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DECRETO LOCAL 06 DE 2017
(Agosto 31)
POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTÚA UNA MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL EN EL PRESUPUESTO ANUAL DE INGRESOS Y DE GASTOS DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE, PARA LA VIGENCIA FISCAL COMPRENDIDA ENTRE EL 1 DE ENERO Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2017
EL ALCALDE LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, párrafo tercero estipula: “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto.”.
En el rubro de Mantenimiento Entidad se destinaron recursos para el servicio de Vigilancia y Seguridad de las instalaciones; desde el mes de marzo de 2017 la secretaria Distrital de Gobierno retiro el apoyo de seguridad de 3 puestos (2 de la entrada principal y uno de las inspecciones de policía) sin previo aviso, por lo que se hace necesario y vital asumir la seguridad de las instalaciones.
La asignación presupuestal del rubro de servicios públicos por concepto de Acueducto y Alcantarillado no estaba prevista por la totalidad del consumo por estar asumido el pago por la Secretaria Distrital de Gobierno, pero a partir de la fecha se debe realizar el pago en su totalidad por la Alcaldía Local.
Que el Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, en los Gastos de Funcionamiento- Gastos Generales, en los rubros “Gastos de Computador” y “Gastos de Transporte y Comunicación”, presenta saldos de apropiación libres de afectación, según consta en los Certificados de Disponibilidad Presupuestal números 551 y 556 suscritos por el Responsable del Presupuesto, los cuales pueden trasladarse para financiar faltantes de apropiación en otros rubros.
Que el Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe requiere acreditar en los Gastos de Funcionamiento- Gastos Generales en los rubros “Mantenimiento Entidad” y “Acueducto y Alcantarillado”, para cumplir con servicios necesarios en la vigencia, dado que una vez revisada la ejecución del Presupuesto de la Localidad de Rafael Uribe Uribe con corte a 31 de Julio de 2017 y atendiendo al estado de contratación en Gastos de Funcionamiento, se verifica la falta de recursos para el servicio de vigilancia y para el pago del servicio de Acueducto Alcantarillado de la Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe, razón por la cual se hace necesario acreditar los rubros 3.1.2.02.05.01 “Mantenimiento Entidad” y 3.1.2.02.08.02 “Acueducto y Alcantarillado”.
Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaria Distrital de Hacienda, según Radicado N° 147695 del 29 de Agosto de 2017, emitió concepto favorable sobre éste traslado presupuestal al interior de los Gastos de Funcionamiento – Gastos Generales del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, por valor de $ 160.806.987.00.
En mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: Efectúense el siguiente Contracrédito en el Presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe para la vigencia fiscal 2017, de conformidad con el siguiente detalle:
CONTRACRÉDITOS
ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúense el siguiente Crédito en el Presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe para la vigencia fiscal 2017, de conformidad con el siguiente detalle:
CRÉDITOS
ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto rige a partir de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D.C., a los treinta y un (31) días del mes de agosto del año dos mil diecisiete (2017). JAIME MARTÍNEZ SUESCUN Alcalde Local de Rafael Uribe Uribe |