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CIRCULAR EXTERNA 0057 DE 2017 (Septiembre 22)
La Superintendencia de Puertos y Transporte en cumplimiento de sus funciones de Vigilancia, Inspección y Control otorgadas por la Ley 1ª de 1991; Decretos 101 y 1016 de 2000, modificados por el Decreto 2741 de 2001, en especial lo instituido en el numeral 10 del artículo 12 del Decreto 2741 de 2001, expidió la Resolución No. 4819 del 1 de marzo de 2017, por la cual se implementa el Sistema de Indicadores de Gestión al Transporte (SIGT). Mediante Circular número 067 del 09/09/2016 se solicitó reportar a través de correo electrónico y en formato Excel preestablecido información relacionada con motonaves y vehículos. A partir de la fecha se adiciona al módulo Sistema de Indicadores de Gestión al Transporte (SIGT), particularmente en la tabla naves información relacionada con la fecha y hora de fondeo de las motonaves que arriban a cada instalación portuaria, para lo cual se informa que el manual de usuario del SIGT, queda actualizado con esta modificación, el cual puede ser consultado en el siguiente link http://www.supertransporte.gov.co/index. php/normatividad/516-registros-vigia. La información relacionada con el fondeo de motonaves, deberá ser reportada a partir del 01 de octubre de 2017 así: 1. Para las sociedades portuarias que al 30 de septiembre se encuentren al día en los reportes de información de las tablas Naves_Productos; iniciarán a transmitir con la nueva estructura, a partir de dicha fecha. 2. Aquellas sociedades portuarias que a la fecha de expedición de esta Circular, tengan pendientes transmisiones de las tablas Naves_Productos de meses anteriores a septiembre, necesariamente deberán diligenciar toda la información pendiente con la nueva estructura. Para garantizar la transmisión de los archivos requeridos a través del Sistema de Indicadores de Gestión al Transporte (SIGT) y resolver cualquier inquietud, la Superintendencia dispone del servicio de Call Center línea de atención 018000915615, para brindar soporte a los destinatarios de las disposiciones contenidas en esta Circular. La presente circular rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Dada en Bogotá, D.C., a los 22 días del mes de septiembre del año 2017. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. El Superintendente Delegado de Puertos Rodrigo José Gómez Ocampo. |