| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
RESOLUCIÓN 065 DE 2017 (Julio 21) Por medio de la cual se
liquida una modificación presupuestal al interior del Presupuesto de Gastos e
Inversiones de la EMPRESA METRO DE BOGOTÁ S.A., para la vigencia fiscal
comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2017 EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA METRO DE
BOGOTA S.A. En ejercicio de sus facultades legales y
estatutarias, en especial las conferidas por el Decreto Distrital 195 del 11 de
mayo de 2007, CONSIDERANDO:
Que la Junta Directiva de la Empresa
Metro de Bogotá S.A., mediante Acuerdo No. 1 del 16 de diciembre de 2016,
conceptuó favorablemente sobre el Proyecto de Presupuesto de Rentas e Ingresos
y de Gastos e Inversiones de la Empresa Metro de Bogotá S.A. para la vigencia
fiscal 2017 Que el Consejo Distrital de Política
Económica y Fiscal (CONFIS), mediante la Resolución No. 14 de 2016, aprobó el
Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Empresa Metro
de Bogotá S.A. para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31
de diciembre de 2017. Que mediante Resolución No. 01 de
2016, se liquidó el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones
de la Empresa Metro de Bogotá S.A., para la vigencia fiscal comprendida entre
el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2017. Que mediante Resoluciones No. 006, 026,
030 Y 043 de 2017, se ha modificado el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de
Gastos e Inversiones de la Empresa Metro de Bogotá S.A., para la vigencia
fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2017. Que la Empresa Metro de Bogotá S.A., dentro
de los requerimientos logísticos que se deben cubrir para el adecuado
desarrollo de las funciones encomendadas a la empresa, se identifica la
necesidad de contar con el servicio de vigilancia y seguridad en modalidad de
recepcionista, el cual incluya el sistema de circuito cerrado de televisión y
un sistema de control de acceso a la sede de la empresa Metro de Bogotá. Lo
anterior teniendo en cuenta que, en desarrollo de su objeto social, la Empresa Metro
de Bogotá S.A., tiene la obligación de salvaguardar sus bienes y garantizar la
seguridad personal de los servidores públicos, visitantes de otras entidades y el
público en general. Por lo tanto, resulta conveniente para la entidad el
servicio de guarda recepcionista con medio de comunicación sin arma. Que así mismo se requiere el sistema
de control de acceso para garantizar el ingreso y salida de servidores públicos
de la empresa de forma controlada en cualquier horario. Por último, el circuito
cerrado de televisión se requiere con el fin de garantizar la vigilancia y
control de tránsito en los pasillos de la sede de la empresa, en cualquier
horario. Que adicionalmente la Empresa requiere
contratar los servicios profesionales y de apoyo a la gestión de implementación,
puesta en marcha y mantenimiento del sistema de gestión de seguridad y salud en
el trabajo; así mismo se requiere la contratación de asesorías y consultorías
especializadas para la Empresa Metro de Bogotá. Que la Empresa Metro requiere la suscripción
a un sistema de consulta normativa que permita la actualización legal constante
y oportuna para todos los empleados y trabajadores de la entidad. Que la Empresa requiere realizar la
compensación en dinero de las vacaciones causadas y no disfrutadas al personal
que se desvincula definitivamente de la entidad. Que de conformidad con lo
anteriormente expuesto, está identificada la necesidad de efectuar algunos
traslados presupuestales al interior del Agregado Gastos de Funcionamiento, con
el fin de garantizar los rubros y asignaciones necesarias para contar con los
servicios profesionales de apoyo a la gestión, consultorías y asesorías
especializadas, suscripción a una base de actualización legislativa, el sistema
de circuito cerrado de televisión y un sistema de control de acceso a la sede
de la Empresa Metro de Bogotá. Que los recursos para financiar estos
rubros, se proveen a través de contra crédito parcial en el rubro de Servicios
personales asociados a la Nómina los cuales, de acuerdo a la proyección de las
obligaciones derivadas de la planta de personal, tendrán una menor ejecución en
la vigencia 2017. Que, de acuerdo a lo establecido,
corresponde al Gerente General de la Empresa Metro de Bogotá S.A., liquidar la
correspondiente modificación presupuestal. RESUELVE:
Artículo 1º-: Liquidar la
modificación presupuestal al interior del Agregado de Gastos de Funcionamiento
del Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Empresa Metro de Bogotá S.A.,
para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre
del año 2017, consistente en un traslado por valor de DOSCIENTOS SESENTA Y
CINCO MILLONES DE PESOS ($265.000.000), conforme al siguiente detalle:
Artículo 2º-: La presente Resolución
rige a partir de la fecha de su expedición. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a 21 días del mes de julio
del año 2017. ANDRÉS ESCOBAR URIBE
Gerente General
|