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Decreto 1757 de 2017 Nivel Nacional

Fecha de Expedición:
27/10/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
27/10/2017
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 50399 del 27 de octubre de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 1757 DE 2017

 

(Octubre 27)

 

Por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2017 y se efectúa la correspondiente liquidación

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

En uso de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 33 y 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Congreso de la República de conformidad con el artículo 349 de la Constitución Política expidió la Ley 1815 de 2016, por la cual se decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2017, el cual se liquidó mediante el Decreto número 2170 de 2016;

 

Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación;

 

Que el Gobierno de la República de Colombia, a través de la Agencia Presidencial de Cooperación recibió de la Fundación Howard G. Buffett, la suma de 16.120.000 dólares equivalente a $47.523.210.800 pesos moneda corriente, recursos otorgados según conveniofirmado entre las partes, que cuenta con la Aceptación de la donación de Cooperación Internacional, mediante el cual se acepta por parte del donante la incorporación de recursos en el presupuesto de la Agencia Presidencial de Cooperación, con el objetivo de fortalecer el desminado humanitario en el país, a través de la adquisición de bienes y servicios para, en el marco del cumplimiento de Tratado de Ottawa, Ley 759 de 2002;

 

Que de conformidad con el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación, los recursos de asistencia y cooperación internacional de carácter no reembolsables, hacen parte del Presupuesto de Rentas del Presupuesto General de la Nación y se incorporan al mismo como donaciones de capital mediante decreto del Gobierno, previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor. Su ejecución se realizará de conformidad con lo estipulado en los convenios o acuerdos internacionales que los originen y estarán sometidos a la vigilancia de la Contraloría General de la República;

 

Que la Dirección Administrativa y Financiera de la Agencia Presidencial de Cooperación (APC), mediante Oficio número 20172000020381 del 5 de octubre de 2017 de 2017 solicita que se incorporen los recursos al proyecto de inversión “Administración de Recursos de Cooperación Internacional a Nivel Nacional por valor de $8.770.000.000;

 

Que el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto faculta al Gobierno para dictar el decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación. Que el citado artículo prevé que el decreto se acompañará con un anexo que tendrá el detalle del gasto;

 

Que la profesional especializada con funciones de Tesorera y el Coordinador Grupo Financiero de la Agencia de Cooperación Internacional de Colombia (APC), certificaron que el 1° de septiembre de 2017 fue recibida una donación de la Fundación Howard G. Buffet en Colombia el valor de 16.120.000 dólares, los cuales fueron monetizados y trasladados a una tasa de cambio de $2.948,09 por dólar, para un total de cuarenta y siete mil quinientos veintitrés millones doscientos diez mil ochocientos pesos ($47.523.210.800), en la cuenta corriente del Banco de la República número 61010286 denominada “DTN-ACUERDO HOWARD BUFFET/APOYO DESMINADO TERRESTRE APC COLOMBIA”;

 

Que durante la vigencia fiscal 2017 se ejecutarán $15.000.000.000, existiendo una apropiación disponible de $6.230.000.000, por lo que se solicita incorporar $8.770.000.000 en la vigencia actual.

 

DECRETA:

 

Artículo 1°. Adición al presupuesto de rentas y recursos de capital. Adiciónase el Presupuesto de Rentas del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2017, en la suma de ocho mil setecientos setenta millones de pesos, según el siguiente detalle:

 

RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN

 

II.

INGRESOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS

$8.770.000.000

 

209


AGENCIA PRESIDENCIAL DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL DE COLOMBIA (APC) – COLOMBIA


 

B.

RECURSOS DE CAPITAL

$8.770.000.000

 

Artículo 2°. Adición al presupuesto de gastos o ley de apropiaciones. Adiciónase el Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2017, en la suma de ocho mil setecientos setenta millones ($8.770.000.000) pesos moneda corriente, según el siguiente detalle:

 

ADICIONES - PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN

 

CONCEPTO

APORTE NACIONAL

RECURSOS PROPIOS

TOTAL

SECCIÓN 0209

AGENCIA PRESIDENCIAL DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL DE COLOMBIA (APC)

– COLOMBIA

C. PRESUPUESTO DE INVERSIÓN

8.770.000.000

8.770.000.000

TOTAL PRESUPUESTO SECCIÓN

8.770.000.000

8.770.000.000

 

Artículo 3°. Liquidación de la adición del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital. Adicionar el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2017, en la suma de ocho mil setecientos setenta millones ($8.770.000.000) pesos moneda corriente, según el siguiente detalle:

 

RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN

 

3000

I. INGRESOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS

8.770.000.000


3200

B. RECURSOS DE CAPITAL

8.770.000.000


3260

DONACIONES

8.770.000.000

 

Artículo 4°. Liquidación de la adición del presupuesto de gastos o ley de apropiaciones. Adicionar el Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2017, en la suma de ocho mil setecientos setenta millones ($8.770.000.000) pesos moneda corriente, según el siguiente detalle:

 

ADICIONES - PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN

 

CONCEPTO

APORTE NACIONAL

RECURSOS PROPIOS

TOTAL


SECCIÓN 0209


AGENCIA PRESIDENCIAL DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL DE COLOMBIA (APC)– COLOMBIA


C. PRESUPUESTO DE INVERSIÓN

8.770.000.000

8.770.000.000

 

Artículo 5°. El presente decreto se acompaña de un anexo que contiene el detalle del gasto.

 

Artículo 6°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de octubre del año 2017

 

Juan Manuel Santos Calderón

 

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

 

El Ministro de Hacienda y Crédito Público


Mauricio Cárdenas Santamaría

NOTA: Ver anexos