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Decreto Local 006 de 2017 Alcaldía Local de Engativá

Fecha de Expedición:
10/10/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/10/2017
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6177 del 17 de octubre de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 006 DE 2017

 

(Octubre 10)

 

Por medio del cual se efectúa una modificación presupuestal en el presupuesto anual de ingresos y de gastos e inversiones del fondo de desarrollo local de Engativá, para la vigencia fiscal 2017

 

LA ALCALDESA LOCAL DE ENGATIVÁ

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que confiere al artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, estipula sobre los Modificaciones Presupuestales: “Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente:

 

1. Traslado Presupuestal: Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales aprobados por la JAL. La disponibilidad de las apropiaciones para efectuar los traslados presupuestales, será certificada por el Responsable de Presupuesto del respectivo F.D.L.

 

Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital, para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el Proyecto de Acuerdo respectivo a la JAL. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación”. (…).

 

Que la Alcaldía Local de Engativá durante la presente vigencia fiscal y continuando con el seguimiento y depuración permanente en los rubros: “3.3.6.14 - Obligaciones por Pagar – Bogotá Humana” por valor de $57.271.721 y el “3.3.6.90 - Obligaciones por Pagar Vigencias Anteriores” por valor de $1.346.705.408, ha liberado y fenecido saldos a favor del Fondo de Desarrollo Local de Engativá, según actas de liberación y fenecimiento de saldos Nos.1 ($283.607.481) y 2 ($896.822.911) del 30 de Mayo, y las Nos. 3 ($151.025.225) y 4 ($89.488.333) del 13 de septiembre de 2017 respectivamente. Así mismo se incluye en el Acta No. 3 del 13 de septiembre de 2017 un saldo donde se liberó en el rubro 3.3.1.15.01.03.1475 - Envejecimiento digno, activo y feliz. Cabe anotar, que del acta No. 1 del 30 de mayo incluye el valor de $15.911.821 correspondiéndole a los rubros presupuestales de Gastos de Funcionamiento e Inversión Directa de la vigencia las actas Nos. 1 y 3 del 30 de mayo y del 13 de septiembre de 2017 contiene la suma de $1.055.000, valores que afectan los respectivos rubros.

 

Que la Liberación de saldos del párrafo anterior se realizó, teniendo en cuenta las Actas de Liquidación de Contratos con saldos a favor del Fondo de Desarrollo Local de Engativá y la suma total liberada reflejada en el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones de la vigencia 2017, por un valor neto de Inversión de Mil Cuatrocientos Tres Millones Novecientos Setenta y Siete Mil Ciento Veintinueve Pesos ($1.403.977.129) Mcte.

 

Que la Administración Local reviso la ejecución presupuestal a 31 de agosto de 2017, en cumplimiento de las metas del Plan Anual de Adquisiciones y el Estatuto de Bogotá asigna recursos, los cuales deben reinvertirse en la misma Localidad y los montos liberados en las Obligaciones por Pagar por ser generados de las transferencias en las vigencias anteriores, deben ser reincorporados al Presupuesto local, para ser reinvertidos y potencializar inversiones necesarias e importantes para el Territorio Local, se encontró que los rubros presupuestales: 3.3.1.15.01.03.1475 - Envejecimiento digno, activo y feliz por valor de $837.120.000, 3.3.1.15.05.31.1498 - El emprendimiento para la construcción de la paz y la felicidad por valor de $896.171.000, 3.3.1.15.07.45.1529 - Empoderamiento Social con Corresponsabilidad por valor de $1.315.591.010, 3.3.6.14.01.01.1139 - Obligaciones por pagar - Bogotá Humana - Desarrollo integral para la primera infancia por valor de $10.665, 3.3.6.14.01.03.1225 - Obligaciones por pagar - Bogotá Humana - fortalecimiento de procesos educativos escolares, extraescolares y asesoría para el acceso a la educación superior por valor de $11.310.133, 3.3.6.14.01.05.1218 - Obligaciones por pagar - Bogotá Humana - Entrega de subsidio económico tipo C para personas mayores de la localidad por valor de $15.508.658, 3.3.6.14.03.31.1230 - Obligaciones por pagar - Bogotá Humana - fortalecimiento institucional y pago de honorarios ediles por valor de $30.442.265 y el 3.3.6.90 - Obligaciones por pagar - Obligaciones por Pagar Vigencias Anteriores por valor de $1.346.705.408, cuentan con estos recursos disponibles y sin ejecutar, los cuales se pueden contracreditar por un valor total de Cuatro Mil Cuatrocientos Cincuenta y Dos Millones Ochocientos Cincuenta y Nueve Mil Ciento Treinta y Nueve Pesos Mcte $4.452.859.139.

 

Que los recursos del párrafo anterior, $4.452.859.139, se deben trasladar para fortalecer el normal funcionamiento de esta Alcaldía en los rubros presupuestales: 3.3.1.15.02.17.1488 – Parques Incluyentes y Democráticos para la participación ciudadana por valor de $3.048.882.010, 3.3.1.15.06.38.1500 - Territorio sostenible con participación social por valor de $459.508.732 y 3.3.1.15.07.45.1501 - Buen gobierno para estimular la participación social por valor de $944.468.397, por consiguiente se pueden acreditar en el presupuesto vigente.

 

Que en atención a la Circular No. 009 del 22 de Marzo de 2011, de la Secretaria Distrital de Gobierno y de la Secretaria Distrital de Hacienda, “1.1 ASPECTOS GENERALES, párrafo cuarto “… Por consiguiente, los recursos liberados podrán ser destinados a la financiación de los proyectos de inversión del Plan Operativo Anual de Inversiones –POAI-…”

 

Que la Administración Local requiere de carácter urgente aumentar la apropiación presupuestal del rubro presupuestal del proyecto No. “1488 – Parques Incluyentes y Democráticos para la participación ciudadana” en $3.048.882.010, recursos que permitirán avanzar en el cumplimiento de la meta, para intervenir un mayor número de parques vecinales y de bolsillo, que hacen parte de la localidad de Engativá que constan de dotación en infraestructura recreativa y deportiva, busca mejorar las condiciones de los espacios públicos.

 

Que la Administración Local requiere de carácter urgente aumentar la apropiación presupuestal del proyecto No. “1500 - Territorio sostenible con participación social” por valor de $459.508.732 para dar cumplimiento al compromiso adquirido mediante la suscripción del contrato de la vigencia 2015, que está en ejecución y que se requiere ser adicionado de manera prioritaria para continuar con las obras de cerramiento perimetral en el humedal Jaboque y demás gastos inherentes.

 

Que la Administración Local requiere de carácter urgente aumentar la apropiación presupuestal del proyecto No. “1501 - Buen gobierno para estimular la participación social” por valor de $944.468.397” recursos para financiar tres líneas de acción como son: i)dar continuidad al personal del área de gestión del desarrollo local y gestión policiva y jurídica, con el fin dar cumplimento a procesos administrativos, financieros y jurídicos que están en ejecución. ii) suministro e instalación de un (1) ascensor, desmonte de equipos existentes y adecuaciones necesarias para la puesta en marcha del mismo, en el edificio de la Alcaldía Local de Engativá, la cual no dispone de los recursos humanos y materiales necesarios para efectuar de manera apropiada el suministro, instalación y puesta en marcha del nuevo ascensor, razón por la cual se hace necesario contratar con prestadores de servicios especializados, ya que esta actividad no está relacionada a su misionalidad. iii) para remodelación y adecuación del edificio principal del Fondo de Desarrollo de Engativá, donde se han venido adelantando una serie de revisiones e inspecciones que han permitido establecer las necesidades que deben ser atendidas y suplidas con el objetivo de mejorar las capacidades funcionales, técnicas y tecnológicas y las características estéticas de las instalaciones físicas generales, áreas de trabajo y elementos arquitectónicos de la planta física de la entidad.

 

La Administración para efectos de llevar a cabo la ejecución de los anteriores proyectos, requiere de Cuatro Mil Cuatrocientos Cincuenta y Dos Millones Ochocientos Cincuenta y Nueve Mil Ciento Treinta y Nueve Pesos Mcte $4.452.859.139.

 

Que para tal fin, se solicita concepto favorable a la Secretaria Distrital de Planeación con oficio No.  20176000511351 del 5 de octubre de 2017, para efectuar traslado presupuestal al interior del presupuesto vigencia 2017.

 

Que se solicita concepto favorable a la Dirección Distrital de Presupuesto con oficio No. 20176000513831 del 6 de octubre de 2017 para efectuar traslado presupuestal al interior del presupuesto vigencia 2017.

 

Que mediante oficio No. 2-2017-54955 del 6 de octubre de 2017 la Secretaría Distrital de Planeación, emite concepto previo y favorable sobre el traslado presupuestal relacionado con los gastos de inversión, en tanto el contracrédito y crédito no causan afectaciones negativas en el avance de las metas contempladas en el plan de desarrollo local.

 

Que mediante oficio No. 2017EE171288 del 10 de octubre de 2017 la Dirección Distrital de Presupuesto, emite concepto favorable a la modificación presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Inversión vigencia 2017 por valor de Cuatro Mil Cuatrocientos Cincuenta y Dos Millones Ochocientos Cincuenta y Nueve Mil Ciento Treinta y Nueve Pesos Mcte $4.452.859.139.

 

Que para el presente traslado se expide los Certificados de Disponibilidad Presupuestal Nos. 1042 del 28 de septiembre y 1059 del 3 de octubre de 2017 respectivamente.

 

En mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Efectúense los siguientes contracréditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones de la vigencia 2017 del Fondo de Desarrollo Local de Engativá conforme al siguiente detalle:

 

CÓDIGO

CONCEPTO

CONTRACRÉDITOS

3

GASTOS

4.452.859.139

3.3

INVERSION

4.452.859.139

3.3.1

DIRECTA

3.048.882.010

3.3.1.15

Bogotá Mejor para todos

3.048.882.010

3.3.1.15.01

Pilar Igualdad de calidad de vida

837.120.000

3.3.1.15.01.03

Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente

837.120.000

3.3.1.15.01.03.1475

Envejecimiento digno, activo y feliz

837.120.000

3.3.1.15.05

Eje transversal Desarrollo económico basado en el conocimiento

896.171.000

3.3.1.15.05.31

Fundamentar el desarrollo económico en la generación y uso del conocimiento para mejorar la competitividad de la Ciudad Región

896.171.000

3.3.1.15.05.31.1498

El emprendimiento para la construcción de la paz y la felicidad

896.171.000

3.3.1.15.07

Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia

1.315.591.010

3.3.1.15.07.45

Gobernanza e influencia local, regional e internacional

1.315.591.010

3.3.1.15.07.45.1529

Empoderamiento Social con Corresponsabilidad

1.315.591.010

3.3.6

OBLIGACIONES POR PAGAR

1.403.977.129

3.3.6.14

Bogotá Humana

57.271.721

3.3.6.14.01

Una ciudad que supera la segregación y la discriminación: el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo

26.829.456

3.3.6.14.01.01

Garantía  del desarrollo integral de la  primera infancia

10.665

3.3.6.14.01.01.1139

Desarrollo integral para la primera infancia

10.665


CÓDIGO

CONCEPTO

CONTRACRÉDITOS

3.3.6.14.01.03

Construcción de saberes. Educación incluyente, diversa y de calidad para disfrutar y aprender

11.310.133

3.3.6.14.01.03.1225

Fortalecimiento             de        procesos             educativos        escolares,

extraescolares y asesoría para el acceso a la educación superior

11.310.133

3.3.6.14.01.05

Lucha contra distintos tipos de discriminación y violencias por condición, situación, identidad, diferencia, diversidad o etapa del ciclo vital

15.508.658

3.3.6.14.01.05.1218

Entrega de subsidio económico tipo C para personas mayores de la localidad

15.508.658

3.3.6.14.03

Una Bogotá que defiende y fortalece lo público

30.442.265

3.3.6.14.03.31

Fortalecimiento de la función administrativa y desarrollo institucional

30.442.265

3.3.6.14.03.31.1230

Fortalecimiento institucional y pago de honorarios ediles

30.442.265

3.3.6.90

OBLIGACIONES POR PAGAR VIGENCIAS ANTERIORES

1.346.705.408

 

TOTAL CONTRACRÉDITOS

4.452.859.139

 

de la vigencia 2017 del Fondo de Desarrollo Local de Engativa conforme al siguiente detalle:

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúense los siguientes créditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones

 

CÓDIGO

CONCEPTO

CRÉDITOS

3

GASTOS

4.452.859.139

3.3

INVERSION

4.452.859.139

3.3.1

DIRECTA

4.452.859.139

3.3.1.15

Bogotá Mejor para todos

4.452.859.139

3.3.1.15.02

Pilar Democracia urbana

3.048.882.010

3.3.1.15.02.17

Espacio público, derecho de todos

3.048.882.010

3.3.1.15.02.17.1488

Parques Incluyentes y Democráticos para la participación ciudadana

3.048.882.010

3.3.1.15.06

Eje transversal Sostenibilidad ambiental basada en la eficiencia energética

459.508.732

3.3.1.15.06.38

Recuperación y manejo de la Estructura Ecológica Principal

459.508.732

3.3.1.15.06.38.1500

Territorio sostenible con participación social

459.508.732

3.3.1.15.07

Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia

944.468.397

3.3.1.15.07.45

Gobernanza e influencia local, regional e internacional

944.468.397

3.3.1.15.07.45.1501

Buen gobierno para estimular la participación social

944.468.397

 

TOTAL CRÉDITOS

4.452.859.139

 

 

ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

 

Se expide en Bogotá, D.C., en la localidad 10 de Engativá a los diez (10) días del mes de octubre de dos mil diecisiete (2017).

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

ÁNGELA VIANNEY ORTIZ ROLDÁN

 

Alcaldesa Local de Engativá