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Resolución 2 de 2003 Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección de Impuestos de Bogotá

Fecha de Expedición:
18/01/2003
Fecha de Entrada en Vigencia:
18/01/2003
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2795 de Enero 10 de 2003
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RID000022003

RESOLUCIÓN 002 DE 2003

(Enero 8)

«Por medio de la cual se adopta el recibo de pago del impuesto de industria, comercio, avisos y tableros régimen simplificado sistema preferencial»

LA DIRECTORA DISTRITAL DE IMPUESTOS

En uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 13 del Decreto Distrital 807 de 1993,

CONSIDERANDO

Que para efectos del pago ante las entidades financieras autorizadas del recibo de pago del impuesto de industria, comercio, avisos y tableros régimen simplificado sistema preferencial administrado por la Dirección Distrital de Impuestos, se debe adoptar el formulario único para pago, que permitan su fácil diligenciamiento por parte de los responsables de este gravamen.

Que el formulario que se adopta en la presente resolución, será de carácter obligatorio para los contribuyentes responsables del impuesto de industria, comercio, avisos y tableros régimen simplificado sistema preferencial.

Que los contribuyentes y responsables obligados a presentar el recibo de pago del impuesto de industria, comercio, avisos y tableros régimen simplificado sistema preferencial del año 2002 y anteriores lo harán en los formatos prescritos para el año 2003 como formularios únicos de pago.

RESUELVE

Artículo primero.- Adóptese el recibo de pago del impuesto de industria, comercio, avisos y tableros régimen simplificado sistema preferencial del año 2003, anexo a la presente resolución y que hace parte integral de la misma.

Artículo segundo.- La distribución del recibo de pago se hará a través de la comercialización que realice la Unión Temporal POR TI BOGOTÁ, conformada por las sociedades Legislación Económica S.A. Legis S.A., Prensa Moderna Impresores S.A., Servicourrier Ltda., Post Express Ltda. y Expertos en Prepago Ltda. Expres@ Ltda., contratada en los términos previstos en el correspondiente contrato.

Artículo tercero.- El precio de venta al público en ningún caso podrá ser superior a MIL QUINIENTOS PESOS ($1.500) M./CTE. incluido el impuesto sobre las ventas.

Artículo cuarto.- Los contribuyentes y responsables obligados a presentar el recibo de pago del impuesto de industria, comercio, avisos y tableros régimen simplificado sistema preferencial por los períodos gravables 2002 y anteriores lo harán en el formulario prescrito en el artículo primero como recibo de pago.

Artículo quinto: La presente Resolución rige a partir de su expedición.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., ocho (8) de enero de 2003

MARIA CAMILA URIBE SÁNCHEZ

Directora Distrital de Impuestos

Nota: Publicado en el Registro Distrital 2795 de Enero 10 de 2003.

Los anexos referidos en la presente resolución, pueden ser consultados en el Registro Distrital anotado o en las dependencias de quien expidió el acto.