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RESOLUCIÓN
070 DE 2017 (Noviembre
27) Por la cual se otorgan estímulos a las instituciones
educativas distritales destacadas con los mejores proyectos académicos,
culturales y deportivos en la semana “El
Colegio, la Comunidad y la Ciudad” en 2017. LA SUBSECRETARÍA DE CALIDAD Y PERTINENCIA DE LA
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO CAPITAL, En uso de las facultades conferidas por las
Leyes 115 de 1994 y 715 de 2001, y en especial por las otorgadas por los
Acuerdos 273 de 2007 y 645 de 2016 del Concejo de Bogotá, así como por el
Decreto 330 de 2008, proferido por la Alcaldía Mayor de Bogotá, y CONSIDERANDO: Que
el Acuerdo 273 del 16 de febrero de 2007, en su artículo 8°, dispone que con el
fin de mejorar la calidad de la educación y articular sus propósitos a los
intereses de la sociedad, los colegios distritales oficiales de Bogotá,
bienalmente adelantarán la semana denominada “El Colegio, la Comunidad y la
Ciudad”. En esta se desarrollarán actividades académicas, culturales y
deportivas que permitan la visibilización de los trabajos, proyectos y
realizaciones de los estudiantes y los docentes de la institución. Que
la Subsecretaría de Integración Interinstitucional de la Secretaría de
Educación del Distrito estableció las orientaciones para la organización
académica, la presentación de los proyectos, programas, iniciativas o
estrategias, los instrumentos para la valoración de los mismos, su metodología
y los agentes que intervendrán en el proceso de selección de los proyectos que
serían acreedores de los estímulos económicos de los que trata el Acuerdo 273
de 2007. Que
la guía de orientación para la elaboración de los proyectos elaborada por la
Subsecretaría de Integración Interinstitucional de la Secretaría de Educación
del Distrito para la entrega en 2017 de los estímulos en la semana “el Colegio,
la Comunidad y la Ciudad” estableció que la evaluación de los proyectos se
llevaría a cabo en dos instancias, en su orden: (i) el Comité Evaluador Local,
quien evaluaría los proyectos y seleccionaría aquellos que consideraran podrían
ser elegidos como ganadores del estímulo; (ii) el Comité Evaluador Nivel
Central, quien se encargaría de escoger entre la lista de elegibles entregada
por cada Comité Evaluador Local, los proyectos ganadores del estímulo. A los
proyectos seleccionados se les otorgaría el estímulo económico de que trata el
artículo 8° del Acuerdo 273 de 2007. Que
los colegios distritales oficiales de Bogotá a los cuales se les transfieren
recursos a través de la presente Resolución son aquellos que inscribieron su
proyectos, programas, iniciativas o estrategias, se les realizó la valoración
correspondiente y fueron preseleccionados en primera instancia por el
correspondiente Comité Evaluador Local, cuyos resultados constan en los
formatos de evaluación elaborados por estos equipos y que fueron entregados a
la Dirección de Participación y Relaciones Interinstitucionales de la SED.
Posteriormente, a los proyectos preseleccionados por los Comités Evaluadores
Locales se les realizó la valoración correspondiente y fueron seleccionados por
el Comité Evaluador Nivel Central, cuyos resultados constan en los formatos de
evaluación elaborados por dicha instancia. Que
los gastos generados en la presente Resolución están amparados en el
certificado de disponibilidad presupuestal N° 3003 del 20 de noviembre de 2017,
por un valor de SETECIENTOS TREINTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS DIECISIETE MIL
PESOS M/CTE. ($737.717.000.00) del proyecto de inversión número 1072 “Evaluar
para Transformar y Mejorar” de la presente vigencia. Que
18 (dieciocho) localidades cumplieron con la totalidad de los requisitos
establecidos en la guía de orientación para la entrega de estímulos y
transferencia de recursos a través de los Fondos de Servicios Educativos de
acuerdo con los soportes recibidos en la Dirección de Participación y
Relaciones Interinstitucionales de la Secretaría de Educación del Distrito, tal
como consta en el acta de reunión del Comité Evaluador del Nivel Central y como
se relaciona en el siguiente cuadro:
Que
en las localidades 2 (Chapinero) y 14 (Los Mártires) no se presentaron
postulaciones a estos estímulos, motivo por el cual quedaron pendientes por
asignación 2 (dos) estímulos. Que,
en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1º.
Transferencia.
Transferir el valor de SETECIENTOS TREINTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS
DIECISIETE MIL PESOS M/CTE. ($737.717.000.00) a los colegios oficiales
relacionados en el artículo cuarto de la presente Resolución, a través de los
Fondos de Servicios Educativos de conformidad con lo señalado en dicho
artículo. PARÁGRAFO 1. La transferencia de
los recursos definidos en este artículo para los Fondos de Servicios Educativos
relacionados incluye aquellos que reportaron oportunamente la certificación
bancaria expedida por la entidad financiera respectiva, entidad que debe
figurar en el ranking manejado por la Tesorería Distrital. Artículo 2º. Giros. Se ordena a la
Dirección Financiera de la Secretaría de Educación del Distrito efectuar el
trámite correspondiente para los giros a que se refiere la presente resolución. Artículo 3º.
Destinación.
Los recursos transferidos a los colegios a través de los Fondos de Servicios
Educativos serán destinados al desarrollo y fortalecimiento de los proyectos,
programas, iniciativas o estrategias y deberán integrar el presupuesto de
ingresos a través del rubro “Otras transferencias SED” y el presupuesto de
gastos en el rubro “Proyectos de Inversión” con la aprobación del Consejo
Directivo, modificando, igualmente, el plan de compras correspondiente. Artículo 4º. Estímulos. Otorgar los estímulos
de la semana denominada “El Colegio, la Comunidad y la Ciudad”, a los colegios
que se relacionan a continuación y, en consecuencia, entregar a cada uno la
suma de VEINTINUEVE MILLONES QUINIENTOS OCHO MIL SEICIENTOS OCHENTA PESOS M/CTE
($29.508.680,00), correspondientes a 40 Salarios Mínimos Legales Mensuales
Vigentes, de acuerdo a lo establecido en la guía para la elaboración de los
proyectos.
PARAGRÁFO 1. Teniendo en cuenta que
en las localidades 2 (Chapinero) y 14 (Los Mártires) no se presentaron
postulaciones a estos estímulos, y con el objetivo de optimizar el gasto y dar
cumplimiento al Acuerdo 273 de 2007, y dado que la evaluación realizada por el
Comité Evaluador del Nivel Central permitió identificar algunas experiencias
consolidadas, con un alto nivel de apropiación por parte de la comunidad
educativa, con impactos positivos en el mejoramiento de la convivencia y que
demuestran el esfuerzo que realizan de manera colectiva, constante, sistemática
y rigurosa, directivos, docentes y estudiantes en favor del desarrollo,
fortalecimiento y visibilización de sus acciones y prácticas continuas que
generan integración con las comunidades y sus entornos, acuerda otorgar los dos
estímulos restantes, también por la suma de VEINTINUEVE MILLONES QUINIENTOS
OCHO MIL SEICIENTOS OCHENTA PESOS M/CTE ($29.508.680,00) cada uno, a las
siguientes experiencias:
Artículo 5º. Plan de inversiones. Los colegios que reciben el estímulo de que
trata la presente Resolución deberán presentar, en un término no superior a 60
días calendario, a la Dirección Local de Educación correspondiente, el plan de
inversión de los recursos recibidos. Artículo 6º. Seguimiento y Control. La Dirección Local de Educación respectiva o
quien haga sus veces en la Secretaría de Educación del Distrito ejercerá el
seguimiento sobre la inversión de los recursos entregados, de acuerdo con lo
informado en el Memorando Interno con radicado I-2015-42535, emitido el 12 de
agosto de 2015 por el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica, respecto al
“Concepto sobre la responsabilidad de seguimiento a la ejecución de recursos de
los estímulos a la promoción de la calidad de la educación, creados por el
Acuerdo Distrital 273 de 2007”. Artículo 7º. Trámite. Remítase
copia de la presente Resolución a la Dirección Financiera y a las Direcciones
Locales de Educación de la Secretaría de Educación del Distrito para los
trámites de su competencia y publíquese en la página web de la Secretaría de
Educación del Distrito. Artículo 8º. Vigencia. La presente Resolución
rige a partir del momento de su publicación. COMUNÍQUESE
Y CÚMPLASE Dada en
Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de noviembre de 2017. IVÁN
DARÍO GÓMEZ CASTAÑO Subsecretario
de Calidad y Pertinencia |
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