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DECRETO 619 DE 2017 (Noviembre 10) Por medio del
cual se prorroga la vigencia de los empleos de carácter temporal en la planta
de personal de la Secretaría Distrital de Movilidad EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA, D.C. En ejercicio de sus facultades constitucionales y
legales, en especial las conferidas en el numeral 7° del artículo 315 de la
Constitución Política, el numeral 9° del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de
1993 y el artículo 21 de la Ley 909 de 2004, y CONSIDERANDO: Que Ley 909 de 2004 “Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la
carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones”,
reglamenta el empleo público en las entidades y organismos que conforman la
Administración Distrital. Que el artículo 21 de la Ley 909 de 2004, adicionado
por el artículo 6 del Decreto Nacional 894 de 2017, establece que los
organismos y entidades de la administración pública a los cuales es aplicable
esta ley, podrán contemplar de manera excepcional en sus plantas de personal,
empleos de carácter temporal o transitorio, con el fin, entre otros, de suplir
necesidades de personal por sobrecarga de trabajo y para el desarrollo de
programas o proyectos de duración determinada. Que mediante Decreto Distrital 353 de 2016 fueron
creados treinta (30) empleos de carácter temporal en la planta de empleos de la
Secretaría Distrital de Movilidad, hasta el 31 de marzo de 2017. Que con la finalidad de garantizar la continuidad en
la prestación de los servicios de la Entidad, así como el logro de los
objetivos y metas contempladas en los planes institucionales y en el Acuerdo
Distrital 645 de 2016 “Por el cual se
adopta el Plan de Desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas
para Bogotá D.C. 2016 - 2020 “Bogotá Mejor Para Todos”, mediante Decreto
Distrital No. 138 de 2017, fueron prorrogados los mencionados empleos de
carácter temporal hasta el 31 de marzo de dos mil dieciocho (2018). Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil
Distrital, mediante oficio No. 2017EE2084 del 8 de noviembre de 2017, emitió
concepto técnico favorable para la prórroga de la vigencia de treinta (30)
empleos de carácter temporal de la Secretaría Distrital de Movilidad, del 1 de
abril de 2018 y hasta el 31 de marzo de 2019, de conformidad con las facultades
otorgadas por los artículos 6 y 7 del Acuerdo Distrital 199 de 2005 y 12 del
Decreto Distrital 627 de 2016. Que respecto a la viabilidad presupuestal la Dirección
Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, mediante
oficio No. 2017EE281461 del 09 de noviembre de 2017, informó que los recursos
que respaldan la prórroga de la mencionada planta temporal se encuentran
incorporados dentro del Marco Fiscal de Mediano Plazo y en el Proyecto de
Presupuesto Anual del Distrito Capital para la vigencia 2018 radicada ante el
Concejo de Bogotá con el Proyecto de Acuerdo 636 de 2017. Que, en mérito de lo expuesto, DECRETA: ARTÍCULO 1°. Prorrogar desde el 1 de abril de 2018 y hasta el 31
de marzo de 2019, la vigencia de los siguientes empleos de carácter temporal de
la Secretaría Distrital de Movilidad:
ARTÍCULO 2°. Los empleos temporales a los cuales se refiere el
artículo anterior, deberán encaminarse al cumplimiento de las funciones que
dieron lugar a su creación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de
2004, en el artículo 2.2.1.1.1 del
Decreto Nacional 1083 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único
Reglamentario del Sector de Función Pública”, y en las demás disposiciones que
los modifiquen, adicionen o sustituyan. ARTÍCULO 3°. La provisión de los empleos de carácter temporal se
efectuará de conformidad con lo ordenado en los artículos 2.2.1.1.4 del Decreto
Nacional 1083 de 2015 y 2.2.5.3.5 ídem, que fue adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017. ARTÍCULO 4°. El presente Decreto Distrital rige a partir del día
siguiente a la fecha de su publicación y tiene efectos fiscales a partir del 1
de abril de 2018. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D.C., a los diez (10) días del mes de
noviembre de dos mil diecisiete (2017). ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO Alcalde Mayor JUAN PABLO BOCAREJO SUESCÚN Secretario Distrital de Movilidad NIDIA ROCÍO VARGAS Directora del Departamento Administrativo del Servicio
Civil Distrital |
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