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Resolución 106 de 2017 Comisión de Regulación de Energía y Gas - CREG

Fecha de Expedición:
24/07/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 50341 del 30 de agosto del 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 106 DE 2017

 

(Julio 24)

 

Por la cual se ordena hacer público un proyecto de resolución de carácter general, “por la cual se adoptan medidas regulatorias transitorias y transicionales dentro de la prestación del servicio público domiciliario de GLP en atención a lo previsto en la Resolución 40344 de 2017 y el artículo 2.2.2.7.4 del Decreto 1073 de 2015

 

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

 

En ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 de 1994 y 1151 de 2007, y en desarrollo de los Decretos 1523 y 2253 de 1994, 1260 de 2013, el artículo 2.2.2.7.4 del Decreto 1073 de 2015 y la Resolución 40344 de 2017 y,

 

CONSIDERANDO QUE:

 

Conforme a lo dispuesto por el artículo 8° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y el artículo 9° del Decreto 2696 de 20041, la Comisión debe hacer público en su página web todos los proyectos de resolución de carácter general que pretenda adoptar.

 

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión número 791 de 24 de julio de 2017 aprobó hacer público el proyecto de resolución “por la cual se adoptan medidas regulatorias transitorias y transicionales dentro de la prestación del servicio público domiciliario de GLP en atención a lo previsto en la Resolución 40344 de 2017 y el artículo 2.2.2.7.4 del Decreto 1073 de 2015”.

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1. Hágase público el proyecto de resolución “por la cual se adoptan medidas regulatorias transitorias y transicionales dentro de la prestación del servicio público domiciliario de GLP en atención a lo previsto en la Resolución 40344 de 2017 y el artículo 2.2.2.7.4 del Decreto 1073 de 2015”. Los análisis que sustentan la presente propuesta están contenidos en el Documento CREG 057 de 2017.

 

ARTÍCULO 2. Se invita a los agentes, a los usuarios, a las autoridades competentes, a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y a la Superintendencia de Industria y Comercio, para que remitan sus observaciones o sugerencias dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la publicación de la presente propuesta regulatoria en la página web de la Comisión.

 

ARTÍCULO 3. Las observaciones y sugerencias sobre el proyecto deberán dirigirse al Director Ejecutivo de la Comisión, a la siguiente dirección: avenida calle 116 número 7-15, edificio Torre Cusezar, Interior 2, oficina 901 o al correo electrónico creg@creg.gov.co.

 

ARTÍCULO 4. La presente resolución no deroga disposiciones vigentes por tratarse de un acto de trámite.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D.C., a los 24 días del mes de julio del año 2017


GERMÁN ARCE ZAPATA


Ministro de Minas y Energía

Presidente

GERMÁN CASTRO FERREIRA


Director Ejecutivo


NOTA: 
Ver anexo.