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RESOLUCIÓN 124 DE 2017 (Agosto 22) Por el cual se corrige un yerro en la numeración EL ALCALDE LOCAL DE
ANTONIO NARIÑO En uso de sus facultades
legales, en especial las conferidas en el Decreto Ley 1421 de 1993, y CONSIDERANDO: Que el 28 de diciembre
de 2016 se expidió la Resolución 389 por medio de la cual se declaró desierto
el proceso de Selección de Mínima Cuantía FDLAN No. 012 de 2016. Que por un error formal
e involuntario se numeró erradamente la Resolución en comento con el número 389
de 2016, correspondiéndole éste a la Resolución Local del pasado 29 de
diciembre del año 2016 por medio de la cual se adjudicó el proceso contractual
de proceso de selección abreviada de menor cuantía convocatoria pública FDLAN –
SAMC – 008 -2016. Que el artículo 45 de
la Ley 1437 de 2011 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento
Administrativo y de lo Contencioso Administrativo” en cuanto a la corrección de
errores formales señala “...En cualquier tiempo de oficio o a petición de parte
se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos
administrativos ya sean aritméticos, de digitación de transcripción o de
omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el
sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar
el acto…”. Que, realizada la
corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados,
según corresponda. Que por tratarse de un
error de digitación que no da lugar a cambios en el sentido material de la
decisión, se hace necesario corregir de oficio el yerro de numeración del acto
administrativo en comento, quedando éste con el siguiente número: Resolución
Local 389-A de 2016 expedida el 28 de diciembre del mismo año. Dadas las anteriores
consideraciones el Alcalde Local de Antonio Nariño, en uso de sus facultades
legales. RESUELVE: ARTÍCULO
1:
Corregir la numeración de la Resolución 389 del 28 de diciembre de 2016, la
cual para todos sus efectos y en todos sus folios será el siguiente: * Resolución No. 389-A
de 2016 “Por medio de la cual se declara desierto el proceso de Selección de
Mínima Cuantía FDLAN No. 012 de 2016”. ARTÍCULO
2°. La
presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en
lo pertinente la Resolución 389 del 28 de diciembre de 2016. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE
Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D.C., a
los 22 días del mes de agosto de 2017 EDUARDO AUGUSTO SILGADO
BURBANO Alcalde Local de
Antonio Nariño |