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RESOLUCIÓN 4609 DE 2017
(Noviembre 15)
Por la cual se corrige un error por cambio o alteración de palabras
EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL,
En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el artículos 2° del Decreto-ley número 4107 de 2011, 45 de la Ley 1437 de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución número 4373 de 2017, se establecen los términos y condiciones para el desarrollo de la operación de compra de cartera con cargo a los recursos administrados por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES), acto publicado en el Diario Oficial número 50.405 del jueves 2 de noviembre de 2017.
Que en la versión publicada al citar en el parágrafo del artículo 4° y en el numeral 3 del artículo 5°, se incurrió en un error al referir el artículo 3° cuando lo correcto es el artículo 2° de la citada resolución.
Que en este orden de ideas, se hace necesario llevar a cabo la corrección, con fundamento en el artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Que no se presentan dudas sobre los términos y condiciones para el desarrollo de la operación de compra de cartera, de tal suerte que es viable corregir el citado error, aspecto que no altera el sentido material de la decisión.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. Entiéndase que cuando el parágrafo del artículo 4° y el numeral 3 del artículo 5° de la Resolución número 4373 de 2017 se refieren al parágrafo 2° del artículo 3° de la presente resolución, en realidad hace referencia a parágrafo 2° del artículo 2° de la Resolución número 4373 de 2017.
Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de noviembre del año 2017
El Ministro de Salud y Protección Social,
Alejandro Gaviria Uribe
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