| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
RESOLUCIÓN 001 DE 2017 (Abril 07) Por
la cual se incorporan, modifican y eliminan del Manual de Procesos y
Procedimientos de la SED, documentos de diferentes áreas y se dictan otras
disposiciones. EL JEFE DE LA OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN
DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO En uso de sus facultades legales, en
especial la conferida en la Resolución 1340 del 23 de julio de 2015 y, CONSIDERANDO: Que la Ley 872 de 2003 creó
el Sistema de Gestión de la Calidad en la Rama Ejecutiva del poder público. Que el Decreto Nacional 4110
de 2004 en su artículo 1º adoptó la Norma Técnica de Calidad de la Gestión
Pública NTCGP 1000:2004, y el Decreto 4485 de 2009, la actualizó a través de la
versión NTCGP 1000:2009, la cual en su literal C) del numeral 4.2.1, indica que
la documentación del Sistema de Gestión de la Calidad debe incluir: “c).los
procedimientos documentados y los registros requeridos en esta norma” y en su
numeral 4.2.3 señala el deber de
controlar los documentos requeridos por el Sistema de Gestión de la
Calidad. Que el artículo 1º del
Decreto Nacional 1599 del 20 de mayo de 2005, adoptó el Modelo Estándar de
Control Interno para el Estado Colombiano MECI 1000:2005, el cual determina las
generalidades y la estructura necesaria para establecer, documentar,
implementar y mantener un Sistema de Control Interno en las entidades y agentes
obligados conforme al artículo 5 de la Ley 87 de 1993. Que en el año 2008, el
Departamento Administrativo de la Función Pública, elaboró el Manual de
Implementación del Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano
- MECI 1000:2005 – el cual se constituye como la Guía General para el Diseño,
Desarrollo e Implementación de cada uno de los Subsistemas, Componentes y
Elementos de Modelo Estándar de Control Interno – y en su numeral 2.1 indica
que los procedimientos y el manual de procedimientos hacen parte de los
elementos a implementar. Que el Decreto 652 de
diciembre 28 de 2011 adoptó la Norma Técnica Distrital del Sistema Integrado de
Gestión para las Entidades y Organismos Distritales NTD SIG001:201, que en su
numeral 5.1 indica la necesidad de contar con los procedimientos documentados y
registros necesarios para la operación de la entidad y su respectivo control. Que mediante la Resolución
No. 1540 del 30 de mayo de 2003 la Secretaría de Educación del Distrito adoptó
su Manual de Procedimientos, compuesto por: Procedimientos, Formatos e
Instructivos de Trabajo, la cual ha sufrido modificaciones parciales en el
transcurso del tiempo. Que de acuerdo con la
función establecida en el literal k) del artículo 5 del Decreto 330 de 2008, el
Despacho del Secretario debe: “Liderar la formulación, implementación y
mejoramiento continuo del Sistema de Control Interno de la Secretaría y del
Sistema de Gestión de Calidad”, se
expidió la Resolución 1821 del 9 de octubre de 2014 por la cual se adopta el
Sistema Integrado de Gestión y se crean instancias de gestión y control del
mismo en la Secretaría de Educación del Distrito y en su artículo séptimo
definió que “El representante de la Alta Dirección de la Secretaría de
Educación del Distrito para el Sistema Integrado de Gestión será el Jefe de la
Oficina Asesora de Planeación”. Que la Oficina Asesora de
Planeación de conformidad con la función establecida en el literal N) del
artículo 6 del Decreto 330 de 2008, está encargada de “Coordinar con las
dependencias de la SED la elaboración y actualización de los Manuales de
Procesos y Procedimientos de acuerdo con la metodología que se acoja y
proyectar los actos administrativos para su adopción”. Que mediante Resolución 1340
del 23 de julio de 2015 , el Secretario de Educación consideró que debido a la
alta demanda de solicitudes relacionadas con la actualización del Manual de
Procesos y Procedimientos por parte de las áreas que integran la entidad, y
teniendo en cuenta la necesidad de atenderlas en términos ágiles, era
pertinente delegar la facultad para la suscripción de los actos administrativos que se requieran
para aprobar las modificaciones,
adiciones y eliminaciones de documentos que hacen parte del manual de procesos
y procedimientos en el (la) jefe de la Oficina Asesora de Planeación. Que aplicando el
mejoramiento continuo: - Se elaboraron y aprobaron
las caracterizaciones de algunos procesos de la Entidad, en reuniones de
trabajo con las áreas competentes acompañadas por la Oficina Asesora de
Planeación. Las caracterizaciones de los procesos a adoptar están compuestas
por el objetivo, alcance, líder del proceso, responsables del proceso,
producto/ servicio, ciclo PHVA, políticas de operación, indicadores, activos de
información, mecanismos de control, aspectos e impactos ambientales, programa
ambiental, recursos, trámites relacionados, documentación asociada, registros,
normograma, plan de comunicaciones y acuerdos de servicio. Las
caracterizaciones a adoptar serán descritas en la parte resolutiva del acto
administrativo. - En atención a los
requerimientos de las áreas de la entidad relacionados con la actualización de
sus documentos, se afectaron (entendiéndose por esto que se incorporan,
modifican y eliminan) varios documentos, los cuales serán detallados en la
parte resolutiva del presente acto administrativo, correspondientes a 8
caracterizaciones de procesos incorporados, 8 procedimientos incorporados, 4
procedimientos modificados, 12 procedimientos eliminados, 5 formatos
incorporados, 1 formatos modificados, 5 metodologías-instructivos de trabajo
incorporados y 1 metodologías-instructivos de trabajo modificada . Que la Secretaría de
Educación cuenta con el aplicativo ISOLUCION, el cual contiene todos los
documentos del Manual de Procesos y Procedimientos y del Sistema Integrado de
Gestión de la Entidad, al cual pueden acceder usuarios internos y externos por
medio de la página web www.educacionbogota.edu.co para la consulta de la
documentación legal y vigente. En mérito de lo
anteriormente expuesto el Jefe de la Oficina Asesora de Planeación: RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: INCORPORAR en el Manual de Procedimientos de la Secretaría de
Educación del Distrito las caracterizaciones de los siguientes procesos: 1. Diseñar un Modelo de Atención Educativa Integral desde
el Enfoque Diferencial (Del Macroproceso Promover la Inclusión) 2. Implementar y Acompañar Estrategias, Programas y
Proyectos, desde el Enfoque Diferencial (Del Macroproceso Promover la
Inclusión) 3. Realizar Seguimiento y Mejoramiento (Del Macroproceso
Promover la Inclusión) 4. Planificación del Mantenimiento y Servicios Administrativos
(Del Macroproceso Gestionar la Infraestructura y los Servicios Administrativos) 5. Dotación y Administración de Bienes (Del Macroproceso
Gestionar la Infraestructura y los Servicios Administrativos) 6. Servicios de Apoyo (Del Macroproceso Gestionar la
Infraestructura y los Servicios Administrativos) 7. Seguimiento y Mejoramiento de la Infraestructura y
Servicios (Del Macroproceso Gestionar la Infraestructura y los Servicios
Administrativos) 8. Gestión de Seguridad de la Información (Del
Macroproceso Mejoramiento Continuo) ARTÍCULO SEGUNDO: AFECTAR el Manual de Procedimientos de la Secretaría de
Educación del Distrito los documentos de las siguientes áreas:
Formato 11-01-IF-002 Plan Anual de Adquisiciones 2 Modificación
ARTÍCULO TERCERO: Los documentos afectados y adoptados por la presente Resolución, son
de obligatorio cumplimiento para todos los servidores públicos y contratistas
de la Secretaría de Educación del Distrito Capital. ARTÍCULO CUARTO: Será responsabilidad de todos los Directivos de la entidad de los
niveles central, local e institucional, la permanente actualización,
implementación, divulgación, aplicación y el seguimiento de los documentos a su
cargo. En caso de que las áreas
identifiquen la necesidad de intervenir sus documentos con el fin de
complementarlos o mejorarlos, deberán solicitar a la Oficina Asesora de
Planeación, la asesoría y el acompañamiento en el levantamiento y
documentación, por medio de requerimiento en el aplicativo del Sistema
Integrado de Gestión. ARTÍCULO QUINTO: Los documentos adoptados en la presente resolución serán difundidos de
manera general por la Oficina Asesora de Planeación en toda la entidad y áreas
afectadas; a su vez los directivos de las áreas competentes tendrán la
responsabilidad de la socialización, implementación y seguimiento de los
documentos con los funcionarios que intervienen en ellos. ARTÍCULO SEXTO:
Los documentos de que trata la presente resolución reposarán para consulta en
el archivo de la entidad y en medio magnético en el aplicativo del Sistema
Integrado de Gestión vigente al cual pueden acceder usuarios internos y
externos por medio de la página web www.educacionbogota. edu.co., los cuales
harán parte integral de la presente resolución. ARTICULO SÉPTIMO: Conforme a la normatividad vigente corresponde a la Oficina de Control
Interno velar por el cumplimiento de los procedimientos del manual de procedimientos.
ARTÍCULO OCTAVO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y
deroga las disposiciones que le sean contrarias: PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C., a los 07 días del
mes de abril del año 2017. CÉSAR MAURICIO LÓPEZ ALFONSO Jefe Oficina Asesora de Planeación Secretaría de Educación del Distrito Nota: Ver norma original en Anexos. |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||