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Bogotá D.C, 12-05-2017 110 - OAJ
Señor OSCAR GÓMEZ LUCENA calle 159 No. 16C - 39 Oí. 301 La ciudad Radicado: 20171100060391
ASUNTO: Concepto jurídico sobre la vigencia del
Decreto Distrital 456 de 2013 - Marco
Referencia:2017-400-007015-2 del 12 de abril de 2017 Radicado SDM 43872 de 2017 de la Secretaría Distrital de Movilidad Radicado SDM-DTI-50964-2017 de la Secretaría Distrital de Movilidad
Sr. Gómez Lucena,
LA CONSULTA
Mediante su
escrito de la referencia, radicado ante la Secretaría Distrital de Movilidad y
2. "Precisar
si el Decreto 456 de 2013 que fue expedido al tenor del Decreto 364 de 2013 y
COMPETENCIA DEL DADEP
El Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público (por su sigla el DADEP) fue creado por el Concejo de Bogotá, mediante la aprobación del Acuerdo 018 de 1999.
El DADEP tiene por función, entre otras, fijar las políticas en materia de defensa, inspección, vigilancia, regulación y control del espacio público en el Distrito Capital de Bogotá, así mismo se encarga de asesorar a las autoridades locales (léase las Alcaldías Locales, entre otros) en el ejercicio de las funciones relacionadas con el espacio público, así como en la difusión y aplicación de las normas correspondientes (con fundamento en lo previsto por el artículo 4 literales b) y c) del Acuerdo 018 de 1999 aprobado por el Concejo de Bogotá).
El DADEP,
según el Acuerdo 018 de 1999 expedido por el Concejo de Bogotá, tiene como
misión De conformidad
con el Decreto Distrital 583 de 2012, artículo 1°, el DADEP ejerce la
Secretaría ANÁLISIS JURÍDlCO
El fundamento normativo del aprovechamiento económico del espacio público en Colombia se encuentra en et artículo 7° de la Ley 9 a de 1989 - Ley de Reforma Urbana, norma que se encuentra vigente en la actualidad.
En el Distrito
Capital de Bogotá, el Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá / POT de
Bogotá
Tales normas
del POT de Bogotá fueron desarrolladas en el Plan Maestro del Espacio Público - PMEP contenido en el Decreto
Distrital 215 de 2005, norma que se encuentra vigente.
En su momento
histórico, el entonces Alcalde Mayor de Bogotá expidió el Decreto Distrital 364
El 11 de octubre de 2013 el Alcalde Mayor de Bogotá expidió el Decreto Distrital 456 de 2013 que contiene el Marco Regulatorio del Aprovechamiento Económico del Espacio Público.
El H. Consejo de Estado Sala de lo Contencioso Administrativo Sección Primera mediante el auto de fecha 27 de marzo de 2014, expediente número 2013-00624-00, declaró la suspensión provisional de los efectos del Decreto Distrital 364 de 2013.
En conclusión,
a pesar de la suspensión provisional del Decreto Distrital 364 de 2013, como regla
general, no se afecta la vigencia y validez del Marco Regulatorio del
Aprovechamiento Económico del Espacio Público (Decreto Distrital 456 de 2013)
por cuanto el fundamento de ésta norma
CONCEPTO JURÍDICO Para el
Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - DADEP el
Decreto Distrital 456 de 2013 que contiene el Marco Regulatorio del
Aprovechamiento Económico del Espacio Público se encuentra vigente,
independientemente de la suspensión provisional de la Modificación Excepcional del Plan de
Ordenamiento Territorial de Bogotá - MEPOT (Decreto Distrital 364
de 2013) decretada por el Consejo de Estado en el año 2014.
En esa medida, todas las Entidades Administradores y Gestoras del Espacio Público (incluido el Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - DADEP), con fundamento en el referido Decreto Distrital 456 de 2013 se encuentran prestando de manera temporal los espacios públicos bajo su administración y realizando los cobros respectivos por el aprovechamiento económico del mismo.
Por una Bogotá Mejor para Todos,
PEDRO ALBERTO RAMIREZ JARAMILLO
Jefe Oficina Asesora Jurídica
Proyectó:
Giovanni Herrera Carrascal Revisó y Aprobó: Pedro Alberto Ramírez Jaramillo Fecha mayo 12 de 2017
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