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Decreto 2057 de 2015 Nivel Nacional

Fecha de Expedición:
21/08/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
21/08/2015
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 49672 del 08 de octubre de 2015.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 2057 DE 2015

 

(Octubre 21)

 

Por el cual se dictan disposiciones para garantizar el normal desarrollo de las elecciones

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

 

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política, 2° del Decreto número 2241 de 1986 y 21 del Decreto número 2033 del 16 de octubre de 2015

 

CONSIDERANDO:

  

Que el artículo 21 del Decreto número 2033 del 16 de octubre de 2015, establece que el Gobierno Nacional designará delegados para realizar el seguimiento del Proceso Electoral para elegir Autoridades y Corporaciones Públicas Territoriales el 25 de octubre de 2015, 

  

DECRETA:

 

Artículo 1. Delegar al doctor Juan Fernando Cristo Bustos Ministro del Interior, la coordinación con los delegados del Gobierno en cada una de las entidades territoriales, que se designan en el artículo siguiente para la promoción del normal desarrollo de las elecciones y las garantías para el pleno ejercicio de los derechos de los ciudadanos en el territorio nacional. 

 

Artículo 2. Para el cumplimiento de los propósitos señalados en el artículo 21 del Decreto número 2033 del 16 de octubre de 2015, desígnanse los siguientes funcionarios en el Distrito Capital de Bogotá y cada uno de los departamentos que se citan a continuación: 


DEPARTAMENTO

DELEGADO PRESIDENCIAL

BOGOTÁ, D. C.

CRISTINA PARDO SHLESINGER

Secretaria Jurídica Presidencia de la República

AMAZONAS

LUIS ERNESTO GÓMEZ LONDOÑO


Viceministro de Empleo y Pensiones- Ministerio del Trabajo


ANTIOQUIA

LILIANA CABALLERO DURAN

Directora Departamento Administrativo de la Función

Pública

GUSTAVO ENRIQUE GARCÍA BATE - Secretario General de la Función Pública 2° delegado


ARAUCA

MARIANA MARTÍNEZ CUELLAR

Viceministra para la Estrategia y la Planeación

Ministerio de Defensa Nacional

GERMÁN ARCE ZAPATA- Gerente del Fondo Adaptación 2° Delegado


ATLÁNTICO

TOMÁS GONZÁLEZ ESTRADA

 Ministro de Minas y Energia

CARLOS FERNANDO ERASO CALERO -Viceministro de Energía- Ministerio de Minas y Energía 2° delegado


BOLÍVAR

MARÍA ÁNGELA HOLGUÍN CUELLAR

Ministra de Relaciones Exteriores


BOYACÁ

DAVID LUNA SÁNCHEZ

Ministro de Tecnologías de la Información y las

Comunicaciones

MARÍA ISABEL MEJÍA JARAMILLO- Viceministra de Tecnologías y Sistemas de Información 2° Delegada


CALDAS

CECILIA ÁLVAREZ CORREA

Ministra de Comercio Industria y Turismo

DANIEL ARANGO ÁNGEL - Viceministro de Desarrollo Empresarial 2° delegado


CAGUETA

CARLOS MEDINA RAMÍREZ

Viceministro de Política Criminal y Justicia Restaurativa-Ministerio de Justicia y del Derecho


CASANARE

JUAN PABLO DÍAZ GRANADOS PINEDO

Viceministro de Desarrollo Rural- Ministerio de Agricultura


CAUCA

MARIANA GARCÉS CÓRDOBA

Ministra de Cultura


CESAR

ALEJANDRO GAVIRIA URIBE

Ministro de Salud y Protección Social


CHOCÓ

YESID REYES ALVARADO

Ministro de Justicia y del Derecho

ANA MARÍA RAMOS SERRANO- Viceministra de

Promoción de la Justicia 2° delegada


CÓRDOBA

SIMÓN GAVIRIA MUÑOZ

Director Nacional de Planeación

MANUEL FERNANDO CASTRO QUIROZ- Subdirector Territorial y de Inversión Pública 2° delegado


CUNDINAMARCA

TATIANA OROZCO DE LA CRUZ

Directora Departamento de Prosperidad Social

 Presidencia de la República


GUAINÍA

HERNÁN MIGUEL ROMÁN CALDERÓN TURBAY Viceministro de Asuntos Agropecuarios

Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural


GUAVIARE

ENRIQUE JOSÉ NATES GUERRA

Viceministro de Transporte- Ministerio de Transporte


HUILA

LUIS MIGUEL PICO PASTRANA

Director para Asuntos Políticos- DAPRE


LA GUAJIRA

AURELIO IRAGORRI VALENCIA

Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural


MAGDALENA

MAURICIO PERFETTI DEL CORRAL

Departamento Administrativo Nacional de

Estadística - DANE

DIEGO ARDIU\ SILVA - Subdirector del DANE 2" delegado


META

MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA

Ministro de Hacienda y Crédito Público

ANDRÉS ESCOBAR ARANGO- Viceministro Técnico Ministerio de hacienda y Crédito Público 2° delegado


NARIÑO

NATALIA ABELLO VIVES

Ministra de Transporte

IVÁN MARTÍNEZ IBARRA- Viceministro de Infraestructura Ministerio de Transporte 2° delegado


NORTE DE SANTANDER

CRISTINA PLAZAS MICHELSEN

Directora Instituto Colombiano de Bienestar Familiar


PUTUMAYO

ANDRÉS BOTERO PHILLIPSBOURNE

Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el aprovechamiento del Tiempo Libre - COLDEPORTES


QUINDIO

MARÍA ISABEL ULLOA CRUZ

Viceministra de Minas

Ministerio de Minas y Energía


RISARALDA

GINA MARÍA PARODY D’ECHEONA

Ministra de Educación

VÍCTOR SAAVEDRA MERCADO- Viceministro de Educación Preescolar, Básica y Media (E) Ministerio de Educación2° delegado


SAN ANDRÉS. PROVIDENCIA SANTA CATALINA

MARÍA CAROLINA HOYOS TURBAY

Viceministra General

Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones


SANTANDER

LUIS EDUARDO GARZÓN

Ministro de trabajo

ENRIQUE BORDA VILLEGAS- Viceministro de Relaciones Laborales Ministerio de Trabajo 2° delegado


SUCRE

ALFONSO PRADA GIL

Director Servicio Nacional de Aprendizaje- SENA


TOLIMA

SANTIAGO ROJAS AROYO- Director General Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales- DIAN

MARÍA CAROLINA CASTILLO AGUILAR Viceministra de Agua y Saneamiento Básico, Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio 2° delegado


VALLE DEL CAUCA

GABRIEL VALLEJO LÓPEZ

Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible


VAUPÉS

JOSÉ JAVIER PÉREZ MEJÍA

Viceministro del Grupo Social Empresarial del Sector Defensa GSED


VICHADA

MARÍA CLAUDIA LÓPEZ SORZANO

Viceministra de Cultura


Artículo 3. Los delegados designados deberán rendir informe de las gestiones realizadas, así mismo los gastos que ocasione el desplazamiento de los anteriores funcionarios se harán con cargo al presupuesto de sus respectivas entidades. 

 

Artículo 4. VIGENCIA. Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación. 

  

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de octubre del año 2015

 

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

 

El Ministro del Interior

 

JUAN FERNANDO CRISTO BUSTOS