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RESOLUCIÓN
519 DE 2017 (Octubre 10) Por la cual
se adopta el protocolo para la atención del usuario por parte del Defensor de Transmilenio
S.A. EL JEFE DE LA
OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN DE LA EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO “TRANSMILENIO
S.A.”, En ejercicio
de sus facultades conferidas mediante la Resolución 143 del 2 de marzo de 2016,
y CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo señalado en el artículo segundo
del Acuerdo 4 de 1999, corresponde a TRANSMILENIO S.A., la gestión,
organización y planeación del servicio de transporte público masivo urbano de pasajeros
en el Distrito Capital y su área de influencia, bajo la modalidad de transporte
terrestre automotor. Que cumpliendo con lo ordenado en el parágrafo único del
artículo 1º de la Ley 87 de 1993, se adoptó el Manual de Procedimientos de
TRANSMILENIO S.A. Que, siendo TRANSMILENIO S.A., el ente gestor del Sistema
Integrado de Transporte Público, considera necesario actualizar los Manuales de
Procedimientos de las diferentes dependencias de la Entidad, con el objeto de ajustarlos
a los nuevos parámetros documentales, necesidades y desarrollo del Sistema. Que mediante el Decreto 392 del 5 de octubre de 2015 se reglamenta
la figura del Defensor de la Ciudadanía en las entidades y organismos del Distrito
Capital y se dictan otras disposiciones. Que mediante la Resolución 632 del 27 de octubre de 2015 se
unifican las normas que regulan la figura del Defensor del ciudadano usuario
del SITP. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1º: Adoptar el siguiente protocolo a la versión
registrada a continuación: PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en
Bogotá, a los 10 días del mes de octubre de 2017. CARLOS ARTURO
FERRO ROJAS Jefe de Oficina
Asesora de Planeación |