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Resolución 519 de 2017 Empresa de Transporte del Tercer Milenio - Transmilenio S.A

Fecha de Expedición:
10/10/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/10/2017
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6177 del 17 de octubre de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 519 DE 2017

 

(Octubre 10)

 

Por la cual se adopta el protocolo para la atención del usuario por parte del Defensor de Transmilenio S.A.

 

EL JEFE DE LA OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN DE LA EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO “TRANSMILENIO S.A.”,

 

En ejercicio de sus facultades conferidas mediante la Resolución 143 del 2 de marzo de 2016, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que de conformidad con lo señalado en el artículo segundo del Acuerdo 4 de 1999, corresponde a TRANSMILENIO S.A., la gestión, organización y planeación del servicio de transporte público masivo urbano de pasajeros en el Distrito Capital y su área de influencia, bajo la modalidad de transporte terrestre automotor.

 

Que cumpliendo con lo ordenado en el parágrafo único del artículo 1º de la Ley 87 de 1993, se adoptó el Manual de Procedimientos de TRANSMILENIO S.A.

 

Que, siendo TRANSMILENIO S.A., el ente gestor del Sistema Integrado de Transporte Público, considera necesario actualizar los Manuales de Procedimientos de las diferentes dependencias de la Entidad, con el objeto de ajustarlos a los nuevos parámetros documentales, necesidades y desarrollo del Sistema.

 

Que mediante el Decreto 392 del 5 de octubre de 2015 se reglamenta la figura del Defensor de la Ciudadanía en las entidades y organismos del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones.

 

Que mediante la Resolución 632 del 27 de octubre de 2015 se unifican las normas que regulan la figura del Defensor del ciudadano usuario del SITP. Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Adoptar el siguiente protocolo a la versión registrada a continuación:

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, a los 10 días del mes de octubre de 2017.

 

CARLOS ARTURO FERRO ROJAS

 

Jefe de Oficina Asesora de Planeación