante Oficio número 20174320002256, emitió concepto favorable sobre el traslado de los recursos;

 

Que el Jefe del Grupo de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal 3217 del 2 de junio de 2017 por valor de tres mil quinientos noventa millones ochocientos cincuenta y seis mil pesos ($3.590.856.000) moneda corriente,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1º. Efectuar el siguiente traslado en el presupuesto de Gastos de Inversión del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para la vigencia fiscal de 2017, así:

 

CONTRACRÉDITO


SECCIÓN 1301

 

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO


UNIDAD 1301-01 GESTIÓN GENERAL


PRESUPUESTO GASTOS DE INVERSIÓN

 

PROGRAMA

1302

GESTIÓN DE RECURSOS PÚBLICOS

 

SUBPROGRAMA

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

 

PROYECTO

8

APOYO AL APROVECHAMIENTO DE ACTIVOS Y ENAJENACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN ACCIONARIA DE LA NACIÓN

 

RECURSO

11

OTROS RECURSOS DEL TESORO

$3.590.856.000

 

 

TOTAL CONTRACRÉDITO

$3.590.856.000

 

CRÉDITO


SECCIÓN 1301

 

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO


UNIDAD 1301-01 GESTIÓN GENERAL


PRESUPUESTO GASTOS DE INVERSIÓN

 

PROGRAMA

1302

GESTIÓN DE RECURSOS PÚBLICOS

 

SUBPROGRAMA

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

 

PROYECTO

11

OPTIMIZACIÓN DEL MODELO DE GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL PORTAFOLIO DE EM­PRESAS ESTATALES - BOGOTÁ

 

RECURSO

11

OTROS RECURSOS DEL TESORO

$3.590.856.000

 

 

TOTAL CRÉDITO

$3.590.856.000

 

Artículo 2º. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación, previa aprobación de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D.C., a los 28 días del mes de julio del año 2017

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

 

MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA