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Ley 1817 de 2016 Congreso de la República de Colombia

Fecha de Expedición:
23/12/2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
23/12/2016
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 50096 del 23 de diciembre de 2016.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

LEY 1817 DE 2016

 

(Diciembre 23)


Por medio de la cual la Nación se asocia a la conmemoración de los 400 años de fundación de la ciudad de Barbacoas, departamento de Nariño

 

EL CONGRESO DE COLOMBIA

 

DECRETA:

 

Artículo 1°. La Nación conmemora los cuatrocientos años de fundación de Barbacoas hecho sucedido el día quince de agosto de mil seiscientos dieciséis en cabeza del capitán Pedro Martín Navarro, época en la cual la jurisdicción de la provincia abarcaba la casi totalidad de la actual costa Pacífica de Nariño.

 

Artículo 2°. La Nación hace un reconocimiento al municipio de Barbacoas y resalta las virtudes de sus habitantes, su vocación de paz, su honradez, su creatividad y su excelsa producción cultural lo mismo que sus aportes al desarrollo social y económico del país y la región.

 

Artículo 3°. El Gobierno nacional, con ocasión de la promulgación de la presente ley, podrá destinar recursos del Presupuesto General de la Nación para financiar proyectos en el municipio de Barbacoas de carácter social, cultural y de infraestructura, que tengan, concordancia con los propósitos del Plan Nacional de Desarrollo vigente y que permitan cumplir con el objetivo de esta ley.

 

Artículo 4°. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente ley, se autoriza al Gobierno nacional la celebración de los contratos y convenios interadministrativos necesarios entre la nación y el municipio de Barbacoas. Artículo 5°. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación.

 

Artículo 5°. La presente Ley rige a partir de la fecha de su promulgación.

 

EL PRESIDENTE DEL H. SENADO DE LA REPUBLICA

 

OSCAR MAURICIO LIZCANO ARANGO


EL SECRETARIO GENERAL DEL H. SENADO DE LA REPUBLICA

 

GREGORIO ELJACH PACHECO

 

EL PRESIDENTE DE LA H. CÁMARA DE RESPRESENTATES

 

MIGUEL ÁNGEL PINTO HERNÁNDEZ

 

EL SECRETARIO GENERAL DE LA H. CÁMARA DE REPRESENTANTES

 

JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO

 

REPÚBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 23 días del mes de diciembre del año 2016

 

EL MINISTRO DEL INTERIOR

 

JUAN FERNANDO CRISTO  BUSTOS

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

 

MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA