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CIRCULAR 008 DE 2017 (Abril 05) EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO
TRANSMILENIO S.A. Para: CONCESIONARIOS
Y PROPIETARIOS DEL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE PÚBLICO De: GERENCIA GENERAL Asunto: TABLA DE VALORES DE RENTA VIGENCIA 2017 PARA
VEHÍCULOS CON VINCULACIÓN VIGENTE A CONCESIONARIOS ADJUDICATARIOS DEL SISTEMA
INTEGRADO DE TRANSPORTE PÚBLICO La Gerencia General de
TRANSMILENIO S.A. procede a emitir circular informativa con la tabla de valores
en la modalidad de renta para el año 2017, aplicable a los vehículos con
vinculación vigente a concesionarios adjudicatarios del Sistema Integrado de
Transporte Público, éstos últimos quienes tienen a cargo las obligaciones de
garantizar la participación y sostenibilidad de los propietarios en el sistema. 1. Tabla de valores de rentas aplicable en el año
2017.- Conforme lo previsto en el
Pliego de Condiciones de la Licitación Pública TMSA-LP-004 de 2009, en la
alternativa (i) renta, los concesionarios deben garantizar a los propietarios
vinculados al sistema el pago de la renta fija mensual ofertada, ajustada de
conformidad con el incremento anual que fije el Gobierno Nacional para el
Índice de Precios al Consumidor – IPC. Es de precisar que la
aplicación de la tabla de valores para renta en el año 2017 debe tener en
cuenta las previsiones dadas en el Pliego de Condiciones, los contratos de
concesión y las circulares expedidas por el Ente Gestor, específicamente que la
renta fija mensual ofertada debe pagarse una vez el propietario haya hecho
entrega material del vehículo y hasta el final de la concesión, además que
dicha renta deba pagarse libre de impuestos, tasas y contribuciones. De esta manera, con el fin
de mantener un control sobre el pago de las rentas mensuales a cargo de los
concesionarios y que los propietarios conozcan el valor neto que deben percibir
según la tipología y modelo del vehículo, a continuación, se relacionan los
valores que se van aplicar para el pago de las rentas en la vigencia 2017 (IPC
2016), así:
Fuente: Subgerencia
Económica TMSA II. Alcance de la tabla de valores de renta aplicable
para el año 2017.- La tabla de valores de renta
para el año 2017 se encuentra dirigida a (i) los propietarios de vehículos con
vinculación vigente a los concesionarios adjudicatarios y a (ii) los
propietarios de vehículos que se vincularon a propuestas que no resultaron
adjudicadas. En relación con los
propietarios vinculados al sistema con posterioridad al cierre de la licitación
pública, el numeral 17.4.2 de la cláusula 17 de los contratos de concesión de
operación señala que los concesionarios deben “Garantizar el cumplimiento del
compromiso de adquisición de Flota Usada y garantía de mantenimiento de oferta
a Propietarios no incluidos en la oferta.”, para lo cual el citado numeral
prevé que a los propietarios que no participaron en las ofertas, se les debe
garantizar la participación en el sistema bien mediante la modalidad de venta o
de renta, en este último caso, la renta fija mensual podrá ser inferior hasta
en un 10% respecto de la renta ofrecida a quienes sí participaron en la
propuesta, sin perjuicio del negocio privado que suscriban propietarios y
concesionarios. Del mismo modo, sea reitera
que los propietarios de vehículos con vinculación vigente o que se vinculen con
los concesionarios del sistema, serán acreedores de los pagos de las rentas
fijas mensuales causadas durante la vigencia de los contratos de concesión, es
decir, durante el plazo inicialmente fijado y excepcionalmente durante las
adiciones o prórrogas que se llegaren a suscribir en el tiempo, si hay lugar a
ellas. El máximo de rentas que deba
pagarse dependerá del plazo que se haya fijado y del tiempo que reste por
culminar al contrato de concesión, sin perjuicio de las modificaciones
contractuales que surjan; la vigencia de los contratos de concesión debe
facilitar la vinculación definitiva de los pequeños propietarios al sistema y
el pago de las rentas fijas mensuales hasta el máximo posible que pueda
hacerse, todo esto, tal como se ha señalado en la Circular 17 de 2013 y
precisado en las Circulares 06 de 2014, 07 de 2015 y 05 de 2016. De esta manera, la Gerencia
General solicita a los concesionarios de operación sean acatados los parámetros
aquí esboza dos, a fin de garantizar la protección de los derechos en cabeza de
los propietarios y el cumplimiento de las obligaciones contractuales en
relación con la participación de éstos en el sistema, bien con el pago de las
rentas a los propietarios vinculados a sus concesiones, como la vinculación de
flota requerida para la prestación del servicio público de transporte o para
desintegración física de la misma. Los valores previstos en la
presente circular corresponden a la actualización del incremento anual fijado
para el Índice de Precios al Consumidor – IPC, lo cual se entiende debe ser
aplicado por los concesionarios de operación a partir del presente año. Cordial saludo, ALEXANDRA ROJAS LOPERA Gerente General |
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