| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
DECRETO 512 DE 2017
(Septiembre 26)
Por
medio del cual se efectúa una reducción en el Presupuesto Anual de Rentas e
Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la
vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2017 EL
ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C. En uso de sus facultades legales y en especial
las conferidas por el artículo 55 del Acuerdo 24 de 1995 y el artículo 64 del
Decreto 714 de 1996, y CONSIDERANDO: Que mediante el Acuerdo
Distrital 657 de 2016, se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y
de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital para la vigencia fiscal
comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017, el cual fue liquidado
por el Decreto Distrital 627 de 2016. Que de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 64 del Decreto 714 de 1996, Estatuto Orgánico del
Presupuesto Distrital, el Gobierno Distrital podrá reducir total o parcialmente
las apropiaciones presupuestales, cuando la Secretaría Distrital de Hacienda
estimare que los recaudos del año puedan ser inferiores al total de los gastos
y obligaciones contraídas que deban pagarse con cargo a tales recursos. Que dentro de las obras a
cargo de Transmilenio se está reformulando el proyecto de la Troncal Carrera
Séptima para lo cual se encuentra en trámite en el Concejo de Bogotá el cupo de
endeudamiento por un mayor valor con el fin de cubrir en su totalidad el valor
de la obra y poder definir la inclusión en los presupuestos anuales de los
montos requeridos. Que los ingresos por los
recursos de crédito previstos para la presente vigencia no se concretarán y
como para 2017 la Administración Distrital presupuestó la mayor parte de los
recursos del crédito como transferencias de la Unidad 02 de la Secretaría
Distrital de Hacienda, se hace necesario reducir la apropiación financiada para
tal fin en la Unidad Ejecutora 02 Dirección Distrital de Presupuesto, con cargo
al rubro “Infraestructura-SITP” por valor de $741.167.874.369. Que el Instituto de
Desarrollo Urbano para ejecutar adecuadamente los recursos de crédito necesita
adelantar una gestión predial y existe complejidad presentada por la comunidad
en varios de los predios requeridos que presentan problemas jurídicos, técnicos
y económicos. Que, por lo mencionado,
parte de los recursos de capital previstos en el Presupuesto Anual 2017 no se
contratarán teniendo en cuenta que un segmento del cupo de endeudamiento
autorizado mediante Acuerdo 646 de 2016 está orientado al financiamiento de
este componente para las obras en la ciudad. Por tal razón, se requiere
realizar una reducción en el presupuesto del Instituto de Desarrollo Urbano
IDU, con fuente Recursos del Crédito, por valor de $89.091.344.962. Que, de otra parte, de conformidad
con el resultado en la gestión para la consecución e implementación de algunas
de las rentas previstas en el Plan Financiero que financia el Plan de
Desarrollo, ha sido necesaria la priorización de las inversiones del mismo, con
la consecuente redistribución de los recursos del crédito, razón por la cual es
necesario reducir en el presupuesto de la Secretaría Distrital de Ambiente la
suma de $1.082.880.000. Que la Secretaría Distrital
del Hábitat requiere reducir su presupuesto en $3.975.401.116 por la no
liberación de los recursos de los Convenios Interadministrativos No. 373 de
2015 suscrito con Metrovivienda y No. 200 de 2012
suscrito con la Empresa de Renovación Urbana, en el marco de la aplicación del
artículo 104 del Acuerdo 645 de 2016. Que es necesario ajustar el
presupuesto del Instituto de Desarrollo Urbano, establecimiento público en el que
algunas fuentes de ingresos definitivamente no se recaudarán en lo que resta de
la vigencia, como son la valorización local por $50.000.000.000 y venta de
activos por $39.198.106.000. En virtud de lo anterior, DECRETA: ARTÍCULO 1º. - Reducir
el presupuesto anual de rentas e ingresos de la vigencia fiscal 2017, en la
suma de Novecientos Veinticuatro Mil Quinientos Quince Millones Seiscientos
Seis Mil Cuatrocientos Cuarenta y Siete Pesos ($924.515.606.447) moneda
corriente, según el siguiente detalle: ADMINISTRACIÓN CENTRAL
ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS
ARTÍCULO 2º. - Reducir el presupuesto anual de gastos e inversiones de la vigencia fiscal 2017, en la suma de Novecientos Veinticuatro Mil Quinientos Quince Millones Seiscientos Seis Mil Cuatrocientos Cuarenta y Siete Pesos ($924.515.606.447) moneda corriente, según el siguiente detalle: ADMINISTRACIÓN CENTRAL
ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS
ARTÍCULO 3°. - La Dirección Distrital de Presupuesto aprueba la modificación del Programa Anual Mensualizado de Caja – PAC, para las entidades incluidas en el presente Decreto, acorde con lo establecido en el inciso 4 del artículo 55 del Decreto 714 de 1996. ARTÍCULO 4°. - El
presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro
Distrital. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D.C., a los 26 días del
mes de septiembre del año 2017. ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO Alcalde Mayor BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ Secretaria Distrital de Hacienda |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||