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Decreto 202 de 2017 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
21/04/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 202 DE 2017

(Abril 21)

Por medio del cual se crea un (1) empleo de carácter transitorio en la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, en cumplimiento de un fallo de tutela.

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 9 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley 909 de 2004, que regula el empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública, es aplicable a los empleados que prestan sus servicios en las entidades Distritales.

Que mediante fallo de tutela emitido por el Juzgado Treinta y Nueve (39) Civil Municipal de Bogotá, el cual fue notificado a esta Entidad el día 27 de febrero de 2017, en cuyos numerales 1 y 2 resuelve:

PRIMERO. CONCEDER la tutela a los derechos fundamentales al mínimo vital, a la seguridad social, a la estabilidad laboral reforzada como mecanismo transitorio de la señora Lina María Forero Jiménez, por lo antes expuesto.

SEGUNDO. ORDENAR al representante legal de la entidad SECRETARIA DISTRITAL DE DESARRROLLO ECONÓMICO, que dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la notificación de este fallo se reestablezca a la actora en las funciones para la cual fue contratada, advirtiendo que dicha orden deberá estar vigente por lo menos durante el periodo por el cual se encuentre cobijada bajo la protección de estabilidad laboral reforzada y fuero de maternidad teniendo en cuenta para ello el periodo de lactancia contemplado en el Art. 238 del C.S.T. al que tiene derecho la trabajadora, así mismo la entidad accionada deberá pagar los salarios causados y no pagados desde el momento en que fue desvinculada de sus labores hasta cuando se produzca el reintegro, así como el pago de los aportes a salud y seguridad social. (...)”.

Que por lo anterior, la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, debe crear un (1) empleo de carácter transitorio que será financiado con recursos de funcionamiento, de la siguiente manera:

EMPLEO DE CARÁCTER TRANSITORIO

No. CARGOS

DENOMINACIÓN

CÓDIGO

GRADO

Uno (1)

Profesional Especializado

222

20

 

Que la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, mediante oficio con radicado 2017ER605 del 28 de febrero de 2017 solicitó al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, viabilidad técnica para la creación de un empleo de carácter transitorio con el fin de nombrar a la persona referida en un empleo cuya fecha de terminación se extienda hasta que sea(sic) termine el periodo de lactancia.

Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, emitió concepto técnico favorable para la creación de un (1) empleo transitorio mediante oficio No. 2017EE441 del 15 de marzo de 2017.

Que de igual forma, conforme al procedimiento establecido, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda expidió la correspondiente certificación de viabilidad presupuestal para la creación de un (1) empleo de carácter transitorio mediante oficio No. 2017EE48164 del 23 de marzo de 2017.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1°.- Crear un (1) empleo de carácter transitorio en la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, para dar cumplimiento al fallo de tutela descrito en la parte considerativa del presente decreto, en favor de la señora LINA MARÍA FORERO JIMÉNEZ, cargo que estará vigente hasta cuando se le termine el tiempo de lactancia.

EMPLEO DE CARÁCTER TRANSITORIO

No. CARGOS

DENOMINACIÓN

CÓDIGO

GRADO

Uno (1)

Profesional Especializado

222

20

 

Artículo 2°- El empleo de carácter transitorio, creado con el presente Decreto, deberá cumplir las funciones que están descritas en el respectivo acto administrativo del manual de funciones y competencias laborales de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, además se sujetará a la escala salarial establecida para el sector central de Bogotá, D.C.

Artículo 3°- Dado el carácter transitorio del cargo que se crea en el presente Decreto, de conformidad con el fallo de tutela, este estará vigente hasta que se supere la causa que da origen a su creación, es decir, hasta que a la señora Forero Jiménez le sea cumplido el tiempo de lactancia, o sea desvinculada del servicio por alguna de las causales establecidas en la ley, momento en el cual se entenderá suprimido el empleo transitorio, automáticamente.

Artículo 4°- El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de abril de 2017.

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

Alcalde Mayor

JUAN MANUEL DURAN PRIETO

Secretario Distrital de Desarrollo Económico

NIDIA ROCÍO VARGA

Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital