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RESOLUCIÓN 664 DE 2017 (Enero 24) Por la cual se modifica el artículo 1 de la Resolución
21292 de 2016 LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL En ejercicio de
las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el
parágrafo del artículo 35 del Decreto Ley 1278 de 2002, en los artículos 2.4.1.4.2.1 y 2.4.1.4.3.2 del Decreto 1075 de 2015, y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto Ley 1278 de 2002 se expidió el
Estatuto de Profesionalización Docente, el cual regula las relaciones entre el
Estado y los docentes y directivos docentes que prestan sus servicios en las
instituciones educativas oficiales de preescolar, básica y media que hacen
parte de las entidades territoriales certificadas en educación. Que el mencionado Decreto Ley consagra en su artículo 35 y
en el numeral 2 del artículo 36 la Evaluación de Competencias como el mecanismo
voluntario que evalúa la práctica educativa y pedagógica por los educadores
oficiales en su puesto de trabajo, con el fin de lograr su ascenso de grado o
reubicación en el Escalafón Docente. Que el Decreto 1657 de 2016. adicionado al Decreto 1075 de
2015. subrogó las secciones 1.2.3 y 4 del Capítulo 4. Titulo 1 Parte 4 Libro
2 del Decreto 1075 en donde se reguló la evaluación de la que trata el articulo
35 y el numeral 2 del artículo 36 del Decreto Ley 1278 de 2002. atribuyéndole a
la misma un carácter diagnóstico formativo. Que dentro de las responsabilidades dispuestas en el
artículo 2.4.1.4.2.1 del Decreto 1075 de 2015, al Ministerio de Educación
Nacional le compete definir el cronograma de la evaluación de carácter
diagnóstico formativo (ECDF) y. por tanto, expidió la Resolución No 21292 de
2016. Que con el fin de promover la participación efectiva de los
educadores inscritos en el escalafón de que trata el Decreto 1278 de 2002 en la
ECDF que inició trámites en el año 2016 y que se desarrollará en el año 2017.
el Ministerio de Educación Nacional encuentra necesario adelantar campañas
pedagógicas sobre el uso de la plataforma en la cual se desarrollará la
evaluación y aumentar el plazo de inscripción para dicho proceso, al igual que
el plazo para iniciar el cargue de instrumentos a la plataforma por lo que se
hace necesario modificar en ese sentido el cronograma de actividades de qué
trata el artículo 1 de la Resolución 21292 de 2016. Que con la modificación de la fecha del cierre de
inscripciones e inicio del cargue de instrumentos no se modifica la fecha de
finalización de la evaluación. En mérito de lo expuesto. RESUELVE: Artículo 1. Modificación al artículo
1 de la Resolución 21292 de 2016.
Modifíquese el artículo 1 de la Resolución 21292 de 2016. a partir de la etapa
de inscripción, el cual quedará así:
Artículo 2. La presente resolución rige a
partir de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá D.C., a los 24 días del mes de enero del año 2017 LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL, YANETH GIHA TOVAR |