| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
RESOLUCIÓN
6418 DE 2017 (Diciembre
15) Por la cual se adopta el Manual de Políticas
Contables del Instituto de Desarrollo Urbano -IDU LA
DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU, en
ejercicio de sus facultades legales y estatutarias y en especial las conferidas
por el Acuerdo 19 de 1972, el Decreto Ley 1421 de 1993, los Decretos
Distritales 619 de 2000, 469 de 2003, 190, 133, 216 y 323 de 2004, el Acuerdo
del Consejo Directivo No. 002 de 2009, la Resolución IDU 4286 de 2011, y CONSIDERANDO: Que
mediante la Ley 1314 de 2009, el Gobierno Nacional ordenó la convergencia de
las normas de contabilidad, de información financiera y de aseguramiento de la
información hacia estándares internacionales de aceptación mundial. Que
mediante la Resolución 533 de 2015 y sus modificaciones, la Contaduría General
de la Nación adoptó el “Nuevo Marco Normativo para las Entidades de Gobierno”. Que
mediante la Resolución 193 de 2016, la Contaduría General de la Nación adoptó
el “Procedimiento para la Evaluación del Control Interno Contable”, con el fin
de medir la efectividad de las acciones mínimas de control que deban realizar
los responsables de la información financiera de la entidades públicas y
garantizar, razonablemente, la producción de información financiera con las
características fundamentales de relevancia y representación fiel, definidas en
el marco conceptual del marco normativo para entidades de gobierno. Que
mediante la Directiva 001 de 2017, expedida por la Alcaldía Mayor de Bogotá,
Distrito Capital, se actualizó la Directiva 007 de 2016, en la cual se
establecen los “Lineamientos para la implementación del nuevo marco normativo
de regulación contable pública aplicable a entidades de gobierno en Bogotá,
Distrito Capital”. Que
con fundamento en las anteriores resoluciones, se elaboró el “Manual de
Políticas Contables” del IDU, con el propósito de documentar y adoptar las
políticas y prácticas contables para la elaboración y presentación de los
estados financieros y para el posicionamiento del proceso contable, de manera
que favorezca la producción de información que cumpla con las características
fundamentales de relevancia y representación fiel. Que
este Manual describe el manejo contable y financiero a aplicar en IDU, con
énfasis en la revisión y actualización de los registros contables de los hechos
económicos generados durante el ejercicio fiscal. Que
el Manual se exige para la ejecución del proceso contable, sus actividades y
sus procedimientos; su aplicación permitirá avanzar en la fundamentación del
programa de sostenibilidad y permanencia de un sistema contable que produzca
información base para la toma de decisiones relacionadas con el control y
optimización de los recursos del IDU, en procura de una gestión eficiente y
transparente y parte fundamental del aseguramiento de la calidad de los demás
procesos que se ejecuten. Que
en sesión del 20 de noviembre de 2017, el Comité Técnico de Sostenibilidad
Contable y de Inventarios aprobó el Manual de Políticas Contables, y recomendó
a la Directora General, la adopción para el Instituto. Que
en mérito de lo anteriormente expuesto, RESUELVE: ARTICULO 1.- Objeto. Adoptar el Manual de Políticas Contables del IDU, bajo el
marco normativo aplicable a entidades de gobierno, el cual forma parte integral
de la presente Resolución. ARTÍCULO 2.- Alcance. El Manual de Políticas
Contables del IDU, que se adopta, es el instrumento por el cual se procura la
gestión, producción y generación de información contable de conformidad con las
normas técnicas y procedimientos contables vigentes para la identificación,
clasificación, registro, ajustes, elaboración de estados financieros y el
análisis, interpretación y comunicación de información confiable, razonable y
oportuna para la toma de decisiones. ARTÍCULO 3. Vigencia. La presente
Resolución rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE
Y CÚMPLASE. Dada en
Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de diciembre del año 2017. YANETH
ROCÍO MANTILLA BARÓN DIRECTORA
GENERAL NOTA: Ver anexo |