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RESOLUCIÓN
663 DE 2017 (Octubre 27) Por medio de la cual se modifica la Resolución
No. 113 del 7 de mayo de 2007 EL SUBDIRECTOR
ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE DESARROLLO ECONÓMICO, En ejercicio de sus facultades legales y en especial de las
conferidas en el Artículo 27 del Decreto 437 de 2016, Decreto 438 de 2016, el
artículo 34 numeral 32 de la Ley 734 de 2002, Resolución 501 de 2017 y CONSIDERANDO: Que
mediante la Resolución No. 113 del 7 de
mayo de 2007, se conformó y organizó el Grupo de Trabajo de Control
Disciplinario en la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, adscrito a la
Subsecretaria de Desarrollo Económico y Control Disciplinario, el cual se
denominó GRUPO DE TRABAJO DE CONTROL
DISCIPLINARIO. Que
con ocasión de la adopción de la nueva estructura y funciones y de la modificación
de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, a
través de los Decretos 437 y 438 del 6 de octubre de 2016, se hace necesario
modificar la Resolución No. 113 del 7 de mayo de 2007, en su artículo tercero,
en lo referente a la denominación, código y grado del nivel de funcionarios que
lo integran. En
mérito de lo expuesto este Despacho, RESUELVE: ARTÍCULO
PRIMERO.- Modificar el artículo
tercero de la Resolución No. 113 del 7
de mayo de 2007, mediante la cual se conforma y organiza un Grupo de
Trabajo de Control Disciplinario en la Secretaría Distrital de Desarrollo
Económico. ARTÍCULO
SEGUNDO.- INTEGRACIÓN DEL
GRUPO DE TRABAJO DE CONTROL DISCIPLINARIO: La integración del Grupo de Trabajo
de Control Disciplinario de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico,
denominado GRUPO DE CONTROL
DISCIPLINARIO quedará compuesta por los funcionarios que desempeñen los
siguientes empleos:
PARÁGRAFO: El Grupo de Trabajo podrá estar asistido además por
Contratistas quienes, por la especialidad de sus competencias, presten
servicios profesionales y de apoyo a la gestión, contribuyendo con el
cumplimiento de los propósitos de dicha unidad funcional. ARTÍCULO TERCERO.- VIGENCIA: Los
demás artículos de la Resolución No. 113 del 7 de mayo de 2007 se mantienen
incólumes y se incorporan a ésta modificación. ARTÍCULO CUARTO.- Este acto
administrativo rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de octubre del año 2017. JUAN ARMANDO MIRANDA
CORRALES SUBDIRECTOR ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO
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