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RESOLUCIÓN 930 DE 2017
(Diciembre 05)
Por la cual se designan los sitios donde funcionarán los puestos de votación, con motivo de la elección de Congreso de la República para la ciudad de Bogotá D.C., a realizarse el domingo 11 de marzo de 2018.
EL SECRETARIO DISTRITAL DE GOBIERNO DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. Y LOS REGISTRADORES DISTRITALES DEL ESTADO CIVIL
en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas mediante los Decretos Nos. 2241 de 1986 y 1010 de 2000 y,
CONSIDERANDO QUE:
El artículo 2° de la Constitución Política establece como fin esencial del Estado, facilitar la participación de todos los ciudadanos en las decisiones que los afecten en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación.
El artículo 40 de la Constitución Política señala que todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político.
La Resolución No. 2201 del 4 de marzo de 2017, expedida por el Registrador Nacional del Estado Civil, dispone el calendario electoral para las elecciones de Congreso de la República que se realizarán el 11 de marzo de 2018.
Acorde lo prescribe el artículo 46, numeral 1º, literal a, del Decreto - Ley 1010 de 2000, es función de la Registraduría Distrital, “organizar y vigilar los procesos electorales y mecanismos de participación ciudadana que corresponde a su circunscripción electoral.”
El artículo 10 de la Ley 6ª de 1990, determina que dentro de la cabecera municipal funcionarán jurados de votación en los lugares designados por el Registrador Municipal del Estado Civil, de acuerdo con el Alcalde, sesenta (60) días antes de la elección respectiva, designación que deberá publicarse mediante fijación en lugar público, la cual deberá describir la dirección exacta del local donde funcionarán las mesas, con indicación de la calle o carrera y el número del edificio o cualquier otro elemento de identificación que facilite su localización para el elector.
Conforme los criterios definidos en el artículo 5º de la Ley 1227 de 2008 (Ley bajo techo), la Registraduría Distrital adelantó un proceso de zonificación en la ciudad de Bogotá D.C. para las elecciones de Congreso de la República 2018, trabajo que permitió la ampliación en la cobertura de los puestos de votación, creándose 32 nuevos puestos, acorde con el crecimiento socio demográfico de la Ciudad y en consideración a la necesidad de garantizar mejores condiciones de accesibilidad, seguridad e integridad para el elector.
Con la creación de los 32 nuevos puestos de votación se busca que los ciudadanos accedan a un lugar de votación más cercano a su residencia y paralelamente descongestionar aquellos puestos que han crecido de manera ostensible.
Los Registradores Distritales con el visto bueno del Alcalde Mayor de Bogotá D.C., determinaron los 642 puestos que funcionarán para la elección de Congreso de la República para la ciudad de Bogotá D.C.
De acuerdo con el Decreto Distrital 046 de 2006, el Secretario de Gobierno Distrital, detenta la función de designar los sitios donde se instalarán los puestos de votación para las elecciones populares que se lleven a cabo.
En consideración de lo anteriormente expuesto, RESUELVEN:
ARTÍCULO PRIMERO: PUESTOS DE VOTACIÓN. Señalar los puestos de votación que funcionaran en la elección de Congreso de la Republica para la ciudad de Bogotá D.C., a realizarse el domingo 11 de marzo de 2018, los cuales se relacionan a continuación:
ARTÍCULO SEGUNDO: DIVULGACIÓN: Fijar la presente Resolución en lugar público de cada una de las veintitrés (23) Registradurías Auxiliares y en la sede de la Registraduría Distrital.
ARTÍCULO TERCERO: Esta Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., al día 05 días del mes de diciembre del año 2017.
CARLOS ALBERTO ROJAS MORENO CARLOS ANTONIO CORONEL HERNÁNDEZ
Registradores Distritales del Estado Civil
MIGUEL URIBE TURBAY
Secretario Distrital de Gobierno Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
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