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Decreto 1312 de 2017 Nivel Nacional

Fecha de Expedición:
04/08/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
04/08/2017
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 50315 del 04 de agosto de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 1312 DE 2017

 

(Agosto 04)

 

Por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2017 y se efectúa la correspondiente liquidación

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA


En uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los artículos 33 y 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Congreso de la República de conformidad con el artículo 349 de la Constitución Política expidió la Ley 1815 de 2016, por la cual se decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2017, el cual se liquidó mediante el Decreto 2170 de 2016.

 

Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación.

 

Que de conformidad con el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación, los recursos de asistencia y cooperación internacional de carácter no reembolsables, hacen parte del Presupuesto de Rentas del Presupuesto General de la Nación y se incorporan al mismo como donaciones de capital mediante decreto del Gobierno, previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor. Su ejecución se realizará de conformidad con lo estipulado en los convenios o acuerdos internacionales que los originen y estarán sometidos a la vigilancia de la Contraloría General de la República.

 

Que el Gobierno de la República de Colombia y la Unión Europea firmaron el Convenio de financiación número 311953 de 2012, denominado “Latin America, Caribbean and European Union Network on Research and Innovation (ALCUE NET)” con el objeto de apoyar la política de investigación e innovación en el marco del proyecto ALCUE-NET, entre la Unión Europea, América Latina y el Caribe, Mediante una Plataforma birregional para que los involucrados tengan acceso, por valor de €121.364,75.

 

Que la Coordinadora del Grupo Interno de Apoyo Financiero y Presupuestal del Departamento Administrativo de la Ciencia, Tecnología e Innovación (Colciencias), certificó a los 9 días del mes de mayo de 2017, que la entidad recibió el día 19 de diciembre de 2016 la suma de €14.450,46, por concepto de donación de proyecto con la Unión Europea que coordina el Ministerio de Ciencia, Tecnología de Argentina - ALCUENET de Argentina, los cuales se encuentran en el portafolio de Bancolombia a nombre de la entidad, disponibles para incorporar.

 

Que el Departamento Nacional de Planeación, mediante Oficio 20174340001396 del 9 de mayo de 2017, suscrito por el Director de Inversiones y Finanzas Públicas, emitió concepto favorable sobre la adición de $49.131.564 al presupuesto de Gastos de Inversión del Departamento Administrativo de la Ciencia, Tecnología e Innovación- Gestión General.

 

Que el Departamento Administrativo de la Ciencia, Tecnología e Innovación- Colciencias, con oficio número 20171500071241 del 30 de junio de 2017, solicitó la incorporación de los recursos donados por la Unión Europea, por valor de $45.734.855.

 

Que el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto faculta al Gobierno para dictar el Decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación.

 

Que el citado artículo prevé que el decreto se acompañará con un anexo que tendrá el detalle del gasto.

 

DECRETA:

 

Artículo 1°. Adición al Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital. Adiciónase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2017, en la suma de cuarenta y cinco millones setecientos treinta y cuatro mil ochocientos cincuenta y cinco pesos m/cte ($45.734.855), según el siguiente detalle:

 

RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN

 

I.

INGRESOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL

45.734.855

2.

RECURSOS DE CAPITAL DE LA NACIÓN

45.734.855

 

Artículo 2°. Adición al Presupuesto de Gastos o ley de Apropiaciones. Adiciónase el Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2017, en la suma de cuarenta y cinco millones setecientos treinta y cuatro mil ochocientos cincuenta y cinco pesos m/cte ($45.734.855), según el siguiente detalle:

 

ADICIONES — PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN SECCIÓN: 3901

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN

 

CTA

PROG

SUBC

SUBP

CONCEPTO

APORTE NACIONAL

RECURSOS

PROPIOS

TOTAL

C.

PRESUPUESTO DE INVERSIÓN

$ 45.734.855

 

$ 45.734.855

3901

CONSOLIDACIÓN DE UNA INSTITUCIONALIDAD HABILITANTE PARA LA CIENCIA, LA TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN (CTI)

$ 45.734.855

 

$ 45.734.855

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

$ 45.734.855

 

$ 45.734 855

 

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCIÓN

$ 45.734.855

 

$ 45.734.855

 

Artículo 3°. Liquidación de la Adición del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital. Adiciónase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2017, en la suma de cuarenta y cinco millones setecientos treinta y cuatro mil ochocientos cincuenta y cinco pesos m/cte ($45.734.855), según el siguiente detalle:

 

DETALLE DE LA COMPOSICIÓN DEL PRESUPUESTO DE RENTAS

 

CONCEPTOS

TOTAL

I. INGRESOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL

45.734.855

2. RECURSOS DE CAPITAL DE LA NACIÓN

45.734.855

2.7 OTROS RECURSOS DE CAPITAL

45.734.855

TOTAL PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL

45.734.855

 

ADICIONES - PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN

 

CTA

PROG

SUBC

SUBP

OBJG

PROY

ORD

SPRY

REC

CONCEPTO

APORTE NACIONAL

RECURSOS PROPIOS

TOTAL

 

 

 

 

 

SECCIÓN: 3901

 

 

 

 

 

 

 

 

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL PRESUPUESTO

$45.734.855

 

$45.734.855

 

 

 

 

 

C. INVERSIÓN

$45.734.855

 

$45.734.855

 

 

 

 

 

UNIDAD:390101

 

 

 

 

 

 

 

 

GESTIÓN GENERAL

$45.734.855

 

$45.734.855

3901

 

 

 

 

CONSOLIDACIÓN DE UNA INSTITUCIONALIDAD HABILITANTE PARA LA CIENCIA, LA TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN (CTI)

$45.734.855

 

$45.734.855

3901

1000

 

 

 

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

$45.734.855

 

$45.734.855

3901

1000

3

 

 

APOYO FORTALECIMIENTO DE LA TRANSFERENCIA INTERNACIONAL DE CONOCIMIENTO A LOS ACTORES DEL SNCTI NIVEL NACIONAL

$45.734.855

 

$45.734.855

 

 

 

 

15

DONACIONES

$45.734.855

 

$45.734.855

 

 

 

 

 

TOTAL ADICIÓN

$45.734.855

 

$45.734.855

 

RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN

 

I. INGRESOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL

45.734.855

2. RECURSOS DE CAPITAL DE LA NACIÓN

45.734.855

 

Artículo 4°. Liquidación de la adición del presupuesto de gastos o ley de apropiaciones. Adiciónase el Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2017, en la suma de cuarenta y cinco millones setecientos treinta y cuatro mil ochocientos cincuenta y cinco pesos ($45.734.855) moneda corriente, según el siguiente detalle:

 

ADICIONES - PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN

 

CTA

PROG

SUBC

SUBP

CONCEPTO

APORTE NACIONAL

RECURSOS PROPIOS

TOTAL

SECCIÓN: 3901

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN

C.

 

PRESUPUESTO DE INVERSIÓN

$45.734.855

 

$45.734.855

3901

 

CONSOLIDACIÓN DE UNA INSTITUCIONALIDAD HABILITANTE PARA LA CIENCIA, LA TECNO- LOGÍA E INNOVACIÓN (CTI)

$45.734.855

 

$45.734.855

 

1000

INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO

$45.734.855

 

$45.734.855

 

 

TOTAL PRESUPUESTO SECCIÓN

$45.734.855

 

$45.734.855

 

Artículo 5°. El presente decreto se acompaña de un anexo que contiene el detalle del gasto.

 

Artículo 6°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D.C., a los 04 días del mes de agosto del año 2017

 

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

 

EL Ministro de Hacienda y Crédito Público,

 

Mauricio Cardenas Santamaría