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RESOLUCIÓN 201734373 DE 2017
(Agosto
22)
Por
la cual se actualizan las tarifas en el Instituto Nacional de Vigilancia de
Medicamentos y Alimentos (Invima)
EL
DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y
ALIMENTOS (INVIMA),
en
el ejercicio de las facultades legales, en especial de las conferidas en los
artículos 10, numeral 22, del Decreto 2078 de 2012, 4º, 5º, 6º, 7º y el
parágrafo del artículo 9º de la Ley 399 de 1997, y
CONSIDERANDO:
Que según el inciso 2º del
artículo 338 de la Constitución Política, la ley, las ordenanzas y los acuerdos
pueden permitir a las autoridades administrativas fijar la tarifa de las tasas
y contribuciones.
Que el Congreso de la
República a través de la Ley 399 de 1997 autorizó el cobro de una tasa por
parte del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
(Invima), a los usuarios de los servicios prestados por la entidad.
Que en virtud de la
Sentencia C-402 de 2010 de la Corte Constitucional, el concepto de tasa se
define “como aquellos ingresos tributarios que se establecen en la ley o con
fundamento en ella (origen ex lege),a través de los cuales el ciudadano
contribuye a la recuperación total o parcial de los costos en que incurre el
Estado, para asegurar la prestación de una actividad pública, la continuidad en
un servicio de interés general o la utilización de bienes de dominio público.
Por su propia naturaleza esta erogación económica se impone unilateralmente por
el Estado a manera de retribución equitativa de un gasto público, que no
obstante ser indispensable para el contribuyente, tan solo se origina a partir
de su solicitud”.
Que de acuerdo con lo
establecido en el artículo 1º de la Ley 399 de 1997, el objetivo de la creación
de dicha tasa, es la recuperación de los costos por los servicios prestados por
el Invima.
Que asimismo, el artículo 4º
de la mencionada ley estableció los siguientes hechos generadores de la tasa:
a) La expedición, modificación y renovación de los registros de medicamentos,
productos biológicos, alimentos, bebidas, cosméticos, dispositivos y elementos
médico-quirúrgicos, odontológicos, productos naturales, homeopáticos y los
generados por biotecnología, reactivos de diagnóstico y los demás que puedan
tener impacto en la salud individual y colectiva; b) La expedición, renovación
y ampliación de la capacidad de los laboratorios, fábricas o establecimientos
de producción, distribución y comercialización de medicamentos, productos
biológicos, alimentos, bebidas, cosméticos, dispositivos y elementos
médico-quirúrgicos, odontológicos, productos naturales, homeopáticos y los
generados por biotecnología, reactivos de diagnóstico y los demás que puedan
tener impacto en la salud individual o colectiva; c) La realización de exámenes
de laboratorio y demás gastos que se requieran para controlar la calidad de los
medicamentos, productos biológicos, alimentos, bebidas, cosméticos,
dispositivos y elementos médico-quirúrgicos, odontológicos, productos
naturales, homeopáticos y los generados por biotecnología, reactivos de
diagnóstico y los demás que puedan tener impacto en la salud
individual y colectiva; d) La expedición de certificados relacionados con los
registros.
Que de otra parte, los
artículos 6º y 7º de la Ley 399 de 1997 establecieron respectivamente el método
y el sistema para la determinación de la tarifa, para lo cual se señalaron las
pautas técnicas a utilizar.
Que según los términos del
parágrafo del artículo 9º de la Ley 399 de 1997 las tarifas se actualizarán
anualmente por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
(Invima), de acuerdo con el método y sistema definidos en la citada ley.
Que con el objetivo de
optimizar los trámites y mejorar la oportunidad en los tiempos de respuesta de
la entidad, el trámite de autorización de agotamiento se incluye en los
trámites de renovaciones de registros sanitarios de medicamentos y en los de
modificaciones que por su naturaleza lo ameriten.
Que conforme a lo anterior,
se modifica la descripción y se desagregan los códigos 1001, 1001-7, 1001-8 y
1001-11 para independizar el trámite de otorgamiento de registro sanitario del
trámite de renovación, dado que respecto del otorgamiento de registro sanitario
no procede la autorización de agotamiento. En ese sentido, se crean los códigos
1002-1, 1002-2, 1002-3 y 1002-4, para renovación de registro sanitario con
agotamiento.
Que a los trámites
automáticos de registro sanitario contenidos en los códigos 1001-9 y 1001-10 se
incluyó el agotamiento de producto, al igual que los trámites de modificación
previstos en los códigos 4001-39 y 4001-40 a los que adicionalmente, en virtud
de los artículos 10 y 13 del Decreto 821 de 2017 se ajustan sus descripciones
citando los antivenenos, inclusión que de igual manera se surtirá en la
descripción del código 1006-1.Que con la reciente entrada en vigencia del
Decreto 1782 de 2014 “por el cual se establecen los requisitos y el
procedimiento para las Evaluaciones Farmacológica y Farmacéutica de los
medicamentos biológicos en el trámite del registro sanitario”, se hace
necesario incluir en el manual los trámites de otorgamiento y renovación de
registro sanitario para medicamento biológico y evaluación farmacológica, los
cuales constituyen un nuevo hecho generador previstos en el artículo 4º de la
Ley 399 de 1997.Que en ese sentido, se incluyen en el manual los códigos 1004
para el otorgamiento de registro sanitario o renovación de registro sanitario
de un medicamento biológico; 4049-5 para la evaluación farmacológica de vacunas
y hemoderivados 4049-6 para la evaluación farmacológica de los demás productos
biológicos.
Que asimismo, para dar mayor
claridad a nuestros usuarios sobre el servicio previsto en cada tasa, se
procede a la unificación de algunas de las tarifas que contemplan trámites de
modificación de registros sanitarios, incluyendo a su vez el trámite de
agotamiento de producto, como una medida adicional para la optimización de
tiempos en la respuesta a nuestros usuarios.
Que de acuerdo a lo anterior
se eliminan del manual tarifario los códigos 4001-10, 4001- 18 y 4001-20 cuyos
trámites serán previstos en la tarifa 4001-5 bajo la cual se atenderán los
trámites de modificaciones de registro sanitario de medicamentos por cambios de
calidad de baja complejidad y aspectos legales, de igual forma se elimina el
código 4001-11 y los trámites en él contenidos serán incluidos en la tarifa
4001-9 la cual comprende modificaciones de registro sanitario de medicamentos
por cambios de calidad de alta complejidad y aspectos legales y finalmente se
eliminan las tarifas 4001-6 y 4001-19 trámites que estarán incluidos bajo el
código 4001-17 que corresponde a trámites relacionados con modificaciones de
registro sanitario de medicamentos por cambios de calidad de baja complejidad.
Que en igual sentido se
cambia la descripción de las tarifas 4001-7 que contempla modificación por
cambios en el contenido de un registro sanitario de medicamentos por aspectos
legales y 4001-8 para modificaciones de registro sanitario de medicamentos por
cambios de calidad de alta complejidad incluyendo la expresión “con autorización
de agotamiento”.
Que considerando la
expedición del Acuerdo 003 de 2017, el cual establece una nueva estructura y
funciones de las Salas Especializadas de la Comisión Revisora del Invima, en
particular que los asuntos inicialmente conocidos por la Sala Especializada de
medicamentos y productos biológicos, serán asumidos por las dos nuevas salas
denominadas Sala Especializada de moléculas nuevas, nuevas indicaciones y
medicamentos biológicos y Sala Especializada de Medicamentos, adicionalmente la
modificación en la composición de las salas, ameritan variaciones en los
tiempos de estudio de los trámites, en los perfiles, número de profesionales y
en los procedimientos inicialmente previstos que se reflejan en la variación
del valor de las tarifas contempladas en los códigos 4001-28, 4001-41, 4049,
4049-1, 4049-2, 4049-3, y 4098.Que con referencia al código 4049 adicional a lo
anterior que amerita la variación en su costo y para efectos de diferenciarla
de la evaluación farmacológica de los productos biológicos se hace necesario
modificar la descripción en el sentido de incluir la expresión “de síntesis
química y antivenenos” y la descripción del código 4049-1 será “Evaluación
Farmacológica de molécula nueva” (principio activo no incluido en normas farmacológicas)
para diferenciarlo de la tarifa “evaluación farmacológica de un medicamento de
síntesis química y antivenenos”.
Que para el caso de la
modificación de registro sanitario por cambio de modalidad contenida en el
código 4001-29, se actualiza la descripción y la tasa ya que revisados los
procedimientos que lo soportan, se determinó que la complejidad de este estudio
es igual a la de un registro sanitario nuevo.
Que con el fin de dar mayor
claridad al usuario, el Instituto determinó que con respecto al trámite de
renovación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de establecimientos de
productos cosméticos se eliminará el código 4015, el cual será incluido en el
código 4009 unificando así la renovación con la certificación de Buenas
Prácticas de Manufactura (BPM) de establecimientos de productos cosméticos por
cuanto contemplan el mismo proceso y estudio técnico.
Que de acuerdo a la revisión
del proceso interno se evidenció que las tarifas correspondientes a los códigos
4018, 4021 y 4023, surten el mismo proceso técnico y de estudio, por lo cual se
ha actualizado el procedimiento que lo soporta conllevando la eliminación de
los códigos 4021 y 4023 y se ajusta la descripción de la tarifa 4018, la cual
incluye las visitas para certificar tanto establecimientos de productos
cosméticos como establecimientos de productos de aseo, higiene y limpieza de
uso doméstico; establecimientos de plaguicidas de uso doméstico y las visitas
de ampliación de líneas de laboratorio.
Que en cumplimiento del
parágrafo del artículo 5º de la Resolución 268 de 2015 “Por la cual se
establecen los requisitos sanitarios que deben cumplir los establecimientos que
elaboran y adaptan dispositivos médicos sobre medida de tecnología ortopédica
externa ubicados en el territorio nacional”, el Invima a través de la Circular
Externa 500-1155-16 expidió el procedimiento para la certificación de apertura
y funcionamiento de dispositivos médicos sobre medida de tecnología ortopédica
señalando que se deberá contar con la autorización previa del Invima,
realizando la solicitud de visita de certificación sanitaria de ampliación de
líneas, siguiendo el mismo procedimiento previsto para la primera
certificación, razón por la cual se desagregará el código 4069 para contemplar
bajo el código 4069-1 la visita y certificado de ampliación de líneas de
certificado sanitario de apertura y funcionamiento de establecimientos que
elaboran y adaptan dispositivos médicos sobre medida de tecnología ortopédica
externa.
Que basados en la Resolución
2378 de 2008 y previa evaluación a la luz de la Ley 399 de 1997 fue incluido en
el manual tarifario el código 4083 para “enmiendas a protocolos de
investigación” que revisados los procedimientos así como la complejidad del
tipo de enmiendas que se pueden presentar, se hace necesario modificar la
descripción de dicho código y desagregarlo para ajustar su valor dependiendo de
los cambios al diseño del estudio y a las condiciones operativas del desarrollo
del estudio, incluyendo al producto en investigación.
Que según lo señala el
artículo 26 del Decreto 1500 de 2007 el Invima es la autoridad sanitaria
competente para certificar en la implementación y funcionamiento del sistema de
análisis de peligros y puntos críticos de control (HACCP) a las plantas de
beneficio animal, desposte, desprese y acondicionadores de carne y productos
cárnicos comestibles, trámite que constituye un hecho generador y si bien
existe actualmente en el manual tarifario el código 4030 para el servicio
“Certificación de implementación y funcionamiento del Sistema de Análisis de
Peligros y Puntos Críticos de Control (HACCP) en la industria de alimentos,
plantas de beneficio animal, desposte y desprese y en motonaves o buques
pesqueros para la exportación a la Unión Europea; e inscripción de fábricas de
productos de la pesca y acuicultura”, este corresponde a la certificación
prevista en el Decreto 060 de 2002 el cual tiene alcance y procedimiento
distinto, razón por la cual se incluye el código tarifario 4100.Que con base en
el numeral 2º del parágrafo 2º del artículo 13 de la Resolución 4143 de 2012
“por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios
que deben cumplir los materiales, objetos, envases y equipamientos plásticos y
elastoméricos y sus aditivos, destinados a entrar en contacto con alimentos y
bebidas para consumo humano en el territorio nacional” el Invima tiene a su
cargo el servicio de autorización de los envases, objetos o equipamientos
fabricados con materiales reciclados, hecho generador a la luz del artículo 4º
de la Ley 399 de 1997 por lo que es necesario incluir en el manual tarifario la
tarifa 4081-3.Que la autorización de incentivos y de rótulos o etiquetas en
contacto con alimentos corresponde a un servicio que presta el Invima, en la
medida que comporta una solicitud de un servicio que los usuarios realizan ante
el Instituto en cumplimiento de las resoluciones 1983 de 2001, 4143 de 2012 y
el Decreto 5109 de 2005, lo cual constituye un hecho generador a la luz del
artículo 4º de la Ley 399 de 1997 que amerita su inclusión en el manual bajo el
código 4081-4.Que en aras de brindar mayor claridad a nuestros usuarios se
cambia el código 4081 por 4081-1 y se elimina el código 4082 y el servicio
previsto en él estará disponible en el código 4081-2.Que en mérito de lo
expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. Los
servicios que presta el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y
Alimentos (Invima), de conformidad con los hechos generadores señalados en el
artículo 4º de la Ley 399 de 1997, tendrán las siguientes tarifas:
|
Registro sanitario y/o renovación registro
sanitario de productos fitoterapéuticos
|
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Código
|
Concepto
|
SMLDV
|
|
0001
|
Formas
farmacéuticas sólidas: tabletas, grageas, cápsulas, polvos, granulados.
|
135
|
|
0002
|
Formas
farmacéuticas líquidas: emulsiones, suspensiones, jarabes, elíxires,
soluciones, lociones, tinturas o extractos.
|
138
|
|
0003
|
Formas
farmacéuticas semisólidas: cremas, geles, ungüentos, pastas, óvulos,
supositorios, pomadas, aleas, parches.
|
141
|
|
Registro sanitario y/o renovación registro
sanitario para medicamentos homeopáticos
|
|
Código
|
Concepto
|
SMLDV
|
|
0004
|
Formas
farmacéuticas sólidas: Glóbulos, tabletas, grageas, cápsulas, polvos,
granulados.
|
92
|
|
0005
|
Formas
farmacéuticas líquidas: Emulsiones, suspensiones, jarabes, elíxires,
soluciones orales, soluciones tópicas y soluciones transdérmicas, lociones.
|
94
|
|
0006
|
Formas
farmacéuticas semisólidas: Cremas, geles, ungüentos, pastas, óvulos,
supositorios, pomadas, aleas.
|
92
|
|
0007
|
Formas
farmacéuticas líquidas estériles: Soluciones inyectables, suspensiones inyectables,
polvos para reconstituir a soluciones inyectables, polvos para reconstituir a
suspensiones inyectables, liofilizados, soluciones oftálmicas, soluciones
óticas.
|
104
|
|
Código
|
Concepto
|
SMLDV
|
|
0008
|
Formas
farmacéuticas sólidas: Glóbulos, tabletas, grageas, cápsulas, polvos,
granulados.
|
57
|
|
0009
|
Formas
farmacéuticas líquidas: Emulsiones, suspensiones, jarabes, elíxires,
soluciones orales, soluciones tópicas y soluciones transdérmicas, lociones.
|
65
|
|
0010
|
Formas
farmacéuticas semisólidas: Cremas, geles, ungüentos, pastas, óvulos,
supositorios, pomadas, aleas.
|
54
|
|
Registro sanitario y/o renovación registro
sanitario de medicamentos
|
|
Código
|
Concepto
|
SMLDV
|
|
1001
|
Registro
sanitario nuevo de un medicamento en las modalidades de: fabricar y vender;
importar, semielaborar y vender; semielaborar y vender: importar y vender, e
importar, envasar y vender.
|
339.59
|
|
1001-6
|
Registro
sanitario de un medicamento con solicitud de protección de datos de prueba u
otros no divulgados en aplicación del Decreto 2085 de 2002
|
432,96
|
|
1004
|
Registro
sanitario o renovación de registro sanitario de un medicamento biológico en
las modalidades de: fabricar y vender; importar, semielaborar y vender;
semielaborar y vender; importar y vender, e importar, envasar y vender.
|
119,59
|
|
Registro sanitario de vacunas y/o
renovación registro sanitario de vacunas
|
|
Código
|
Concepto
|
SMLDV
|
|
1006
|
Vacunas
|
|
|
1006-1
|
Registro
sanitario y/o renovación de registro sanitario de una vacuna o antiveneno
|
366.28
|
|
1006-2
|
Registro
sanitario de una vacuna con solicitud de protección de datos de prueba u
otros no divulgados en aplicación del Decreto 2085 de 2002.
|
508,71
|
|
Asignación, reconocimiento o renovación de
código de notificación sanitaria obligatoria para productos cosméticos
|
|
Código
|
Concepto
|
SMLDV
|
|
1027
|
Asignación,
reconocimiento o renovación de código de notificación sanitaria obligatoria
de productos cosméticos.
|
86,58
|
|
Registro sanitario y/o renovación de
bebidas alcohólicas
|
|
Código
|
Concepto
|
SMLDV
|
|
2016
|
Licores:
aguardiente, whisky, cognac, brandy, ron. vodka, ginebra, gyn. tequila,
licor, cremas, licor anisado, pisco, grapa, cachaza, licores saborizados.
armagnac.
|
127
|
|
2017
|
Vinos,
aperitivos, cócteles, refrescos vínicos.
|
133
|
|
2018
|
Cervezas
|
132
|
|
Registro sanitario, permiso sanitario y
notificación sanitaria de alimentos y/o renovación
|
|
Código
|
Concepto
|
SMLDV
|
|
2100
|
Registro
Sanitario de Alimentos de Alto Riesgo (Variedades de 1 a 10)
|
198
|
|
2101
|
Registro
Sanitario de Alimentos de Alto Riesgo (Variedades de 11 a 20)
|
216
|
|
2102
|
Registro
Sanitario de Alimentos de Alto Riesgo (Variedades de 21 en adelante)
|
246
|
|
2200
|
Permiso
Sanitario de Alimentos de Mediano Riesgo (Variedades de 1 a 10)
|
148
|
|
2201
|
Permiso
Sanitario de Alimentos de Mediano Riesgo (Variedades de 11 a 20)
|
164
|
|
2202
|
Permiso
Sanitario de Alimentos de Mediano Riesgo (Variedades de 21 en adelante)
|
194
|
|
2300
|
Notificación
Sanitaria de Alimentos "NSA" de Bajo Riesgo (variedades de 1 a 10)
|
99
|
|
2301
|
Notificación
Sanitaria de Alimentos "NSA" de Bajo Riesgo (Variedades de 11 a 20)
|
109
|
|
2302
|
Notificación
Sanitaria de Alimentos "NSA" de Bajo Riesgo (Variedades de 21 en
adelante)
|
130
|
|
Registro sanitario y/o renovación registro
sanitario de suplementos dietarios
|
|
Código
|
Concepto
|
SMLDV
|
|
2024
|
Formas
de presentación sólidas: tabletas, cápsulas, polvos, granulados.
|
165
|
|
2025
|
Formas
de presentación líquidas: emulsiones, suspensiones, soluciones.
|
157
|
|
2026
|
Formas
de presentación semisólidas: jaleas, otras presentaciones semisólidas.
|
158
|
|
Análisis de laboratorio para verificar la
calidad de los alimentos, bebidas y otros materiales para consumo y uso
humano
|
|
Código
|
Concepto
|
SMLDV
|
|
2030
|
Alimentos
adicionados y/o enriquecidos y/o fortificados con vitaminas, minerales,
aminoácidos, proteínas, oligoelementos, ácidos grasos y otros; complementos
alimenticios en presentaciones farmacéuticas.
|
132
|
|
2031
|
Leche
en polvo: entera, semidescremada y descremada, y/o adicionada y/o fortificada
con vitaminas y/o minerales y/u otros.
|
84
|
|
2032
|
Carne
y derivados cárnicos.
|
92
|
|
2033
|
Derivados
de Frutas: jugos, concentrados, néctares, pulpas, pulpas azucaradas y
refrescos, y/o adicionados y/o fortificados con vitaminas y minerales, pulpa
y fruta deshidratada.
|
70
|
|
2034
|
Derivados
Lácteos.
|
111
|
|
2035
|
Derivados
de la pesca (conservas, semiconservas y preparados).
|
47
|
|
2036
|
Frutas
y hortalizas: mermeladas, jaleas, conservas de frutas, bocadillos,
encurtidos, verduras, legumbres, raíces, bulbos, tubérculos o rizomas crudos
o procesados, oleaginosas.
|
73
|
|
2037
|
Granos,
granulados, cereales, y derivados, harinas y derivados, extruidos o
texturizados y pastas alimenticias, crudos o procesados.
|
83
|
|
2038
|
Alimentos
y bebidas dietéticas, hidratantes, carbonatadas, cremas no lácteas.
|
59
|
|
2039
|
Bebidas
estimulantes: café, té, mate, aromática, chocolate, cocoa, tisanas.
|
57
|
|
2040
|
Gaseosas,
refrescos saborizados, cervezas no alcohólicas, aguas envasadas, helados de
agua, hielo para consumo directo, granizados.
|
72
|
|
2041
|
Azúcares
y derivados: azúcar, melazas, productos de confitería, miel de abejas y sus
derivados, panela, chocolates y sus sucedáneos, gelatina y sus derivados.
|
76
|
|
2042
|
Especias,
condimentos salsas aderezo, vinagre, mayonesa, mostaza sal para consumo
humano.
|
95
|
|
2043
|
Grasas
aceites, mezclas de aceites, margarinas manteca comestible, minarinas emulsiones
para untar (esparcióles) aliñado graso.
|
50
|
|
2044
|
Margarinas,
minarinas y emulsiones para untar con vitaminas.
|
55
|
|
2045
|
Licores
aguardiente whisky, cognac brandy ron, vodka ginebra, gyn, tequila licor
cremas licor anisado, pisco, grapa, cachaza, licores saborizados.
|
43
|
|
2046
|
Vinos
cocteles y aperitivos refrescos vínicos.
|
49
|
|
2047
|
Cervezas
|
48
|
|
2046
|
Materiales,
objetos y equipamientos destinados a entrar en contacto con alimentos y
bebidas para consumo de material pclimérico metálico, cerámica, vidrio y/o
celulósico
|
81
|
|
2049
|
Análisis
de materias primas aditivos otros.
|
46
|
|
2050
|
Análisis
de vitaminas (Valor por c/u).
|
50
|
|
2051
|
Análisis
de Micotoxínas (Valor por c/u).
|
38
|
|
2052
|
Análisis
de metales por absorción atómica (Valor por c/u).
|
39
|
|
2053
|
Análisis
de trazas de metales en horno de grafito por absorción atómica (Valor por
c/u).
|
30
|
|
2054
|
Análisis
varios (colorantes conservantes, grado alcohólico Metanol.)
|
34
|
|
2055
|
Análisis
de residuos de plaguicidas: crganofosforados organoclorados y carbamatos.
|
160
|
|
2056
|
Análisis
microbiológico de alimentos.
|
53
|
|
2057
|
Análisis
microbiológicos especiales
|
30
|
|
2053
|
Análisis
microscópico de alimentos.
|
36
|
|
2059
|
Leche
líquida higienizada entera, semidescremada y descremada adicionada o no con
fibra, y/o adicionada y/o fortificada con vitaminas y minerales
|
85
|
|
2060
|
Alimentos
sustitutos y complementarios de la leche materna
|
87
|
|
2061
|
Alimentos
infantiles.
|
91
|
|
2062
|
Alimentos
y bebidas de imitación o fantasía.
|
85
|
|
2063
|
Alimentos
y bebidas preparados: platos listos para el consumo arepas, pizzas pastas con
o sin relleno, ourritos mexicanos tacos mexicanos empanadas, tamales, pasabocas
cereales granos, tubérculos, hortalizas ensaladas de frutas salpicón
|
55
|
|
2064
|
Alimentos
diversos: huevo en conserva liofilizados pasteurizados. levadura aditivos de
uso directo para el consumidor
|
50
|
|
2065
|
Materias
primas: Alcohol extraneutro o rectificado alcohol vínico alcohol de malta,
alcohol de cereales, tafias
|
53
|
|
2066
|
Análisis
de incentivos en contacto con alimentos
|
67
|
|
2067
|
Determinación
de especie cárnica
|
28
|
|
2068
|
Análisis
cualitativo de eventos de transformación para la detección de organismos
genéticamente modificados. Más 6 96 smldv por Análisis cualitativo adicional
de eventos de transformación para la detección de organismos genéticamente
modificados.
|
20.33
|
|
2069
|
Análisis
cuantitativo (adicional al análisis cualitativo) por evento de transformación
para la detección de organismos genéticamente modificados.
|
16.48
|
|
Código
|
Concepto
|
SMLDV
|
|
3010
|
Asignación,
reconocimiento o renovación de código de notificación sanitaria obligatoria
para productos de higiene doméstica y absorbente de higiene personal
|
51.28
|
|
Registro sanitario de dispositivos médicos
y/o renovación registro sanitario de dispositivos médicos
|
|
Código
|
Concepto
|
SMLDV
|
|
3003
|
Registro
sanitario o renovación automática para dispositivos médicos y equipos
biomédicos que no sean de tecnología controlada Clase I y lia.
|
91
|
|
3004
|
Registro
sanitario o renovación para dispositivos médicos y equipos biomédicos que no
sean de tecnología controlada Clase llb y III.
|
103
|
|
3005
|
Permiso
de comercialización para equipos biomédicos de tecnología controlada.
|
104
|
|
Registro sanitario de productos plaguicidas
de uso doméstico y/o renovación registro sanitario de productos plaguicidas
de uso doméstico
|
|
Código
|
Concepto
|
SMLDV
|
|
3006
|
Plaguicidas
de uso doméstico.
|
191
|
|
Registro sanitario y/o renovación registro
sanitario de reactivos de diagnóstico in vitro
|
|
Código
|
Concepto
|
SMLDV
|
|
3040
|
Registro
sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in-vitro
categoría I - II: 1 (un) producto
|
50
|
|
3041
|
Registro
sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in-vitro
categoría I - II: 2 (dos) productos.
|
84
|
|
3042
|
Registro
sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in-vitro
categoría I - II: 3 (tres) productos
|
108
|
|
3043
|
Registro
sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in-vitro
categoría I - II: 4 (cuatro) productos
|
133
|
|
3044
|
Registro
sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in-vitro
categoría I - II: 5 (cinco) productos
|
157
|
|
3045
|
Registro
sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in-vitro
categoría I - II: 6 (seis) productos.
|
181
|
|
3046
|
Registro
sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in-vitro
categoría I - II: 7 (siete) productos
|
205
|
|
3047
|
Registro
sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in-vitro
categoría 1 - II: 8 (ocho-productos
|
230
|
|
3048
|
Registro
sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in-vitro
categoría 1 - II: 9 (nueve) productos.
|
254
|
|
3049
|
Registro
sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in-vitro
categoría 1 - II: 10 (diez) productos
|
278
|
|
3050
|
Registro
sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in-vitro
categoría I - II: 11 (once) productos.
|
302
|
|
3051
|
Registro
sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in-vitro
categoría I - II 12 (doce) productos.
|
326
|
|
3052
|
Registro
sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in-vitro
categoría I - II 13 (trece) productos
|
351
|
|
3053
|
Registro
sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in-vitro
categoría I - II 14 (catorce) productos.
|
375
|
|
3054
|
Registro
sanitario nuevo o renovación automática de reactivos de diagnóstico in-vitro categoría
I - II 15 (quince) productos.
|
399
|
|
3055
|
Reactivos
de Diagnostico In-Vitro Categoría III
|
80
|
|
Otros procedimientos
|
|
Código
|
Concepto
|
SMLDV
|
|
4001
|
Modificación
de registro sanitario, permiso sanitario, notificación sanitaria
|
10.63
|
|
4001-1
|
Modificación
de composiciones y/o adición de variedades hasta dos (2) variedades en
bebidas alcohólicas con o sin cambios en otros ítems del registro sanitario
|
11.97
|
|
4001-2
|
Modificación
de composiciones y/o adición de variedades desde tres (3) hasta cinco (5)
variedades en bebidas alcohólicas con o sin cambios en otros ítems del
registro sanitario
|
12.38
|
|
4001-3
|
Modificación
de composiciones y/o adición de variedades desde seis (6) hasta diez (10)
variedades en bebidas alcohólicas con o sin cambios en otros ítems del registro
sanitario
|
13.89
|
|
4001-4
|
Modificación
de composiciones y/o adición de variedades desde once (11) variedades en
adelante, para bebidas alcohólicas con o sin cambios en otros ítems del
registro sanitario
|
14.25
|
|
4001-5
|
Modificación
del registro sanitario de un medicamento por cambios de calidad de baja
complejidad y aspectos legales con autorización de agotamiento
|
55.75
|
|
4001-7
|
Modificación
por cambios en el contenido de un registro sanitario de medicamentos por
aspectos legales con autorización de agotamiento
|
27.85
|
|
4001-8
|
Modificación
de registro sanitario de un medicamento por cambios de calidad de alta
complejidad con autorización de agotamiento.
|
72.86
|
|
4001-9
|
Modificación
del registro sanitario de un medicamento por cambios de calidad de alta
complejidad y aspectos legales con autorización de agotamiento
|
81,14
|
|
4001-12
|
Modificación
automática de registro sanitario por adición y/o cambio de una (1) hasta
veinte (20) referencias en dispositivos médicos o equipos biomédicos.
|
14,72
|
|
4001-13
|
Modificación
automática de registro sanitario por adición y/o cambio de veintiún (21)
hasta cien (100) referencias en dispositivos médicos o equipos biomédicos.
|
18,65
|
|
4001-14
|
Modificación
automática de registro sanitario por adición y/o cambio de ciento una (101)
hasta quinientas (500) referencias en dispositivos médicos o equipos
biomédicos.
|
21,07
|
|
4001-15
|
Modificación
automática de registro sanitario por adición y/o cambio de quinientas una
(501) hasta mil (1000) referencias en dispositivos médicos o equipos biomédicos.
|
24,68
|
|
4001-16
|
Modificación
automática de registro sanitario por adición y/o cambio de mil una (1001) en
adelante referencias en dispositivos médicos o equipos biomédicos.
|
27,49
|
|
4001-17
|
Modificaciones
de registro sanitario por cambios que afectan la calidad del medicamento por
cambios de calidad de baja complejidad con autorización de agotamiento.
|
34,73
|
|
4001-21
|
Un
(1) cambio a notificación sanitaria obligatoria de productos cosméticos, de
higiene doméstica y absorbente de higiene personal.
|
7.41
|
|
4001-22
|
De
2 a 5 cambios a notificaciones sanitarias obligatorias de productos
cosméticos, de higiene doméstica y absorbentes de higiene personal.
|
8.66
|
|
4001-23
|
De
6 o más cambios a notificaciones sanitarias obligatorias de productos
cosméticos, de higiene doméstica y absorbentes de higiene personal.
|
10.67
|
|
4001-24
|
Modificaciones
por cambios en el contenido de un registro sanitario de producto
fitoterapéutico medicamento homeopático o suplemento dietario por aspectos
legales.
|
15,16
|
|
4001-25
|
Modificaciones
por cambios en el contenido de un registro sanitario de producto
fitoterapéutico medicamento homeopático o suplemento dietario por aspectos
técnico legales.
|
21,05
|
|
4001-26
|
Modificación
al registro sanitario por cambio en: usos terapéuticos, condiciones de comercialización,
contraindicaciones, advertencias, otros que implique cambio en la eficacia o
seguridad de productos fitoterapéuticos; nuevas declaraciones de propiedades
nutricionales o de apoyo nutricional o en salud de rótulos y etiquetas de
suplementos dietarios que requieren concepto previo de la sala especializada
de productos fitoterapeúticos y suplementos dietarios.
|
35,18
|
|
4001-27
|
Modificación
al registro sanitario por cambio en: utilidad terapéutica,
contraindicaciones, advertencias, condición de comercialización, vías de
administración mientras no se altere la forma farmacéutica, información para
prescribir, inserto, otros que impliquen cambio en la eficacia y seguridad
que requieren concepto previo de la Sala Especializada de Medicamentos
Homeopáticos.
|
34,86
|
|
4001-28
|
Modificación
de registro sanitario por cambios que afecten la eficacia, la seguridad y/o
aspectos farmacológicos del medicamento con excepción de la modificación de
registro sanitario por ampliación de indicaciones.
|
96,08
|
|
4001-29
|
Modificación
del registro sanitario de un medicamento por cambio de modalidad
|
339.59
|
|
4001-30
|
Modificación
del registro sanitario de Productos Biológicos por cambios que afecten la
calidad y que requieran concepto de la Comisión Revisora.
|
112.08
|
|
4001-31
|
Modificación
automática de registro, permiso sanitario o notificación sanitaria de
alimentos, relacionadas con cambios en el nombre o razón social, dirección,
domicilio, cesiones, adiciones o exclusiones de titulares, fabricantes,
envasadores e importadores, así como las relativas a las presentaciones
comerciales y marcas de productos.
|
18,02
|
|
4001-32
|
Modificación
de registro sanitario, permiso sanitario o notificación sanitaria de
alimentos hasta dos (2) cambios de composiciones y/o adición de variedades
y/o marcas y/o presentaciones comerciales en alimentos con o sin
modificaciones en otros ítems.
|
11,97
|
|
4001-33
|
Modificación
de registro sanitario, permiso sanitario, notificación sanitaria de Alimentos
desde tres (3) Pasta ocho (8) cambios de composiciones y/o adición de
variedades y/o marcas y/o presentaciones comerciales en alimentos con o sin
modificaciones en otros ítems.
|
14,32
|
|
4001-34
|
Modificación
de registro sanitario, permiso sanitario, o notificación sanitaria de
alimentos desde nueve (9) hasta catorce (14) cambios de composiciones y/o
adición de variedades y/o marcas y/o presentaciones comerciales en alimentos
con o sin modificaciones en otros ítems.
|
16,67
|
|
4001-35
|
Modificación
de registro sanitario, permiso sanitario o notificación sanitaria de
alimentos desde quince '15) cambios en adelante de composiciones y/o adición
de variedades y/o marcas y/o presentaciones comerciales en alimentos con o
sin modificaciones en otros ítems.
|
19.11
|
|
4001-36
|
Modificaciones
automáticas de registro sanitario de dispositivos médicos o reactivos de diagnóstico
in-vitro referidas a cambios, adiciones o exclusiones del titular,
fabricante, importador o acondicionador.
|
20,23
|
|
4001-37
|
Modificaciones
automáticas de registro sanitario de dispositivos médicos o reactivos de
diagnóstico in-vítro referidas a: cambio de nombre del producto, presentación
comercial, adición o exclusión de etiquetas, adición o exclusión de marca,
cambio de nombre; cambio de material de envase primario o material de envase
y/o empaque: cambio de modalidad: adición de advertencias.
|
25,31
|
|
4001-38
|
Modificaciones
automáticas de registro sanitario de dispositivos médicos o reactivos de
diagnóstico in-vitro referidas a: adición o exclusión de sistemas y
subsistemas (partes equipos biomédicos), adición o cambio de usos, cambio de
riesgo modificación o cambio de insertos, vida útil.
|
29,38
|
|
4001-39
|
Modificación
automática de registro sanitario de un medicamento de síntesis química, gases
medicinales o antivenenos por aspectos legales y combinación entre estos, con
agotamiento.
|
28,80
|
|
4001-40
|
Modificación
automática de registro sanitario de medicamentos de síntesis química, gases
medicinales o antivenenos por aspectos técnicos, combinación entre estos y de
técnicos con legales, con agotamiento.
|
38,38
|
|
4001-41
|
Modificación
de registro sanitario por cambios que afecten la calidad del medicamento y
que requieren presentar estudios de Biodisponibilidad (BD) y Bioequivalencia
(BE).
|
313,87
|
|
4002
|
Certificaciones
y Autorizaciones
|
|
|
4002-2
|
Certificación
de venta libre en formato OMS; Certificación de venta libre con observaciones
específicas por registro sanitario, permiso sanitario, permiso de
comercialización, notificación sanitaria obligatoria o Notificación Sanitaria
de Alimentos.
|
3.59
|
|
4002-3
|
Certificación
de no obligatoriedad de registro sanitario o permiso sanitario, o
notificación sanitaria de alimentos o Certificado de exportación.
|
8,07
|
|
4002-4
|
Certificación
de Venta Libre Automático con firma digital.
|
0.62
|
|
4002-5
|
Autorizaciones.
|
3.93
|
|
4002-6
|
Certificación
de no obligatoriedad de registro sanitario para esencias florales o materias
primas de origen vegetal (Plantas medicinales en estado bruto no procesadas)
de hasta diez (10) productos.
|
8.48
|
|
4002-7
|
Certificación
de no obligatoriedad de registro sanitario para esencias florales o materias
primas de origen vegetal (Plantas medicinales en estado bruto no procesadas)
desde once (11) hasta veinticinco (25) productos.
|
8,73
|
|
4002-8
|
Certificación
de no obligatoriedad de registro sanitario para esencias florales o materias
primas de origen vegetal (Plantas medicinales en estado bruto no procesadas)
desde veintiséis (26) hasta cincuenta (50) productos.
|
8.98
|
|
4002-9
|
Certificación
de no obligatoriedad de registro sanitario para esencias florales o materias
primas de origen vegetal (Plantas medicinales en estado bruto no procesadas)
desde cincuenta y un (51) productos en adelante.
|
9,62
|
|
4002-10
|
Autorización
de etiquetas o agotamiento hasta cinco (5) etiquetas de alimentos.
|
12,95
|
|
4002-11
|
Autorización
de etiquetas o agotamiento de seis (6) hasta diez (10) etiquetas de
alimentos.
|
13,70
|
|
4002-12
|
Autorización
de etiquetas o agotamiento de once (11) hasta quince (15) etiquetas de
alimentos.
|
14,66
|
|
4002-13
|
Autorización
de etiquetas o agotamiento de dieciséis (16) hasta veinte (20) etiquetas de alimentos.
|
15,61
|
|
4002-14
|
Autorización
de etiquetas o agotamiento de veintiún (21) etiquetas de alimentos en
adelante.
|
19,76
|
|
4002-15
|
Autorización
de muestra sin valor comercial de uno (1) a cinco (5) productos cosméticos,
productos de higiene doméstica y productos absorbentes de higiene personal.
|
7.68
|
|
4002-16
|
Autorización
de muestra sin valor comercial de seis (6) hasta diez (10) productos
cosméticos, productos de higiene doméstica y productos absorbentes de higiene
personal.
|
8.17
|
|
4002-17
|
Autorización
de muestra sin valor comercial de once (11) hasta quince (15) productos
cosméticos, productos de higiene doméstica y productos absorbentes de higiene
personal.
|
8,70
|
|
4002-18
|
Autorización
de muestra sin valor comercial de dieciséis (16) hasta veinte (20) productos
cosméticos, productos de higiene doméstica y productos absorbentes de higiene
personal.
|
9,23
|
|
4002-19
|
Autorización
de muestra sin valor comercial de veintiún (21) o más productos cosméticos,
productos de higiene doméstica y productos absorbentes de higiene personal.
|
11,86
|
|
4002-20
|
Agotamiento
de etiquetas; autorización por adición y/o cambio de presentaciones
comerciales de bebidas alcohólicas de hasta dos (2) contenidos volumétricos o
diseño de etiquetas.
|
8.96
|
|
4002-21
|
Agotamiento
de etiquetas; autorización por adición y/o cambio de presentaciones
comerciales de bebidas alcohólicas de tres (3) hasta cuatro (4) contenidos
volumétricos o diseño de etiquetas.
|
9,61
|
|
4002-22
|
Agotamiento
de etiquetas; autorización por adición y/o cambio de presentaciones comerciales
de bebidas alcohólicas de cinco (5) contenidos volumétricos o diseño de
etiquetas en adelante.
|
11,11
|
|
4002-23
|
Certificación
de exportación de medicamentos homeopáticos o Certificación de exportación de
productos fitoterapéuticos.
|
15,12
|
|
4002-24
|
Autorización
importación como medicamento vital no disponible para un paciente.
|
33,39
|
|
4002-25
|
Autorización
de Importación como medicamento vital no disponible para varios pacientes y
de producción nacional.
|
43,31
|
|
4002-26
|
Autorización
importación vital no disponible en caso de urgencia clínica.
|
39,18
|
|
4002-27
|
Autorización
de importación de muestra sin valor comercial desde uno (1) a cinco (5)
productos de Debidas alcohólicas y alimentos.
|
5,28
|
|
4002-28
|
Autorización
de importación de muestra sin valor comercial desde seis (6) a diez (10)
productos de Debidas alcohólicas y alimentos.
|
5.85
|
|
4002-29
|
Autorización
de importación de muestra sin valor comercial desde once (11) a quince (15)
productos de Debidas alcohólicas y alimentos.
|
8,26
|
|
4002-30
|
Autorización
de importación de muestra sin valor comercial desde dieciséis (16) a veinte
(20) productos de bebidas alcohólicas y alimentos.
|
9,82
|
|
4002-31
|
Autorización
de importación de muestra sin valor comercial desde veintiuno (21) o
doscientos (200) productos de bebidas alcohólicas y alimentos.
|
11,23
|
|
4002-32
|
Autorización
importación como donación de uno (1) hasta veinte (20) productos de
medicamentos, dispositivos médicos y reactivos de diagnóstico in vitro.
|
5,51
|
|
4002-33
|
Autorización
importación como donación de veintiuno (21) hasta doscientos (200) productos
de medicamentos, dispositivos médicos y reactivos de diagnóstico in vitro.
|
5.94
|
|
4002-34
|
Autorización
importación como donación de doscientos uno (201) en adelante de productos de
medicamentos, dispositivos médicos y reactivos de diagnóstico in vitro.
|
11,12
|
|
4002-35
|
Certificación
de información de modificación de etiquetas de bebidas alcohólicas.
|
3.29
|
|
4002-36
|
Certificación
por registro sanitario de dispositivo médico, asociado a recall, alertas
sanitarias e informes de seguridad.
|
5.66
|
|
4002-37
|
Autorización
y/o renovación de autorización a los laboratorios que ofrezcan servicios de
análisis o pruebas de laboratorio para la vigilancia y control sanitario. Por
cada metodología a autorizar
|
18,77
|
|
4003
|
Vistos
buenos de importación y exportación por ítem de producto.
|
0.54
|
|
4004
|
Autorización
Publicidad
|
|
|
4004-1
|
Autorizaciones
de Publicidad (publicidad medio impreso, audiovisual, radio y páginas web de
hasta 100 folios).
|
10,27
|
|
4004-2
|
Autorizaciones
de Publicidad (publicidad página web de 101 hasta 300 folios).
|
30.73
|
|
4004-3
|
Autorizaciones
de Publicidad (publicidad página web de 301 en adelante).
|
45,63
|
|
4005
|
Copias
auténticas del expediente por cada hoja.
|
0.13
|
|
4006
|
Certificación
en Buenas Prácticas
|
|
|
4006-1
|
Visita
de certificación, renovación o ampliación de la certificación en Buenas
Prácticas de Manufactura BPM) de medicamentos biológicos a nivel nacional, en
establecimientos donde se incluyan los procesos de manufactura de los
ingredientes farmacéuticos activos (IFAs), y producto intermedio (si aplica)
máximo cuatro (04) ingredientes farmacéuticos activos (IFAs), en una misma
dirección y razón social.
|
748,60
|
|
4006-2
|
Visita
de certificación, renovación o ampliación de la certificación en Buenas
Prácticas de Manufactura ÍBPM) de medicamentos biológicos en el exterior:
Zona 1: Centroamérica; el caribe; Suramérica excepto Brasil. Chile, Argentina
y Puerto Rico, en establecimientos donde se incluyan los procesos de
manufactura de los ingredientes farmacéuticos activos (IFAs) y producto
intermedio (si aplica) máximo cuatro (04) ingredientes farmacéuticos activos
(IFAs) en una misma dirección y razón social.
|
1371,43
|
|
4006-3
|
Visita
de certificación, renovación o ampliación de la certificación en Buenas
Prácticas de Manufactura (BPM) de medicamentos biológicos en el exterior:
Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile: Brasil: África y Puerto Rico, en
establecimientos donde se incluyan los procesos de manufactura de los
ingredientes farmacéuticos activos (IFAs) y producto intermedio (si aplica),
máximo cuatro (04) ingredientes farmacéuticos activos (IFas) en una misma
dirección y razón social.
|
2112.28
|
|
4006-4
|
Visita
de certificación, renovación o ampliación de la certificación en Buenas
Prácticas de Manufactura (BPM) de medicamentos biológicos en el exterior:
Zona 3: Europa; Asia; Oceanía: México y Argentina, en establecimientos donde
se incluyan los procesos de manufactura de los ingredientes farmacéuticos
activos (IFAs) y producto intermedio (si aplica), máximo cuatro (04)
ingredientes farmacéuticos activos (IFAs) en una misma dirección y razón
social.
|
3623.96
|
|
4006-5
|
Visita
de certificación, renovación o ampliación de la certificación en Buenas
Prácticas de Manufactura (BPM) de medicamentos biológicos a nivel nacional,
en establecimientos donde se incluyan los procesos de manufactura desde
producto intermedio (si aplica), envasado y/o liofilización, producto a
granel (si aplica), hasta producto terminado; máximo cuatro (04) productos,
en una misma dirección y razón social.
|
748.60
|
|
4006-6
|
Visita
de certificación, renovación o ampliación de la certificación en Buenas
Prácticas de Manufactura (BPM) de medicamentos biológicos en el exterior:
Zona 1: Centroamérica; el caribe; Suramérica excepto Brasil. Chile. Argentina
y Puerto Rico, en establecimientos donde se incluyan los procesos de
manufactura desde producto intermedio (si aplica), envasado y/o
liofilización, producto a granel (si aplica), hasta producto terminado:
máximo cuatro (04) productos, en una misma dirección y razón social.
|
1371,43
|
|
4006-7
|
Visita
de certificación, renovación o ampliación de la certificación en Buenas
Prácticas de Manufactura (BPM) de medicamentos biológicos en el exterior:
Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile: Brasil: África / Puerto Rico, en
establecimientos donde se incluyan los procesos de manufactura desde producto
intermedio (si aplica), envasado y/o liofilización producto a granel (si
aplica), hasta producto terminado: máximo cuatro (04) productos, en una misma
dirección y razón social.
|
2112.28
|
|
4006-8
|
Visita
de certificación, renovación o ampliación de la certificación en Buenas
Prácticas de Manufactura (BPM) de medicamentos biológicos en el exterior:
Zona 3: Europa; Asia; Oceanía: México y Argentina, en establecimientos donde
se incluyan los procesos de manufactura desde producto intermedio (si aplica),
envasado y/o liofilización producto a granel (si aplica), hasta producto
terminado: máximo cuatro (04) productos, en una misma dirección y razón
social.
|
3623.96
|
|
4006-9
|
Visita
de certificación, renovación o ampliación de la certificación en Buenas
Prácticas de Manufactura ÍBPM) de medicamentos biológicos a nivel nacional,
en establecimientos que realicen los procesos de manufactura de los
ingredientes farmacéuticos activos (IFAs), producto intermedio, producto a
granel, envasado y/o liofilización, hasta producto terminado; máximo cuatro
(04) productos, en una misma dirección y razón social.
|
929,83
|
|
4006-10
|
Visita
de certificación, renovación o ampliación de la certificación en Buenas
Prácticas de Manufactura (BPM) de medicamentos biológicos en el exterior:
Zona 1: Centroamérica: el caribe; Suramérica excepto Brasil. Chile, Argentina
y Puerto Rico, en establecimientos que realicen los procesos de manufactura
de ¡os ingredientes farmacéuticos activos (IFAs), producto intermedio,
producto a granel, envasado y/o liofilización hasta producto terminado:
máximo cuatro (04) productos, en una misma dirección y razón social.
|
1708,13
|
|
4006-11
|
Visita
de certificación, renovación o ampliación de la certificación en Buenas Prácticas
de Manufactura (BPM) de medicamentos biológicos en el exterior: Zona 2:
Estados Unidos; Canadá; Chile: Brasil: África y Puerto Rico, en
establecimientos que realicen los procesos de manufactura de los ingredientes
farmacéuticos activos (IFAs), producto intermedio, producto a granel,
envasado y/o liofilización hasta producto terminado; máximo cuatro (04)
productos, en una misma dirección y razón social.
|
2634,21
|
|
4006-12
|
Visita
de certificación, renovación o ampliación de la certificación en Buenas Prácticas
de Manufactura (BPM) de medicamentos biológicos en el exterior: Zona 3:
Europa; Asia; Oceanía: México y Argentina, en establecimientos que realicen
los procesos de manufactura de los ingredientes farmacéuticos activos (IFAs)
producto intermedio, producto a granel, envasado y/o liofilización, hasta
producto terminado: máximo cuatro (04) productos, en una misma dirección y
razón social.
|
4523.80
|
|
4006-13
|
Visita
de ampliación de la certificación en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de
medicamentos biológicos a nivel nacional, en capacidad instalada de áreas,
equipos y procesos productivos, sin incluir producto nuevo, en una misma
dirección y razón social.
|
402,19
|
|
4006-14
|
Visita
de ampliación de la certificación en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de
medicamentos biológicos en el exterior: Zona 1: Centroamérica: el Caribe:
Suramérica excepto Brasil, Chile. Argentina y Puerto Rico, en capacidad
instalada de áreas, equipos y procesos productivos, sin incluir producto
nuevo, en una misma dirección y razón social.
|
788,33
|
|
4006-15
|
Visita
de ampliación de la certificación en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de
medicamentos biológicos en el exterior: Zona 2: Estados Unidos; Canadá;
Chile; Brasil; África y Puerto Rico, en capacidad instalada de áreas, equipos
y procesos productivos, sin incluir producto nuevo, en una misma dirección y
razón social.
|
1278,68
|
|
4006-16
|
Visita
de ampliación de la certificación en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de
medicamentos biológicos en el exterior: Zona 3: Europa; Asia; Oceanía: México
y Argentina, en capacidad instalada de áreas, equipos y procesos productivos,
sin incluir producto nuevo, en una misma dirección y razón social.
|
2322,67
|
|
4007
|
Modificación
de resoluciones de certificaciones de BPM.
|
15
|
|
4008
|
Expedición
de certificados de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) para:
establecimientos de medicamentos, establecimientos de productos cosméticos,
establecimientos de productos fitoterapéuticos, medicamentos homeopáticos,
establecimientos de gases medicinales, suplementos dietarios: o Expedición de
certificados de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) para: Establecimientos
o para Laboratorios que realizan análisis de control de calidad de productos
farmacéuticos, bien sea que pertenezcan al laboratorio fabricante o sean
externos que presten servicios de análisis de control de calidad; o
Expedición de certificados de Buenas Prácticas de Elaboración (BPE) para:
establecimientos de central de mezclas: Expedición de certificados de Buenas
Prácticas de Elaboración de Radiofármacos (BPER) para: Radiofarmacias: o
Expedición de certificados de Buenas Prácticas de Biodisponibilidad (BD) y
Bioequivalencia (BE) para las instituciones que realicen estos estudios.
|
14
|
|
4009
|
Visita
para certificar o renovar certificado de Buenas Prácticas de Manufactura
(BPM) de: Establecimientos de productos cosméticos.
|
529
|
|
4010-1
|
Visita
para certificar o renovar Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de
establecimientos con plantas o áreas dedicadas exclusivamente a la producción
de suplementos dietarios. Visitas para certificar o renovar las Buenas
Prácticas Clínicas (BPC) en las instituciones donde se llevan a cabo
investigaciones con seres humanos, mediante la aplicación y uso de
medicamentos.
|
535
|
|
4010-2
|
Visitas
para certificar o renovar Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de
establecimientos de productos fitoterapéuticos.
|
683,77
|
|
4011
|
Visita
de certificación o renovación de certificación de Buenas Prácticas de
Manufactura (BPM) a laboratorios de Productos Fitoterapéuticos
establecimientos fabricantes de medicamentos Homeopáticos o establecimientos
con planta o áreas dedicadas exclusivamente a la producción de Suplementos
Dietarios en el Exterior: Zona 1: Centroamérica, el Caribe y Suramérica
excepto Brasil. Chile. Argentina y Puerto Rico.
|
1469
|
|
4012
|
Visita
de certificación o renovación de certificación de Buenas Prácticas de
Manufactura (BPM) a laboratorios de Productos Fitoterapéuticos,
establecimientos fabricantes de medicamentos homeopáticos o establecimientos
con planta o áreas dedicadas exclusivamente a la producción de Suplementos
Dietarios en el Exterior: Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil:
África y Puerto Rico.
|
2700
|
|
4013
|
Visita
de certificación o renovación de certificación de Buenas Prácticas de
Manufactura (BPM) a laboratorios de Productos Fitoterapéuticos,
establecimientos fabricantes de medicamentos homeopáticos o establecimientos
con planta o áreas dedicadas exclusivamente a la producción de Suplementos
Dietarios en el Exterior: Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina.
|
4022
|
|
4017
|
Visitas
de Ampliación para productos, áreas de manufactura o procesos productivos
nuevos de laboratorios certificados con BPM: Establecimientos de
Medicamentos.
|
341
|
|
4018
|
Visita
de certificación o ampliación de la capacidad de producción a
establecimientos de productos cosméticos, de higiene doméstica o absorbentes
de higiene personal; Visita para la verificación del cumplimiento de
condiciones sanitarias y verificación del cumplimiento de condiciones
sanitarias por ampliación a establecimientos fabricantes de productos
plaguicidas de uso doméstico.
|
85,50
|
|
4018-1
|
Visitas
de ampliación de líneas de establecimientos certificados en condiciones
sanitarias de dispositivos médicos, reactivos de diagnóstico in-vitro.
|
40,11
|
|
4022
|
Expedición
de certificados de capacidad para: Establecimientos de productos cosméticos.
|
11
|
|
4023-1
|
Visitas
de verificación de requisitos sanitarios de unidades de biomedicina
reproductiva, bancos de semen y todos los demás bancos de componentes
anatómicos.
|
87,47
|
|
4023-2
|
Certificación
a fabricantes en: Capacidad de producción de dispositivos médicos sobre
medida para la salud visual y ocular: condiciones sanitarias de dispositivos
médicos; condiciones sanitarias de reactivos de diagnóstico in vitro.
|
119.76
|
|
4023-3
|
Certificación
a importadores en: capacidad de almacenamiento y acondicionamiento de
reactivos de diagnóstico in-vitro: capacidad de almacenamiento y
acondicionamiento de dispositivos médicos
|
95,32
|
|
4023-4
|
Certificación
y visita en Condiciones sanitarias para Bancos de tejido y médula ósea.
|
152.51
|
|
4024
|
Visitas
para certificar normas técnicas de fabricación (NTF) para productos de aseo,
higiene y limpieza de uso doméstico.
|
274,79
|
|
4025
|
Visitas
para certificar Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) para dispositivos
médicos y reactivos de diagnóstico in vitro.
|
279
|
|
4025-1
|
Certificación
y visita en Buenas Prácticas (BP) para: Bancos de Tejidos y de Médula ósea.
|
422.34
|
|
4025-2
|
Visita
de verificación de requerimiento de Buenas Prácticas (BP) para Bancos de
tejidos.
|
114
|
|
4025-3
|
Visita
de verificación de centros de almacenamiento temporal de tejidos.
|
140
|
|
4026
|
Certificado
de capacidad de producción técnica para: Establecimientos de productos de
aseo, higiene y limpieza de uso doméstico: establecimientos de dispositivos
médicos sobre medida para salud visual y ocular; certificado de concepto
técnico de condiciones sanitarias para establecimientos fabricantes de
dispositivos médicos: Establecimientos de productos oficinales,
establecimientos de plaguicidas de uso doméstico. Certificado de condiciones
sanitarias de: establecimientos fabricantes de reactivos de diagnóstico
in-vítro. Bancos de tejidos y de Médula ósea (para actualización).
Certificado de capacidad de almacenamiento y/o acondicionamiento de:
reactivos de diagnóstico in-vitro, dispositivos médicos.
|
11
|
|
4027
|
Certificado
de Normas Técnicas de Fabricación (NTF) de productos de aseo, higiene y
limpieza de uso doméstico.
|
11
|
|
4028
|
Certificado
de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) para dispositivos médicos, reactivos
de diagnóstico in-vitro. Certificado de Bancos de tejidos y de Médula ósea,
(para actualización)
|
14
|
|
4029
|
Verificación
de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) en industrias o fábricas de
alimentos: Visitas de certificación o renovación de certificación de buenas
prácticas de manufactura (BPM) a plantas productoras de alimentos que van a
elaborar suplementos dietarios. Visitas de certificación o renovación de
buenas prácticas de manufactura a establecimientos fabricantes, procesadores,
mezcladores o envasadores de aditivos alimentarios.
|
220
|
|
4030
|
Certificación
de implementación y funcionamiento del Sistema de Análisis de Peligros y
Puntos Críticos de Control (HACCP) en la industria de alimentos, plantas de
beneficio animal, desposte y desprese y en motonaves o buques pesqueros para
la exportación a la Unión Europea: e inscripción de fábricas de productos de
la pesca y acuicultura según lo establecido en el Decreto 60 de 2002.
|
261,26
|
|
4030-1
|
Certificación
de implementación y funcionamiento del sistema de análisis de peligros y
puntos críticos de control (HACCP), en motonaves o buques pesqueros para la
exportación a la Unión Europea ubicados en la Zona 1: Centroamérica. El
Caribe y Sur América excepto Brasil. Chile. Argentina y Puerto Rico.
|
499,60
|
|
4030-2
|
Certificación
de implementación y funcionamiento del sistema de análisis de peligros y
puntos críticos de control (HACCP), en motonaves o buques pesqueros para la
exportación a la Unión Europea ubicados en la Zona 2: Estados Unidos; Canadá;
Chile; Brasil: África y Puerto Rico.
|
685
|
|
4030-3
|
Certificación
de implementación y funcionamiento del sistema de análisis de peligros y puntos
críticos de control (HACCP) en motonaves o buques pesqueros para la
exportación a la Unión Europea ubicados en la Zona 3: Europa; Asia; Oceanía;
México y Argentina.
|
947.80
|
|
4031
|
Visitas
de ampliación a la certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) a
laboratorios de Medicamentos, Productos Fitoterapéuticos, establecimientos
fabricantes de medicamentos homeopáticos o establecimientos con planta o
áreas dedicadas exclusivamente a la producción de Suplementos Dietarios en el
Exterior: Zona 1: Centroamérica. El Caribe y Sur América excepto Brasil,
Chile, Argentina y Puerto Rico.
|
958
|
|
4032
|
Visitas
de ampliación a la certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) a
laboratorios de Medicamentos, Productos Fitoterapéuticos, establecimientos
fabricantes de medicamentos homeopáticos o establecimientos con planta o
áreas dedicadas exclusivamente a la producción de Suplementos Dietarios en el
Exterior: Zona 2: Estados Unidos. Canadá, Chile, Brasil. África y Puerto
Rico.
|
1830
|
|
4033
|
Visitas
de ampliación a la certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) a
laboratorios de Medicamentos, Productos Fitoterapéuticos, establecimientos
fabricantes de medicamentos homeopáticos o establecimientos con planta o
áreas dedicadas exclusivamente a la producción de Suplementos Dietarios en el
Exterior: Zona 3: Europa, Asia, Oceanía, México y Argentina.
|
2424
|
|
4034
|
Visitas
de Ampliación para productos, áreas de manufactura o procesos productivos
nuevos de laboratorios certificados con BPM: Establecimientos de Cosméticos.
|
334
|
|
4035
|
Visitas
de Ampliación para productos, áreas de manufactura o procesos productivos
nuevos de laboratorios certificados con BPM: Establecimientos de Productos
Fitoterapéuticos o establecimientos con planta o áreas dedicadas
exclusivamente a la producción de Suplementos Dietarios.
|
335
|
|
4036
|
Visitas
de certificación o renovación de Certificación Buenas Prácticas de Manufactura
(BPM): Establecimientos de gases medicinales obtenidos por los siguientes
métodos: criogénico, combustión y/o química.
|
394
|
|
4037
|
Visitas
de Ampliación para productos, áreas de manufactura o procesos productivos
nuevos de laboratorios certificados con BPM: establecimientos de gases
medicinales por los siguientes métodos: criogénico, combustión y/o química.
|
236
|
|
4038
|
Visitas
de certificación o renovación de Certificación Buenas Prácticas de
Manufactura (BPM): Establecimientos de gases medicinales obtenidos por tamiz
molecular o PSA y/o compresor.
|
220
|
|
4039
|
Visitas
de Ampliación de líneas de laboratorios certificados con BPM:
Establecimientos de gases medicinales obtenidos por tamiz molecular o PSA y/o
compresor.
|
175
|
|
4040
|
Visitas
de certificación o renovación de certificación de Buenas Prácticas de
Manufactura (BPM) de: establecimientos de acondicionamiento secundario o
pesaje
|
402
|
|
4040-1
|
Visitas
de certificación o renovación de certificación de Buenas Prácticas de
Manufactura (BPM) de: establecimientos de acondicionamiento secundario o
pesaje, en el exterior: Zona 1: Centroamérica: El Caribe; Suramérica excepto
Brasil. Chile. Argentina y Puerto Rico. En una misma dirección y razón
social.
|
560,77
|
|
4040-2
|
Visitas
de certificación o renovación de certificación de Buenas Prácticas de
Manufactura (BPM) de: establecimientos de acondicionamiento secundario o
pesaje, en el exterior: Zona 2: Estados Unidos: Canadá; Chile; Brasil; África
y Puerto Rico. En una misma dirección y razón social.
|
918,55
|
|
4040-3
|
Visitas
de certificación o renovación de certificación de Buenas Prácticas de
Manufactura (BPM) de: establecimientos de acondicionamiento secundario o
pesaje, en el exterior: Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina. En
una misma dirección y razón social.
|
1656,99
|
|
4041
|
Visitas
de ampliación de líneas de laboratorios certificados con certificación de
Buenas Prácticas de Manufactura (BPM): establecimientos de acondicionamiento
secundario o pesaje.
|
263
|
|
4041-1
|
Visitas
de ampliación de líneas de laboratorios certificados con Buenas Prácticas de
Manufactura (BPM) de: establecimientos de acondicionamiento secundario o
pesaje, en el exterior: Zona 1: Centroamérica; El Caribe; Suramérica excepto
Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico. En una misma dirección y razón
social.
|
486,16
|
|
4041-2
|
Visitas
de ampliación de líneas de laboratorios certificados con Buenas Prácticas de
Manufactura (BPM) de: establecimientos de acondicionamiento secundario o
pesaje, en el Exterior: Zona 2: Estados Unidos: Canadá; Chile; Brasil; África
y Puerto Rico. En una misma dirección y razón social.
|
819,57
|
|
4041-3
|
Visitas
de ampliación de líneas de laboratorios certificados con Buenas Prácticas de
Manufactura (BPM) de: establecimientos de acondicionamiento secundario o
pesaje, en el Exterior: Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina. En
una misma dirección y razón social.
|
1524.51
|
|
4042
|
Visitas
de certificación o renovación de certificación de Buenas Prácticas de
Manufactura (BPM) de: Establecimientos de productos homeopáticos.
|
365
|
|
4043
|
Visitas
de Ampliación para productos, áreas de manufactura o procesos productivos
nuevos de laboratorios certificados con BPM: Establecimientos de productos
homeopáticos.
|
239
|
|
4044
|
Visitas
de certificación y/o renovación de certificación de Buenas Prácticas de
Elaboración (BPE)
|
|
|
4044-1
|
Visitas
de certificación y/o renovación de certificación de Buenas Prácticas de
Elaboración (BPE) para establecimientos que realicen uno y/o dos actividades
del servicio farmacéutico.
|
221
|
|
4044-2
|
Visitas
de certificación y/o renovación de certificación de Buenas Prácticas de
Elaboración (BPE) para establecimientos que realicen tres o más actividades
del servicio farmacéutico
|
252
|
|
4044-3
|
Visitas
de ampliación de la certificación de Buenas Prácticas de Elaboración (BPE) para
nuevos servicios farmacéuticos en establecimientos certificados con BPE., o
visitas de ampliación de la certificación de Buenas Prácticas de Elaboración
para Radiofármacos BPER para nuevos procesos.
|
182
|
|
4044-4
|
Visita
de certificación y/o renovación en buenas prácticas de elaboración de
radiofármacos (BPER)
|
449,78
|
|
4045
|
V°
B° para exclusión del IVA (Mas 0.54 smldv por cada materia prima).
|
2
|
|
4047
|
Expedición
de certificados de aceptación de Certificados en Buenas Prácticas de
Manufactura de que trata el Decreto 162 de 2004.
|
12
|
|
4049
|
Evaluación
farmacológica de medicamentos de síntesis química y antivenenos
|
273,33
|
|
4049-1
|
Evaluación
farmacológica de molécula nueva
|
402,3
|
|
4049-2
|
Evaluación
de estudios de Biodisponibilidad (BD) y Bioequivalencia (BE).
|
201,90
|
|
4049-3
|
Evaluación
para modificación de registro sanitario para ampliar indicaciones de
medicamentos
|
338.84
|
|
4049-4
|
Concepto
técnico especializado para reactivos de diagnóstico categoría III, que no
sean de países de referencia.
|
111,85
|
|
4049-5
|
Evaluación
farmacológica de vacunas y hemoderivados
|
2240.96
|
|
4049-6
|
Evaluación
farmacológica de otros productos biológicos.
|
1555.34
|
|
4050
|
Certificado
de inspección sanitaria para la nacionalización de alimentos terminados
|
|
|
4050-1
|
Certificado
de inspección sanitaria para la nacionalización de alimentos terminados por 1
(un) Lote del Cargamento y por 1 (un) Lote a Inspeccionar. Sólo se aceptará
el pago de esta Tarifa vía electrónica.
|
5
|
|
4050-2
|
Certificado
de inspección sanitaria para la nacionalización de alimentos terminados de 2
(dos) a 8 (ocho) Lotes del Cargamento y por 2 (dos) Lotes a Inspeccionar.
Sólo se aceptará el pago de esta Tarifa vía electrónica.
|
8,33
|
|
4050-3
|
Certificado
de inspección sanitaria para la nacionalización de alimentos terminados de 9
(nueve) a 15 (quince) Lotes del Cargamento y por 3 (tres) Lotes a
Inspeccionar. Sólo se aceptará el pago de esta Tarifa vía electrónica.
|
11,66
|
|
4050-4
|
Certificado
de inspección sanitaria para la nacionalización de alimentos terminados de 16
(dieciséis) a 25 (veinticinco) Lotes del Cargamento y por 5 (cinco) Lotes a
Inspeccionar. Sólo se aceptará el pago de esta Tarifa vía electrónica.
|
18,32
|
|
4050-5
|
Certificado
de inspección sanitaria para la nacionalización de alimentos terminados de 26
(veintiséis) a 50 (cincuenta) Lotes del Cargamento y por 8 (ocho) Lotes a
Inspeccionar. Sólo se aceptará el pago de esta Tarifa vía electrónica.
|
28,31
|
|
4050-6
|
Certificado
de inspección sanitaria para la nacionalización de alimentos terminados de 51
(cincuenta y uno) Lotes del Cargamento en adelante y por 10 (diez) Lotes a
Inspeccionar. Sólo se aceptará el pago de esta Tarifa vía electrónica.
|
34,97
|
|
4052
|
Autorización
sanitaria
|
|
|
4052-1
|
Visita
para la autorización sanitaria de plantas de beneficio de animales de las
diferentes especies, desposte, desprese y acondicionamiento destinados para
consumo humano.
|
77,63
|
|
4052-2
|
Autorización
sanitaria provisional de plantas de beneficio de animales de las diferentes
especies, desposte y desprese destinados para consumo humano.
|
36,02
|
|
4053
|
Inspección
oficial de la carne y productos cárnicos comestibles en plantas de beneficio
de animales de las diferentes especies destinadas para consumo humano por
hora, bajo el Decreto 1500 de 2007
|
|
|
4053-1
|
Inspección
oficial de la Carne y Productos Cárnicos Comestibles en Plantas de Beneficio
de Aves, Bovinos, Bufalinos y Porcinos con Asignación de un Inspector oficial
por hora.
|
0,94
|
|
4053-2
|
Inspección
oficial de la Carne y Productos Cárnicos Comestibles en Plantas de Beneficio
de Aves, Bovinos, Bufalinos y Porcinos con Asignación de un Inspector
auxiliar por hora.
|
0,79
|
|
4053-5
|
Inspección
oficial de la Carne y Productos Cárnicos Comestibles en Plantas de Beneficio
de Aves, Bovinos, Bufalinos y Porcinos con Asignación de un Inspector oficial
por hora nocturna.
|
1,27
|
|
4053-6
|
Inspección
oficial de la Carne y Productos Cárnicos Comestibles en Plantas de Beneficio
de Aves, Bovinos, Bufalinos y Porcinos con Asignación de un Inspector
auxiliar por hora nocturna.
|
1,07
|
|
4053-7
|
Inspección
oficial de la Carne y Productos Cárnicos Comestibles en Plantas de Beneficio
de Aves, Bovinos, Bufalinos y Porcinos con Asignación de un Inspector Oficial
por hora dominical o festivo diurna.
|
2,82
|
|
4053-8
|
Inspección
oficial de la Carne y Productos Cárnicos Comestibles en Plantas de Beneficio
de Aves, Bovinos, Bufalinos y Porcinos con Asignación de un Inspector
Auxiliar por hora dominical o festiva diurna.
|
2,37
|
|
4053-9
|
Inspección
oficial de la Carne y Productos Cárnicos Comestibles en Plantas de Beneficio
de Aves, Bovinos, Bufalinos y Porcinos con Asignación de un Inspector Oficial
por hora dominical o festiva nocturna.
|
3,81
|
|
4053-10
|
Inspección
oficial de la Carne y Productos Cárnicos Comestibles en Plantas de Beneficio
de Aves, Bovinos, Bufalinos y Porcinos con Asignación de un Inspector Auxiliar
por hora dominical o festiva nocturna.
|
3,20
|
|
4054
|
Autorización
de importación mediante reconocimiento de equivalencia del sistema de
inspección, vigilancia y control de alimentos de países interesados en
exportar a Colombia, carne y productos cárnicos comestibles, ubicados en el
exterior Zona 1: Centroamérica; El Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile,
Argentina y Puerto Rico.
|
995,05
|
|
4055
|
Autorización
de importación mediante reconocimiento de equivalencia del sistema de
inspección, vigilancia y control de alimentos de países interesados en
exportar a Colombia, carne y productos cárnicos comestibles, ubicados en el
exterior Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico.
|
1686,24
|
|
4056
|
Autorización
de importación mediante reconocimiento de equivalencia del sistema de
inspección, vigilancia y control de alimentos de países interesados en
exportar a Colombia, carne y productos cárnicos comestibles, ubicados en el
exterior Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina.
|
3129,62
|
|
4057
|
Certificado
de inspección sanitaria para la nacionalización de materia prima o insumos
para la industria de alimentos o bebidas
|
|
|
4057-1
|
Certificado
de inspección sanitaria para la nacionalización de materia prima o insumos
para la industria de alimentos o bebidas de 1 (uno) a 10 (diez) Lotes y por 1
(un) Lote a Inspeccionar Sólo se aceptará el pago de esta Tarifa vía
electrónica.
|
5
|
|
4057-2
|
Certificado
de inspección sanitaria para la nacionalización de materia prima o insumos
para la industria de alimentos o bebidas de 11 (once) a 20 (veinte) Lotes del
Cargamento y por 3 (tres) Lotes a Inspeccionar. Sólo se aceptará el pago de
esta Tarifa vía electrónica.
|
11,66
|
|
4057-3
|
Certificado
de inspección sanitaria para la nacionalización de materia prima o insumos para
la industria de alimentos o bebidas de 21 (veintiuno) a 50 (cincuenta) Lotes
del Cargamento y por 5 (cinco) Lotes a Inspeccionar. Sólo se aceptará el pago
de esta Tarifa vía electrónica.
|
18,32
|
|
4057-6
|
Certificado
de inspección sanitaria para la nacionalización de materia prima o insumos
para la industria de alimentos o bebidas de 51 (cincuenta y un) Lotes del
Cargamento en adelante y por 7 (siete) Lotes a Inspeccionar. Sólo se aceptará
el pago de esta Tarifa vía electrónica.
|
24,98
|
|
4058
|
Certificado
de inspección sanitaria para la exportación de alimentos terminados, materias
primas o insumos para la industria de alimentos o bebidas
|
|
|
4058-1
|
Certificado
de inspección sanitaria para la exportación de alimentos terminados, materias
primas o insumos para la industria de alimentos o bebidas por 1 (un) Lote del
Cargamento y por 1 (un) Lote a Inspeccionar. Sólo se aceptará el pago de esta
Tarifa vía electrónica.
|
5
|
|
4058-2
|
Certificado
de inspección sanitaria para la exportación de alimentos terminados, materias
primas o insumos para la industria de alimentos o bebidas de 2 (dos) a 8
(ocho) Lotes del Cargamento y por 3 (tres) Lotes a Inspeccionar. Sólo se
aceptará el pago de esta Tarifa vía electrónica.
|
11,66
|
|
4058-3
|
Certificado
de inspección sanitaria para la exportación de alimentos terminados, materias
primas o insumos para la industria de alimentos o bebidas de 9 (nueve) a 15
(quince) Lotes del Cargamento y por 4 (cuatro) Lotes a Inspeccionar. Sólo se
aceptará el pago de esta Tarifa vía electrónica.
|
14,99
|
|
4058-4
|
Certificado
de inspección sanitaria para la exportación de alimentos terminados, materias
primas o insumos para la industria de alimentos o bebidas de 16 (dieciséis)
lotes del cargamento en adelante y por 5 (cinco) Lotes a Inspeccionar. Sólo
se aceptará el pago de esta Tarifa vía electrónica.
|
18,32
|
|
4059
|
Autorización
para la fabricación de suplementos dietarios en plantas fabricantes de
medicamentos y productos fitoterapéuticos con base en la revisión de las
validaciones de limpieza.
|
43,64
|
|
4060
|
Visitas
de certificación o renovación de certificación Buenas Prácticas de
Manufactura (BPM): Establecimientos de gases medicinales en el exterior: Zona
1: Centroamérica; El Caribe: Suramérica excepto Brasil. Chile. Argentina y
Puerto Rico.
|
866
|
|
4061
|
Visitas
de certificación o renovación de certificación Buenas Prácticas de
Manufactura (BPM): Establecimientos de gases medicinales en el exterior: Zona
2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico.
|
1158
|
|
4062
|
Visitas
de certificación o renovación de certificación Buenas Prácticas de
Manufactura (BPM): Establecimientos de gases medicinales en el exterior: Zona
3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina.
|
2151
|
|
4063
|
Visitas
de ampliación a la certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM): Establecimientos
de gases medicinales en el exterior: Zona 1: Centroamérica; El Caribe;
Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico
|
678
|
|
4064
|
Visitas
de ampliación a la certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM):
Establecimientos de gases medicinales en el exterior: Zona 2: Estados Unidos;
Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico.
|
890
|
|
4065
|
Visitas
de ampliación a la certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM):
Establecimientos de gases medicinales en el exterior: Zona 3: Europa; Asia;
Oceanía; México y Argentina.
|
1778
|
|
4066
|
Visita
de autorización a establecimientos de carne y/o productos cárnicos
comestibles de países exportadores que desean admisibilidad de sus productos
en Colombia, ubicados en la Zona 1: Centroamérica; El Caribe; Suramérica
excepto Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico.
|
379
|
|
4067
|
Visita
de autorización a establecimientos de carne y/o productos cárnicos
comestibles de países exportadores que desean admisibilidad de sus productos
en Colombia, ubicados en la Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil;
África y Puerto Rico.
|
512
|
|
4068
|
Visita
de autorización a establecimientos de carne y/o productos cárnicos
comestibles de países exportadores que desean admisibilidad de sus productos
en Colombia, ubicados en la Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y
Argentina.
|
873
|
|
4069
|
Visita
y certificado sanitario de apertura y funcionamiento de establecimientos que
elaboran y adaptan dispositivos médicos sobre medida de tecnología ortopédica
externa.
|
205,52
|
|
4069-1
|
Visita
y certificado de ampliación de líneas de certificado sanitario de apertura y
funcionamiento de establecimientos que elaboran y adaptan dispositivos
médicos sobre medida de tecnología ortopédica externa.
|
191,48
|
|
4070
|
Evaluación
de Protocolos de Investigación Clínica
|
456,15
|
|
4071
|
Inspección
oficial en plantas de beneficio animal bajo Decreto 2278 de 1982
|
|
|
4071-1
|
Inspección
oficial en plantas de beneficio animal bajo Decreto 2278 de 1982, de un
Médico Veterinario Oficial por hora diurna.
|
0,86
|
|
4071-2
|
Inspección
oficial en plantas de beneficio animal bajo Decreto 2278 de 1982, de un
Médico Veterinario Oficial por hora nocturna.
|
1,38
|
|
4071-3
|
Inspección
oficial en plantas de beneficio animal bajo Decreto 2278 de 1982, de un
Médico Veterinario Oficial por hora diurna dominical o festivo.
|
2,68
|
|
4071-4
|
Inspección
oficial en plantas de beneficio animal bajo Decreto 2278 de 1982 de un Médico
Veterinario Oficial por hora nocturna dominical o festivo.
|
3,51
|
|
4071-5
|
Inspección
oficial en plantas de beneficio animal bajo Decreto 2278 de 1982, de un
Inspector sanitario auxiliar por hora diurna
|
0,56
|
|
4071-6
|
Inspección
oficial en plantas de beneficio animal bajo Decreto 2278 de 1982, de un
Inspector sanitario auxiliar por hora nocturna.
|
0,96
|
|
4071-7
|
Inspección
oficial en plantas de beneficio animal bajo Decreto 2278 de 1982, de un
Inspector sanitario auxiliar por hora diurna dominical o festivo
|
1,77
|
|
4071-8
|
Inspección
oficial en plantas de beneficio animal bajo Decreto 2278 de 1982 de un
Inspector sanitario auxiliar por hora nocturna dominical o festivo.
|
2,28
|
|
4072
|
Pago
adicional por la disponibilidad para la prestación del servicio en horarios
adicionales (nocturnos, dominical y festivos diurnos y dominical y festivos
nocturnos) - Pago Adicional a la tarifa que corresponda (códigos
4050-4057-4058-4073-4078).
|
7,99
|
|
4073
|
Certificado
de Inspección Sanitaria para la Nacionalización y Exportación de otros
alimentos (alimentos naturales que no sean sometidos a ningún proceso de
transformación, tales como granos, frutas, hortalizas, verduras frescas y los
alimentos de origen animal crudos refrigerados o congelados que no hayan sido
sometidos a ningún proceso de transformación)
|
|
|
4073-1
|
Certificado
de Inspección Sanitaria para la Nacionalización y Exportación de otros
alimentos (alimentos naturales que no sean sometidos a ningún proceso de
transformación, tales como granos, frutas, hortalizas, verduras frescas y los
alimentos de origen animal crudos refrigerados o congelados que no hayan sido
sometidos a ningún proceso de transformación), hasta 1 tonelada.
|
7,42
|
|
4073-2
|
Certificado
de Inspección Sanitaria para la Nacionalización y Exportación de otros
alimentos (alimentos naturales que no sean sometidos a ningún proceso de
transformación, tales como granos, frutas, hortalizas, verduras frescas y los
alimentos de origen animal crudos refrigerados o congelados que no hayan sido
sometidos a ningún proceso de transformación), de 1 a 100 toneladas.
|
8,61
|
|
4073-3
|
Certificado
de Inspección Sanitaria para la Nacionalización y Exportación de otros
alimentos (alimentos naturales que no sean sometidos a ningún proceso de
transformación, tales como granos, frutas, hortalizas, verduras frescas y los
alimentos de origen animal crudos refrigerados o congelados que no hayan sido
sometidos a ningún proceso de transformación), de 101 a 1.000 toneladas
|
10,14
|
|
4073-4
|
Certificado
de Inspección Sanitaria para la Nacionalización y Exportación de otros
alimentos (alimentos naturales que no sean sometidos a ningún proceso de
transformación, tales como granos, frutas, hortalizas, verduras frescas y los
alimentos de origen animal crudos refrigerados o congelados que no hayan sido
sometidos a ningún proceso de transformación), de 1001 a 10.000 toneladas.
|
11,39
|
|
4073-5
|
[Certificado
de Inspección Sanitaria para la Nacionalización y Exportación de otros
alimentos (alimentos naturales que no sean sometidos a ningún proceso de
transformación, tales como granos, frutas, hortalizas, verduras frescas y los
alimentos de origen animal crudos refrigerados o congelados que no hayan sido
sometidos a ningún proceso de transformación), de 10.001 a 15.000 [toneladas.
|
12,75
|
|
4073-6
|
[Certificado
de Inspección Sanitaria para la Nacionalización y Exportación de otros
alimentos (alimentos naturales que no sean sometidos a ningún proceso de
transformación, tales como granos, frutas, hortalizas, verduras frescas y los
alimentos de origen animal crudos refrigerados o congelados que no hayan sido
sometidos a ningún proceso de transformación), para más de 15.000 [toneladas.
|
14,17
|
|
4074
|
[Evaluación
de nuevas declaraciones de propiedades de salud en alimentos para consumo
humano.
|
213,71
|
|
4075
|
[Inclusión
en el Listado de plantas Medicinales^
|
115,93
|
|
4076
|
[Inclusión
de nuevos ingredientes en suplementos dietarios
|
115,93
|
|
4077
|
[Visita
y certificación o visita y certificación de la renovación de Buenas Prácticas
de Manufactura (BPM) a plantas que fabriquen, elaboren, hidraten y envasen
bebidas [alcohólicas por razón de su capacidad técnica y humana
|
|
|
4077-1
|
[Visita
y certificación o visita y certificación de la renovación de Buenas Prácticas
de Manufactura (BPM) a plantas que fabriquen, elaboren, hidraten y envasen
bebidas alcohólicas clasificadas en el |acta de inspección sanitaria hasta
con 50 empleados.
|
269,32
|
|
4077-2
|
[Visita
y certificación o visita y certificación de la renovación de Buenas Prácticas
de Manufactura (BPM) a plantas que fabriquen, elaboren, hidraten y envasen
bebidas alcohólicas clasificadas en el |acta de inspección sanitaria con más
de 50 empleados.
|
481,22
|
|
4087
|
[Certificado
de Inspección Sanitaria para la nacionalización y exportación de Bebidas
[Alcohólicas
|
|
|
4078-1
|
[Certificado
de Inspección Sanitaria para la nacionalización y exportación de Bebidas
Alcohólicas, de uno (1) a diez (10) lotes incluidos en el cargamento por un
(1) lote a inspeccionar. Sólo se aceptará [el pago de esta Tarifa vía
electrónica
|
14,87
|
|
4078-2
|
[Certificado
de Inspección Sanitaria para nacionalización y exportación de Bebidas
Alcohólicas, de once (11) lotes o más incluidos en el cargamento y por cuatro
(4) lotes a inspeccionar. Sólo se [aceptará el pago de esta Tarifa vía
electrónica
|
23,03
|
|
4079
|
[Certificación
de Buenas Prácticas de Fabricación -BPF para establecimientos dedicados a la
fabricación de materiales, objetos, envases y equipamientos destinados a entrar
en contacto con [alimentos y bebidas para consumo humano.
|
506,44
|
|
4080
|
Autorización
de nuevas materias primas, sustancias, insumos y aditivos para la fabricación
de materiales objetos, envases y equipamientos, destinados a entrar en
contacto con los alimentos y bebidas para consumo humano; materiales
reciclados importados y envases, objetos o equipamientos importados
fabricados con material reciclado.
|
229,19
|
|
4081
|
Autorización
de materiales, objetos, envases y equipamientos destinados a entrar en contacto
con alimentos y bebidas para consumo humano, fabricados con materiales
reciclados y uso de materia prima.
|
|
|
4081-1
|
Autorización
de nuevas combinaciones de materiales y objetos para la fabricación de
materiales, objetos, envases y equipamientos, destinados a entrar en contacto
con los alimentos y bebidas para consumo humano; Autorización de envases
plásticos reusables (retornables o también llamados de uso repetido) para
contacto con alimentos y bebidas.
|
245,40
|
|
4081-2
|
Autorización
de materiales reciclados utilizados en la fabricación de objetos, envases,
materiales y equipamientos destinados a entrar en contacto con alimentos y
bebidas para consumo humano.
|
506,17
|
|
4081-3
|
Autorización
de materiales, objetos, envases y equipamientos destinados a entrar en
contacto con alimentos y bebidas para consumo humano, fabricados con
materiales reciclados.
|
21,70
|
|
4081-4
|
Autorización
de incentivos promocionales y de rótulos o etiquetas para contacto con
alimentos.
|
21,70
|
|
4083
|
Evaluación
de enmiendas de protocolos de investigación clínica
|
35,88
|
|
4083-1
|
Evaluación
de nuevos centros de investigación, consentimientos informados, nuevos
investigadores de protocolos de investigación farmacológica o sus
combinaciones
|
31,75
|
|
4083-2
|
Evaluación
de estudios de estabilidad de medicamentos en investigación para ampliación
de vida útil
|
29,82
|
|
4084
|
Concepto
técnico para reactivos de diagnóstico utilizados en protocolos de
investigación.
|
74,62
|
|
4085
|
Concepto
técnico para la aprobación de protocolos de investigación con dispositivos médicos
prototipo
|
95,84
|
|
4086
|
lnscripción
de recurso humano para mantenimiento de equipos biomédicos categoría de
riesgo llb y III
|
7,98
|
|
4087
|
Análisis
de laboratorio
|
|
|
4087-1
|
Análisis
de laboratorio a medicamentos sólidos (tabletas, granulados y cápsulas). Incluye
pruebas de Identificación, Cuantificación del Fármaco, Determinación de
Impurezas, Disolución y Uniformidad de dosis.
|
118,98
|
|
4087-2
|
Análisis
de laboratorio a medicamentos inyectables (polvos para inyección,
suspensiones y soluciones inyectables). Incluye pruebas de Identificación,
Cuantificación, Impurezas, Esterilidad y Endotoxinas.
|
138,96
|
|
4087-3
|
Análisis
de laboratorio a medicamentos en solución o suspensión para administración
oral (soluciones y polvos para solución o suspensión oral). Incluye pruebas
de Identificación, Cuantificación. Impurezas, Límite Microbiano y pH.
|
94,94
|
|
4087-4
|
Análisis
de laboratorio a medicamentos para administración por vía oftálmica ótica o
nasal. Incluye pruebas de Identificación, Cuantificación, pH y Pruebas Microbiológicas
(límite microbiano o Esterilidad).
|
85,45
|
|
4087-5
|
Análisis
de laboratorio a medicamentos para administración cutánea (parches, líquidos,
semisólidos y suspensiones). Incluye pruebas de Identificación,
Cuantificación del Ingrediente activo, pH y Limite Microbiano.
|
71,33
|
|
4088
|
Liberación
de lotes precomercialización de vacunas, sueros de origen animal, productos
hemoderivados y otros productos biológicos
|
|
|
4088-1
|
Liberación
de lote por documentación de hemoderivados, vacunas y sueros de origen animal
excepto el suero antiofídico.
|
25,28
|
|
4088-2
|
(Liberación
de lote por análisis de vacunas.
|
382,95
|
|
4088-3
|
(Liberación
de lote por análisis de hemoderivados
|
232,44
|
|
4088-4
|
(Liberación
de lote por análisis de sueros de origen animal.
|
325,57
|
|
4089
|
Visita
de verificación de nuevas condiciones en la certificación de Buenas Prácticas
Clínicas (BPC), que aplica para los componentes: comité de ética; laboratorio
clínico; servicio farmacéutico; y cambios de sede de la institución
certificada.
|
127,46
|
|
4089-1
|
Verificación
documental de cambios en la certificación de Buenas Prácticas Clínicas (BPC)
que impliquen: nuevos servicios asistenciales (hospitalización y/o
ambulatorios) institucionales o contratados, para investigación clínica, a
excepción de servicio farmacéutico y laboratorio clínico: cierre de servicios
asistenciales, para investigación clínica; inclusión de actividades de ajuste
y adecuación de dosis de medicamentos, para investigación clínica; cambio en
nomenclatura de la institución; cambio razón social y/o de número de
identificación tributaria; cambio de sede de comité de ética.
|
38,27
|
|
4090
|
Certificación
o renovación de certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) a
laboratorios de medicamentos en el Exterior: Zona 1: Centroamérica; El
Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile. Argentina y Puerto Rico
|
1483
|
|
4091
|
Certificación
o renovación de certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) a
laboratorios de medicamentos en el Exterior: Zona 2: Estados Unidos; Canadá;
Chile; Brasil; África y Puerto Rico.
|
2714
|
|
4092
|
Certificación
o renovación de certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) a
laboratorios de medicamentos en el Exterior: Zona 3: Europa; Asia; Oceanía;
México y Argentina.
|
4036
|
|
4093
|
Certificación
o Renovación de Certificados de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) de:
Establecimientos de Medicamentos.
|
543
|
|
4049
|
Certificación
en Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL)
|
|
|
4094-1
|
Visitas
de certificación o renovación de la certificación de Buenas Prácticas de
Laboratorio (BPL) a establecimientos externos que presten servicios de
Control de Calidad de Medicamentos, ubicados en el territorio Nacional
|
406,95
|
|
4094-2
|
Visitas
de certificación o renovación de la certificación de Buenas Prácticas de
Laboratorio (BPL) a establecimientos externos que presten servicios de
Control de Calidad de Medicamentos, ubicados en el Exterior. Zona 1:
Centroamérica; El Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y
Puerto Rico.
|
875,95
|
|
4094-3
|
Visitas
de certificación o renovación de la certificación de Buenas Prácticas de
Laboratorio (BPL) a establecimientos externos que presten servicios de
Control de Calidad de Medicamentos, ubicados en el Exterior. Zona 2: Estados
Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico.
|
1283,79
|
|
4094-4
|
Visitas
de certificación o renovación de la certificación de Buenas Prácticas de
Laboratorio (BPL) a establecimientos externos que presten servicios de
Control de Calidad de Medicamentos, ubicados en el Exterior. Zona 3: Europa;
Asia; Oceanía; México y Argentina.
|
1877,79
|
|
4094-5
|
Visitas
de certificación o renovación de la certificación de Buenas Prácticas de
Laboratorio (BPL) a establecimientos o laboratorios que realicen análisis de
Control de Calidad de Medicamentos, que pertenezcan al laboratorio
fabricante, ubicado en el territorio Nacional.
|
406,95
|
|
4094-6
|
Visitas
de certificación o renovación de la certificación de Buenas Prácticas de
Laboratorio (BPL) a establecimientos o laboratorios que realicen análisis de
Control de Calidad de Medicamentos, que pertenezcan al laboratorio fabricante
ubicado en el Exterior. Zona 1: Centroamérica; El Caribe; Suramérica excepto
Brasil, Chile, Argentina y Puerto Rico.
|
875,94
|
|
4094-7
|
Visitas
de certificación o renovación de la certificación de Buenas Prácticas de
Laboratorio (BPL) a establecimientos o laboratorios que realicen análisis de
Control de Calidad de Medicamentos, que pertenezcan al laboratorio
fabricante, ubicado en el Exterior. Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile;
Brasil; África y Puerto Rico.
|
1283,79
|
|
4094-8
|
Visitas
de certificación o renovación de la certificación de Buenas Prácticas de
Laboratorio (BPL) a establecimientos o laboratorios que realicen análisis de
Control de Calidad de Medicamentos, que pertenezcan al laboratorio
fabricante, ubicado en el Exterior. Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y
Argentina.
|
1796,79
|
|
4094-9
|
Visitas
de Ampliación de la Certificación a establecimientos certificados con Buenas
Prácticas de Laboratorio (BPL) para la autorización de nuevas técnicas
analíticas, nuevas áreas de análisis, nuevos instrumentos y o equipos de
análisis, cambios mayores o críticos en las metodologías de análisis, la
realización de análisis específicos para estudio de estabilidad y demás
ensayos que no hayan sido autorizados en las anteriores visitas de
certificación, ubicados en el territorio Nacional.
|
349,45
|
|
4094-10
|
Visitas
de Ampliación de la Certificación a establecimientos certificados con Buenas
Prácticas de Laboratorio (BPL) para la autorización de nuevas técnicas
analíticas, nuevas áreas de análisis, nuevos instrumentos y o equipos de
análisis, cambios mayores o críticos en las metodologías de análisis, la
realización de análisis específicos para estudio de estabilidad y demás
ensayos que no hayan sido autorizados en las anteriores visitas de certificación.
Ubicados en Zona 1: Centroamérica, El Caribe; Suramérica excepto Brasil,
Chile, Argentina y Puerto Rico.
|
801,08
|
|
4094-11
|
Visitas
de Ampliación de la Certificación a establecimientos certificados con Buenas
Prácticas de Laboratorio (BPL) para la autorización de nuevas técnicas
analíticas, nuevas áreas de análisis, nuevos instrumentos y o equipos de
análisis, cambios mayores o críticos en las metodologías de análisis, la
realización de análisis específicos para estudio de estabilidad y demás ensayos
que no hayan sido autorizados en las anteriores visitas de certificación.
Ubicados en: Zona 2: Estados Unidos, Canadá, Chile, Brasil, África y Puerto
Rico.
|
1187,32
|
|
4094-12
|
Visitas
de Ampliación de la Certificación a establecimientos certificados con Buenas
Prácticas de Laboratorio (BPL) para la autorización de nuevas técnicas
analíticas, nuevas áreas de análisis, nuevos instrumentos y o equipos de
análisis, cambios mayores o críticos en las metodologías de análisis, la
realización de análisis específicos para estudio de estabilidad y demás
ensayos que no hayan sido autorizados en las anteriores visitas de
certificación. Ubicados en: Zona 3: Europa. Asia, Oceanía, México y
Argentina.
|
1670,62
|
|
4094-13
|
Visitas
de certificación o renovación de la certificación de Buenas Prácticas de
Manufactura (BPM) de medicamentos, en conjunto con visita de Certificación o
renovación de la certificación de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) de
Medicamentos que funcionen en las mismas instalaciones y con la misma razón social
del laboratorio fabricante, ubicado en el territorio Nacional.
|
676,85
|
|
4094-14
|
Visitas
de certificación o renovación de la certificación de Buenas Prácticas de
Manufactura (BPM) de medicamentos, en conjunto con visita de Certificación o
renovación de la certificación de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) de
Medicamentos que funcionen en las mismas instalaciones y con la misma razón
social del laboratorio fabricante, ubicado en el Exterior. Zona 1:
Centroamérica; El Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile, Argentina y
Puerto Rico.
|
1691,75
|
|
4094-15
|
Visitas
de certificación o renovación de la certificación de Buenas Prácticas de
Manufactura (BPM) de medicamentos, en conjunto con visita de Certificación o
renovación de la certificación de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) de
Medicamentos que funcionen en las mismas instalaciones y con la misma razón
social del laboratorio fabricante, ubicados en el Exterior. Zona 2: Estados
Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico.
|
3025,49
|
|
4094-16
|
Visitas
de certificación o renovación de la certificación de Buenas Prácticas de
Manufactura (BPM) de medicamentos, en conjunto con visita de Certificación o
renovación de la certificación de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) de
Medicamentos que funcionen en las mismas instalaciones y con la misma razón
social del laboratorio fabricante, ubicados en el Exterior. Zona 3: Europa;
Asia: Oceanía; México y Argentina.
|
4446,49
|
|
4095
|
Visita
de clasificación en plantas de beneficio animal por razón de su capacidad de
sacrificio, disponibilidades técnicas, de dotación y de cumplimiento de la
reglamentación sanitaria
|
|
|
4095-1
|
Visita
de clasificación en plantas de beneficio animal por razón de su capacidad de
sacrificio, disponibilidades técnicas, de dotación y de cumplimiento de la
reglamentación sanitaria, en Bogotá.
|
102,97
|
|
4095-2
|
Visita
de clasificación en plantas de beneficio animal por razón de su capacidad de
sacrificio, disponibilidades técnicas, de dotación y de cumplimiento de la
reglamentación sanitaria, a nivel nacional.
|
219,19
|
|
4096
|
Inspección
Oficial de la Carne y Productos Cárnicos Comestibles en plantas de Desposte y
Desprese de animales para consumo humano, interesadas en realizar procesos de
exportación o a solicitud del interesado por hora.
|
|
|
4096-1
|
Inspección
oficial de la Carne y Productos Cárnicos Comestibles en Plantas de Desposte y
Desprese con asignación de un inspector oficial Médico Veterinario por hora
Diurna.
|
0,88
|
|
4096-2
|
Inspección
oficial de la Carne y Productos Cárnicos Comestibles en Plantas de Desposte y
Desprese con asignación de un inspector oficial Médico Veterinario por hora
Nocturna.
|
1,38
|
|
4096-3
|
Inspección
oficial de la Carne y Productos Cárnicos Comestibles en Plantas de Desposte y
Desprese con asignación de un inspector oficial Médico Veterinario por hora
Dominical o Festivo Diurna.
|
2,64
|
|
4096-4
|
Inspección
oficial de la Carne y Productos Cárnicos Comestibles en Plantas de Desposte y
Desprese con asignación de un inspector oficial Médico Veterinario por hora
Dominical o Festiva Nocturna.
|
3,44
|
|
4097
|
Certificación
de habilitación de fábricas de alimentos de mayor riesgo en salud pública de
origen animal a excepción de carne y productos cárnicos, de países
exportadores que desean admisibilidad de sus productos en Colombia.
|
|
|
4097-1
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Certificación
de habilitación de fábricas de alimentos de mayor riesgo en salud pública de
origen animal a excepción de carne y productos cárnicos, de países
exportadores que desean admisibilidad de sus productos en Colombia. Ubicados
en la Zona 1: Centroamérica, el Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile,
Argentina y Puerto Rico. Hasta Máximo tres (3) Líneas de Producción.
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711
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4097-2
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Certificación
de habilitación de fábricas de alimentos de mayor riesgo en salud pública de
origen animal a excepción de carne y productos cárnicos, de países
exportadores que desean admisibilidad de sus productos en Colombia. Ubicados
en la Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África y Puerto Rico.
Hasta Máximo tres (3) Líneas de Producción.
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1107
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4097-3
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Certificación
de habilitación de fábricas de alimentos de mayor riesgo en salud pública de
origen animal a excepción de carne y productos cárnicos, de países
exportadores que desean admisibilidad de sus productos en Colombia. Ubicados
en la Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina. Hasta Máximo tres
(3) Líneas de Producción.
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2011
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4097-4
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Certificación
de habilitación por línea de producción adicional en fábricas de alimentos de
mayor riesgo en salud pública de origen animal a excepción de carne y productos
cárnicos, de países exportadores que desean admisibilidad de sus productos en
Colombia. Zona 1. Centroamérica, el Caribe; Suramérica excepto Brasil, Chile,
Argentina y Puerto Rico.
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55
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4097-5
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Certificación
de habilitación por línea de producción adicional en fábricas de alimentos de
mayor riesgo en salud pública de origen animal a excepción de carne y
productos cárnicos, de países exportadores que desean admisibilidad de sus
productos en Colombia. Zona 2: Estados Unidos; Canadá; Chile; Brasil; África
y Puerto Rico.
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66
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4097-6
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Certificación
de habilitación por línea de producción adicional en fábricas de alimentos de
mayor riesgo en salud pública de origen animal a excepción de carne y
productos cárnicos, de países exportadores que desean admisibilidad de sus
productos en Colombia. Zona 3: Europa; Asia; Oceanía; México y Argentina.
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80
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4098
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Evaluación
de protocolos de estudios de Biodisponibilidad (BD) y Bioequivalencia (BE).
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190,22
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4098-1
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Evaluación
de cambios o enmiendas en los protocolos de estudios de Biodisponibilidad
(BD) y Bioequivalencia (BE).
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100,35
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4099
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Certificación
o renovación en Buenas Prácticas de Biodisponibilidad (BD) y Bioequivalencia
(BE).
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463.43
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4099-1
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Certificación
o renovación en Buenas Prácticas de Biodisponibilidad (BD) y Bioequivalencia
(BE) en el exterior Zona 1: Centroamérica; El Caribe; Suramérica excepto
Brasil. Chile. Argentina y Puerto Rico.
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920,71
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4099-2
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Certificación
o renovación en Buenas Prácticas de Biodisponibilidad (BD) y Bioequivalencia
(BE) en el exterior Zona 2: Estados Unidos: Canadá. Chile; Brasil; África y
Puerto Rico.
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1363,78
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4099-3
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Certificación
o renovación en Buenas Prácticas de Biodisponibilidad (BD) y Bioequivalencia
(BE) en el exterior Zona 3: Europa; Asia. Oceanía; México y Argentina.
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2444.88
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4100
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Certificación
de implementación y funcionamiento del Sistema de Análisis de Peligros y
Puntos Críticos de Control (HACCP) en plantas de beneficio animal, desposte,
desprese y acondicionadores de carne y productos cárnicos comestibles bajo
Decreto 1500 de 2007.
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219,64
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Artículo 2°. La presente
resolución rige a partir de la fecha de la publicación y deroga la Resolución
2016031844 del 19 de agosto de 2016 “por la cual se actualizan las tarifas
en el Invima”, modificada por las resoluciones 2016054053 del 23 de
diciembre de 2016, 2017006089 del 16 de febrero de 2017 y 2017014098 del 6 de
abril de 2017.
PUBLÍQUESE
Y CÚMPLASE.
Dada
en Bogotá, D.C., a los 22 días del mes de agosto del año 2017
El
Director General,
Javier
Humberto Guzmán Cruz
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