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RESOLUCIÓN
067 DE 2017 (Abril
04) “Por medio de la cual se adoptan los acuerdos
en la mesa de Negociación realizada entre la Veeduría Distrital y el Sindicato
de Trabajadores de la Veeduría Distrital – SINTRAVEEDURÍA” EL VEEDOR
DISTRITAL, En ejercicio
de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que
el Decreto 1072 del 26 de mayo de 2015, en su artículo 2.2.2.4.10 estableció
los términos y etapas de la negociación con las organizaciones de empleados
públicos. Que
en vigencia del Decreto 1072 del 26 de mayo del 2015, el sindicato de
Trabajadores de la Veeduría Distrital – SINTRAVEEDURIA, presentó el Pliego de
solicitudes dentro de los términos establecidos en dicha norma. Que
la negociación del pliego de solicitudes se desarrolló de acuerdo con los
lineamientos establecidos en dicha norma. Que
en dicho proceso, las partes levantaron un acta de fecha 07 de abril de 2007,
en la cual se consolidadron los acuerdos de la negociación en curso, y se
sometieron los desacuerdos a la mediación. Que
con base en el acta de fecha 07 de abril de 2017, la Veeduría Distrital
expedirá los actos administrativos a que haya lugar. Que
en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO:
Adopción. Adoptar
los acuerdos contenidos en el acta de fecha 07 de Abril de 2017, suscrita por
los negociadores de la Veeduría Distrital y el Sindicato de Trabajadores de la
Veeduría Distrital – SINTRAVEEDURÍA. ARTÍCULO SEGUNDO. Marco
de Aplicación. Los
acuerdos adoptados por la presente resolución serán aplicados a todos los
servidores de la entidad, dentro del marco normativo que regula el empleo
público, la carrera administrativa y la gerencia pública. ARTÍCULO TERCERO:
Socialización. La
Veeduría Distrital socializacrá los acuerdos producto de la negociación, en la
entidad, a través de una estrategia de comunicaciones. ARTÍCULO CUARTO. Reglamentación.
La
Veeduría Distrital expedirá los actos administrativos a que haya lugar, que
permitan ejecutar los acuerdos contenidos en el acta de negociación del pliego
de solicitudes de fecha 07 de abril de 2017. ARTÍCULO QUINTO.
Vigencia. La vigencia de los acueros entre la Veeduría
Distrital y el Sindicato de Trabajadores de la Veeduría Distrital –
SINTRAVEEDURÍA, será de dos años a partir del 7 de abril de 2017. ARTÍCULO SÉPTIMO (sic): La presente
resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE
Y CÚMPLASE Dada en
Bogotá, D.C., a los 7 días del mes de abril de 2017. JAIME
TORRES MELO Veedor
Distrital |