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RESOLUCIÓN DDI 010 DE
2018 (Enero
02) Por la cual se ajustan al múltiplo de mil más cercano, los
valores expresados en salarios mínimos diarios vigentes en el Acuerdo 27 de
2001 EL DIRECTOR DISTRITAL
DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ En uso de sus
facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 18 del Acuerdo
671 de 2017 CONSIDERANDO: Que
mediante el Acuerdo 27 de 2001, se adopta el régimen sancionatorio para el
Distrito Capital de Bogotá, disposición que en su artículo 3º fija en salarios
mínimos las sanciones mínimas, incluidas las sanciones reducidas, que deban ser
liquidadas por el contribuyente, declarante o la Administración Tributaria
Distrital, derivadas del impuesto predial unificado, impuesto sobre vehículos
automotores, impuesto de industria y comercio, avisos y tableros, impuesto de
delineación urbana e impuesto unificado de fondo de pobres, azar y
espectáculos. Que
el mencionado Acuerdo establece igualmente en salarios mínimos las sanciones
derivadas de emplazamientos para declarar, sanciones oficiales por no declarar así como las sanciones por no inscribirse,
inscribirse extemporáneamente o por no informar novedades en el Registro de
Información Tributaria - RIT. Que
de conformidad con el artículo 18 del Acuerdo 671 de 2017, el Director de
Impuestos mediante resolución ajustará al múltiplo de mil más cercano los
valores absolutos a pagar en salarios mínimos diarios vigentes. Que
el Gobierno Nacional mediante Decreto 2269 del 30 de diciembre de 2017,
estableció a partir del primero (1º) de enero del año 2018 como Salario Mínimo
Legal Mensual para los trabajadores de los sectores urbanos y rural, la suma de
SETECIENTOS OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS ($781.242) MONEDA
CORRIENTE. Que
es de anotar que en cumplimiento del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011, el
proyecto de Resolución se publicó en el Portal Web de la Secretaría Distrital
de Hacienda, durante los días 22 y 26 de diciembre de 2017, sin que se hubieran
recibido comentarios por parte de la ciudadanía. Aclarando que una vez se
conociera el monto del Salario Mínimo Legal se haría el pertinente ajuste. En
mérito de lo expuesto este Despacho, RESUELVE: ARTÍCULO 1°. Ajustar al múltiplo de
mil más cercano los valores absolutos a pagar en salarios mínimos diarios
vigentes para el año 2018, de conformidad con lo establecido en el artículo 39
del Acuerdo 27 de 2001, así:
ARTÍCULO 2°. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de su publicación PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá D.C., a
los 02 días del mes de enero del año 2018. ORLANDO VALBUENA GÓMEZ Director Distrital de
Impuestos de Bogotá (E.) |