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Resolución 067 de 2017 Veeduría Distrital

Fecha de Expedición:
04/04/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
04/04/2017
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 067 DE 2017

 

(Abril 04)

 

“Por medio de la cual se adoptan los acuerdos en la mesa de Negociación realizada entre la Veeduría Distrital y el Sindicato de Trabajadores de la Veeduría Distrital – SINTRAVEEDURÍA”

 

EL VEEDOR DISTRITAL,

 

En ejercicio de sus facultades legales, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Decreto 1072 del 26 de mayo de 2015, en su artículo 2.2.2.4.10 estableció los términos y etapas de la negociación con las organizaciones de empleados públicos.

 

Que en vigencia del Decreto 1072 del 26 de mayo del 2015, el sindicato de Trabajadores de la Veeduría Distrital – SINTRAVEEDURIA, presentó el Pliego de solicitudes dentro de los términos establecidos en dicha norma.

 

Que la negociación del pliego de solicitudes se desarrolló de acuerdo con los lineamientos establecidos en dicha norma.

 

Que en dicho proceso, las partes levantaron un acta de fecha 07 de abril de 2007, en la cual se consolidadron los acuerdos de la negociación en curso, y se sometieron los desacuerdos a la mediación.

 

Que con base en el acta de fecha 07 de abril de 2017, la Veeduría Distrital expedirá los actos administrativos a que haya lugar.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Adopción. Adoptar los acuerdos contenidos en el acta de fecha 07 de Abril de 2017, suscrita por los negociadores de la Veeduría Distrital y el Sindicato de Trabajadores de la Veeduría Distrital – SINTRAVEEDURÍA.

 

ARTÍCULO SEGUNDO. Marco de Aplicación. Los acuerdos adoptados por la presente resolución serán aplicados a todos los servidores de la entidad, dentro del marco normativo que regula el empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública.

 

ARTÍCULO TERCERO: Socialización. La Veeduría Distrital socializacrá los acuerdos producto de la negociación, en la entidad, a través de una estrategia de comunicaciones.

 

ARTÍCULO CUARTO. Reglamentación. La Veeduría Distrital expedirá los actos administrativos a que haya lugar, que permitan ejecutar los acuerdos contenidos en el acta de negociación del pliego de solicitudes de fecha 07 de abril de 2017.

 

ARTÍCULO QUINTO. Vigencia.  La vigencia de los acueros entre la Veeduría Distrital y el Sindicato de Trabajadores de la Veeduría Distrital – SINTRAVEEDURÍA, será de dos años a partir del 7 de abril de 2017.

 

ARTÍCULO SÉPTIMO (sic): La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 7 días del mes de abril de 2017.

 

JAIME TORRES MELO

 

Veedor Distrital