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Resolución 017 de 2017 Secretaría Distrital de Salud

Fecha de Expedición:
05/01/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
23/05/2017
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6083 del 23 de mayo de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCION 017 DE 2017

 

(Enero 5)

 

Por la cual se aprueba reforma estatutaria de la institución privada sin ánimo de lucro

denominada INSTITUTO DE NEUROCIENCIAS APLICADAS (INEA- IPS), con domicilio en la ciudad de Bogotá

 

LA SECRETARIA DEL DESPACHO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD DE BOGOTÁ D.C (E.)

 

En ejercicio de sus atribuciones legales, y en especial las conferidas por el Decreto 780 de 2016 expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social, la Resolución 13565 de 1991 expedida por el Ministerio de Salud (hoy Ministerio de Salud y Protección Social) y el Decreto  581 de 1995,  expedido por la Alcaldía Mayor de Bogotá,  modificado por el Decreto 530 de 2015  y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante Resolución No. 115 del 01 de febrero de 2010, expedida por la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá, se reconoció Personería Jurídica a la Entidad Sin Ánimo de Lucro denominada “INSTITUTO DE NEUROCIENCIAS APLICADAS (INEA – IPS)”.

 

Que la doctora, GLORIA AMPARO VELEZ DE CLEVES, en su calidad de Representante Legal del INSTITUTO DE NEUROCIENCIAS APLICADAS (INEA IPS), mediante oficio con radicado No. 2016ER53056 del 27 de julio de 2016, solicitó la aprobación e inscripción de la reforma estatutaria adoptada mediante Acta de Asamblea Ordinaria No. 10 del 22 de marzo de 2016 y Documento de modificación de los Estatutos del Instituto de Neurociencias Aplicadas INEA IPS según propuesta de reforma presentada en la asamblea ordinaria del 22 de marzo de 2016, la cual consiste en la modificación del nombre a “INSTITUTO DE NEUROCIENCIAS APLICADAS INEA IPS (INEA)”, así como la modificación de los artículos No. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30,31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41 y la incorporación  de los artículos 42 y 43.

 

Que para el trámite de aprobación de la reforma estatutaria antes referida, la Representante Legal de la Entidad allegó los siguientes documentos: 1) Acta de Asamblea Ordinaria No. 10 del 22 de marzo de 2016 y 2) Documento de modificación de los Estatutos del Instituto de Neurociencias Aplicadas INEA IPS según propuesta de reforma presentada en la asamblea ordinaria del 22 de marzo de 2016.

 

Que realizado el análisis de la solicitud y de los anteriores documentos, la Dirección de Calidad de Servicios de Salud, a través de la comunicación con radicado No. 2016EE63531 del 06 de octubre de 2016, presentó observaciones a la documentación allegada por el INSTITUTO DE NEUROCIENCIAS APLICADAS (INEA – IPS).

 

Que la doctora, GLORIA AMPARO VELEZ DE CLEVES, en su calidad de Representante Legal del INSTITUTO DE NEUROCIENCIAS APLICADAS (INEA IPS), mediante oficio con radicado No. 2016ER75008 del 28 de octubre de 2016, presentó documentación según las observaciones realizadas por la Dirección de Calidad de Servicios de Salud, allegando 1) Estatutos Vigentes, y 2) Estatutos de los cuales se solicita aprobar reforma, en un solo cuerpo.

 

Que realizado el análisis de la solicitud y de los anteriores documentos, la Subdirección de Inspección, Vigilancia y Control de Servicios de Salud de esta Secretaría, expidió concepto técnico favorable, de fecha 16 de diciembre de 2016, para la aprobación de la reforma estatutaria solicitada por la Representante Legal de la Institución sin ánimo de lucro, denominada INSTITUTO DE NEUROCIENCIAS APLICADAS (INEA IPS), el cual concluyó que: 

 

“a). La documentación allegada por la institución sin ánimo de lucro denominada INSTITUTO DE NEUROCIENCIAS APLICADAS (INEA – IPS), para el trámite de la reforma estatutaria, cuya aprobación solicita la Representante Legal de dicha Institución, está conforme a lo establecido en el Acta de Asamblea Ordinaria No. 10 del 22 de marzo de 2016 y el Documento de modificación de los Estatutos del Instituto de Neurociencias Aplicadas INEA IPS según propuesta de reforma presentada en la asamblea ordinaria del 22 de marzo de 2016.

 

b). Los Estatutos cuya aprobación solicita la Representante Legal de dicha Institución sin ánimo de lucro denominada INSTITUTO DE NEUROCIENCIAS APLICADAS (INEA – IPS), cumplen con los requisitos exigidos por los artículos 2.5.3.9.1 al 2.5.3.9.67 del Decreto 780 de 2016  expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social y la Resolución 13565 de 1991, expedida por el Ministerio de Salud (hoy Ministerio de Salud y de la Protección Social) y no contravienen el orden público, la moral ni las buenas costumbres, ni desvirtúan los fines para los cuales fue creada la referida Institución.”

 

En mérito de lo expuesto, éste Despacho,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la reforma de los Estatutos de la Institución sin ánimo de lucro denominada INSTITUTO DE NEUROCIENCIAS APLICADAS (INEA – IPS), con domicilio en la ciudad de Bogotá, adoptada mediante el Acta de Asamblea Ordinaria No. 10 del 22 de marzo de 2016 y el Documento de modificación de los Estatutos del Instituto de Neurociencias Aplicadas INEA IPS según propuesta de reforma presentada en la asamblea ordinaria del 22 de marzo de 2016.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Adoptar el documento de los nuevos Estatutos presentados por el INSTITUTO DE NEUROCIENCIAS APLICADAS (INEA – IPS), con las respectivas reformas, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva del presente Acto Administrativo.

 

ARTÍCULO TERCERO: Registrar el cambio de nombre del INSTITUTO DE NEUROCIENCIAS APLICADAS (INEA – IPS), el cual a partir de la presente reforma estatutaria pasa a denominarse “INSTITUTO DE NEUROCIENCIAS APLICADAS INEA IPS (INEA)”.

 

ARTÍCULO CUARTO: En los aspectos no contemplados en los Estatutos de la Entidad, se aplicará lo dispuesto en las normas que rigen las instituciones sin ánimo de lucro del subsector privado del sector salud y demás normas aplicables. 

 

ARTÍCULO QUINTO: Notifíquese personalmente el contenido de la presente Resolución al Representante Legal del INSTITUTO DE NEUROCIENCIAS APLICADAS INEA IPS (INEA), o a quien haga sus veces, haciéndole saber que, contra la misma sólo procede el recurso de reposición ante este Despacho, el cual deberá interponerse por escrito en la diligencia de notificación personal, o dentro de los diez (10) días siguientes a ella, o a la notificación por aviso, o al vencimiento del término de publicación según el caso.

 

ARTÍCULO SEXTO: Una vez ejecutoriado, el presente Acto Administrativo deberá ser publicado en la Gaceta Distrital y se deberá allegar copia de la misma a la oficina de Registro de la Secretaría Distrital de Salud.

 

ARTÍCULO SÉPTIMO: La presente Resolución rige a partir de su publicación. 

 

NOTIFIQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los cinco (5) días del mes de enero de dos mil diecisiete (2017).

 

ANABELLE ARBELÁEZ VÉLEZ

 

Secretaria de Despacho (E.)