RESOLUCIÓN 586 DE 2017
(Diciembre 11)
Por la cual se modifica
el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos
de Planta de Personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá,
D.C.
EL SECRETARIO GENERAL
DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ,
DISTRITO
CAPITAL
En ejercicio de sus
facultades legales, en especial las previstas en los artículos 13 y 28 del
Decreto 785 de 2005, el artículo 9 del Decreto 2484 de 2014 y del artículo 1° del
Decreto Distrital 101 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que
el artículo 122 de la Constitución Política establece: ''No habrá empleo
público que no tenga funciones
detalladas
en ley o reglamento, y para proveer los de carácter remunerado se requiere que
estén contemplados en la respectiva planta y previstos sus emolumentos en el
presupuesto Correspondiente".
Que
por Resolución No. 455 de 2016 se modificó el Manual Específico de Funciones y
de Competencias Laborales para los Empleos de la Planta de Personal de la
Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
Que
mediante oficio No. 2017EE2079 del 03 de noviembre de 2017, la Directora del
Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, expidió concepto
técnico favorable a la propuesta de adición del Manual Específico de Funciones
y de Competencias Laborales para los Empleos de la Planta de Personal de la
Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
Que
de conformidad con lo anterior, Se hace necesario modificar el Manual
Específico de Funciones y Competencias Laborales para algunos Empleos de la
Planta de Personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá.
D.C.
En
mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo
1°-:
Modificar el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para
algunos Empleos de
la Planta
de Personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., los
cuales quedarán así:
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Nivel:
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Técnico
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Denominación
del Empleo:
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Técnico
Operativo
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Código:
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314
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Grado:
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09
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No.
De cargos:
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41
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Dependencia:
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Donde
se ubique el cargo
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Cargo
del Jefe Inmediato
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Quien
ejerza la supervisión directa
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III. PRÓPOSITO
PRINCIPAL
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Apoyar en labores técnicas en relación con las actividades misionales de la dependencia, con oportunidad y eficiencia.
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1. Incorporar las
respuestas a las peticiones que deba atender la dependencia en el Sistema de
información, forma oportuna.
2.
Apoyar la elaboración de informes que le sean requeridos y suministrar
debidamente clasificada la información que se requiera, en el marco de sus
funciones.
3.
Realizar el estudio de necesidades de bienes de la dependencia y efectuar las
actividades relacionadas con solicitudes de los elementos requeridos por la
dependencia al almacén, verificando la adecuada entrega de los mismos._archivos/image004.jpg)
4.
Participar en la actualización de las bases de datos de la dependencia y de
los sistemas_archivos/image005.jpg)
documentales
de la entidad, incluyendo la información con confiabilidad y oportunidad.
5.
Incorporar a las bases de datos de la dependencia y a los sistemas
documentales de la entidad, la documentación e Información dirigida o
asignada a la misma.
6.
Desempeñar
las demás funciones
que le asigne el supervisor Inmediato, de acuerdo con la naturaleza del
empleo.
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V. CONOCIMIENTOS
BASICOS O ESENCIALES
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1.
Herramientas Ofimáticas
2.
Técnicas de redacción
3.
Técnicas secretariales
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VI. COMPETENCIAS
COMPORTAMENTALES
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COMUNES
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POR NIVEL JERÁRQUICO
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· Orientación
a resultados.
· Orientación
al usuario y al ciudadano.
· Transparencia.
· Compromiso
con la organización.
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·
Experticia
técnica.
·
Trabajo
en equipo.
·
Creatividad
e innovación.
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VII. REQUISITOS DE
ESTUDIO Y EXPERIENCIA
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ESTUDIOS
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EXPERIENCIA
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Título
de Formación Técnica Profesional ó
Tecnológica
ó Terminación y Aprobación del Pensum Académico de Educación Superior en
Formación Profesional Administración de empresas, Administración Financiera,
Procesos Administrativos del Núcleo Básico del Conocimiento de
Administración.
Título
de Formación Técnica Profesional ó Tecnológica ó Terminación y Aprobación del
Pensum Académico de Educación Superior en Formación Profesional Contaduría
Pública del Núcleo Básico del Conocimiento en Contaduría Pública.
Título
de Formación Técnica Profesional ó Tecnológica el Pensum Académico de
Educación Superior en Formación Profesional en Ingeniería Industrial del
Núcleo
Básico del Conocimiento Ingeniería Industrial
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Parágrafo: Para los requisitos de
estudio y experiencia previstos en este manual, se aplicarán las equivalencias
previstas en el Decreto Ley 785 de 2005 y el Decreto Distrital 367 de 2014, y
las demás normas que los modifiquen, complementen o adicionen.
Artículo
2°-:
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su refrendación por parte
de la Directora del
Departamento
Administrativo del Servicio Civil Distrital.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a
los 11 días del mes de diciembre del año 2017.
RAÚL JOSÉ BUITRAGO
ARIAS
Refrendado,
Secretario General
NIDIA ROCÍO VARGAS
Directora del
Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital