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Resolución 5834 de 2017 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU

Fecha de Expedición:
09/11/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/11/2017
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6204 del 27 de noviembre de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 5834 DE 2017

 

(Noviembre 9)

 

Por medio de la cual se modifica la Resolución número 105086 del 27 de noviembre de 2014, “Por la cual se adopta la versión 1 del Manual Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del IDU y la versión 3 del Manual Para La Atención al Ciudadano(a)"

 

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO – IDU

 

En uso de sus facultades legales, en especial las contempladas en el Acuerdo 001 de 2009, el artículo 3 del Acuerdo 002 de 2009, modificado por el artículo 2 del Acuerdo 002 de 2017 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, señala: “la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamentos en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la desconcentración y la delegación de funciones.

 

Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley”.

 

Que de conformidad con lo señalado en el literal b) de la Ley 87 de 1993, el Instituto de Desarrollo Urbano IDU, bajo la responsabilidad de sus directivos, debe implementar aspectos que permitan la aplicación del control interno, dentro de los cuales se encuentra la definición de políticas como guías de acción y procedimientos para la ejecución de los procesos.

 

Que de acuerdo con el artículo 2° del Decreto Nacional 1537 de 2001, reglamentario de la Ley 87 de 1993, se establece que para efectos de dar cumplimiento al control interno en las organizaciones públicas, éstas elaborarán, adoptarán y aplicarán manuales a través de los cuales se documentarán y formalizaran los procedimientos a partir de la identificación de los procesos institucionales.

 

Que los manuales, procedimientos, guías, especificaciones, instructivos, cartillas, códigos y formatos agilizan las actuaciones administrativas, dan transparencia y claridad a los procesos, actúan como instrumentos de capacitación, entrenamiento y gestión garantizando el cumplimiento de los principios constitucionales y legales de la función administrativa, por lo cual es fundamental mantenerlos actualizados.

 

Que mediante el Decreto 197 de 2014 se adoptó la Política Pública Distrital de Servicio a los  ciudadanos, en la ciudad de Bogotá D.C., cuyo objetivo es garantizar el derecho de la ciudadanía a una vida digna, aportar en la superación de las necesidades sociales, como factores esenciales de la pobreza e igualmente desarrollar atributos del servicio,  digno, efectivo, de calidad, oportuno, cálido y confiable, de parte de la entidades públicas Distritales, bajo los principios de transparencia, prevención y lucha contra la corrupción, que permita satisfacer sus necesidades con oportunidad y eficiencia, así como mejorar la calidad de vida.

 

Que se hace necesario actualizar el Manual “MGSC-017 Para la Atención al Ciudadano(a) versión 3.0 adoptado mediante Resolución No. 105086 del 27 de noviembre de 2014, con el propósito de incluir avances en el desarrollo de las tecnologías de la información y la comunicación; definir las competencias para la atención al ciudadano y establecer los niveles de servicio, en el marco de la política pública distrital de servicio al ciudadano, prevista en el Decreto Distrital 197 de 2014.

 

Que una vez vigente la actualización contenida en la Versión 4.0, del Manual de Atención al Ciudadano MG-SC-017 se realizará la implementación de avances en el desarrollo de las tecnologías de la información y de la comunicación.

 

En mérito de lo expuesto, el Director General del Instituto de Desarrollo Urbano – IDU,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar la actualización contenida en la Versión 4.0, del Manual de Atención al Ciudadano(a) MG-SC-017 “MG-SC-017, en el marco de la política pública distrital contenida en el Decreto Distrital 197 de 2014.

 

ARTÍCULO SEGUNDO. La presente Resolución deroga el artículo 2° de la Resolución No 105086 de 2014, a través del cual se adoptó la versión 3.0 del Manual MGSC-017 para la Atención al Ciudadano(a) versión 3.0

 

ARTÍCULO TERCERO. El presente Acto Administrativo rige a partir del día siguiente de la fecha de su publicación en el Registro Distrital.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 9 días del mes de noviembre de 2017.

 

YANETH ROCÍO MANTILLA BARÓN

 

Directora General