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DECRETO LOCAL 004 DE 2016 (Junio 03)
Por el cual se efectúan unas modificaciones en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz para la vigencia fiscal de 2.016
EL ALCALDE LOCAL DE SUMAPAZ
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 31 del Decreto 372 de Agosto 30 de 2010, y las atribuciones emanadas del Decreto Ley 1421 de 1.993 artículo 69, en concordancia con la Ley 152/94 del Plan de Desarrollo, Ley 179/94 de Presupuesto, Ley 617/2000, Decretos Distritales 714/96, y
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 31 del Decreto 372 de agosto 30 de 2010 los traslados presupuestales que se requieran dentro del mismo agregado, se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Que el Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz, en Gastos de Funcionamiento “mantenimiento y reparaciones-Mantenimiento Entidad”, presenta saldos de apropiación libres de afectación, según consta en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 326, que ampara esta modificación presupuestal. Que el Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz requiere acreditar en los Gastos de Funcionamiento, el “Promoción Institucional”, teniendo en cuenta la necesidad de recursos para el cumplimiento de metas. Que la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, mediante comunicación 2016EE93439 O1 del 02 de Junio de 2016 emitió concepto favorable a la modificación presupuestal. Que en mérito de lo anterior,
DECRETA: ARTÍCULO PRIMERO: Contracreditar el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz, para la vigencia 2016 en OCHO MILLONES DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS PESOS ($8,019,200,00) Moneda Corriente, de conformidad con el siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO: Acreditar el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz, para la vigencia 2016 en OCHO MILLONES DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS PESOS ($8,019,200,00) Moneda Corriente, de conformidad con el siguiente detalle:
ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, a los tres (3) días del mes de junio de dos mil dieciséis (2.016).
HÉCTOR ROMÁN MORALES BETANCOURT
Alcalde Local de Sumapaz (E)
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