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RESOLUCIÓN 5834 DE 2017 (Noviembre 9) Por
medio de la cual se modifica la Resolución número 105086 del 27 de noviembre de
2014, “Por la cual se adopta la versión 1 del Manual Administración de Bienes
Muebles e Inmuebles del IDU y la versión 3 del Manual Para La Atención al
Ciudadano(a)" LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE
DESARROLLO URBANO – IDU En uso de sus facultades legales, en
especial las contempladas en el Acuerdo 001 de 2009, el artículo 3 del Acuerdo
002 de 2009, modificado por el artículo 2 del Acuerdo 002 de 2017 y, CONSIDERANDO: Que el artículo 209 de la
Constitución Política de Colombia, señala: “la función administrativa está al
servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamentos en los
principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad
y publicidad, mediante la descentralización, la desconcentración y la
delegación de funciones. Las autoridades
administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento
de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes,
tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley”. Que de conformidad con lo
señalado en el literal b) de la Ley 87 de 1993, el Instituto de Desarrollo
Urbano IDU, bajo la responsabilidad de sus directivos, debe implementar
aspectos que permitan la aplicación del control interno, dentro de los cuales
se encuentra la definición de políticas como guías de acción y procedimientos
para la ejecución de los procesos. Que de acuerdo con el
artículo 2° del Decreto Nacional 1537 de 2001, reglamentario de la Ley 87 de
1993, se establece que para efectos de dar cumplimiento al control interno en
las organizaciones públicas, éstas elaborarán, adoptarán y aplicarán manuales a
través de los cuales se documentarán y formalizaran los procedimientos a partir
de la identificación de los procesos institucionales. Que los manuales,
procedimientos, guías, especificaciones, instructivos, cartillas, códigos y
formatos agilizan las actuaciones administrativas, dan transparencia y claridad
a los procesos, actúan como instrumentos de capacitación, entrenamiento y
gestión garantizando el cumplimiento de los principios constitucionales y
legales de la función administrativa, por lo cual es fundamental mantenerlos
actualizados. Que mediante el Decreto 197
de 2014 se adoptó la Política Pública Distrital de Servicio a los ciudadanos, en la ciudad de Bogotá D.C., cuyo
objetivo es garantizar el derecho de la ciudadanía a una vida digna, aportar en
la superación de las necesidades sociales, como factores esenciales de la
pobreza e igualmente desarrollar atributos del servicio, digno, efectivo, de calidad, oportuno, cálido
y confiable, de parte de la entidades públicas Distritales, bajo los principios
de transparencia, prevención y lucha contra la corrupción, que permita
satisfacer sus necesidades con oportunidad y eficiencia, así como mejorar la
calidad de vida. Que se hace necesario
actualizar el Manual “MGSC-017 Para la Atención al Ciudadano(a) versión 3.0
adoptado mediante Resolución No. 105086 del 27 de noviembre de 2014, con el
propósito de incluir avances en el desarrollo de las tecnologías de la
información y la comunicación; definir las competencias para la atención al
ciudadano y establecer los niveles de servicio, en el marco de la política
pública distrital de servicio al ciudadano, prevista en el Decreto Distrital
197 de 2014. Que una vez vigente la
actualización contenida en la Versión 4.0, del Manual de Atención al Ciudadano
MG-SC-017 se realizará la implementación de avances en el desarrollo de las
tecnologías de la información y de la comunicación. En mérito de lo expuesto, el
Director General del Instituto de Desarrollo Urbano – IDU, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar la actualización contenida en la Versión 4.0, del Manual de
Atención al Ciudadano(a) MG-SC-017 “MG-SC-017, en el marco de la política
pública distrital contenida en el Decreto Distrital 197 de 2014. ARTÍCULO SEGUNDO. La presente Resolución deroga el artículo 2° de la Resolución No
105086 de 2014, a través del cual se adoptó la versión 3.0 del Manual MGSC-017
para la Atención al Ciudadano(a) versión 3.0 ARTÍCULO TERCERO. El presente Acto Administrativo rige a partir del día siguiente de la
fecha de su publicación en el Registro Distrital. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C., a los 9 días del
mes de noviembre de 2017. YANETH ROCÍO MANTILLA BARÓN Directora General |