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Resolución 776 de 2017 Empresa de Transporte del Tercer Milenio - Transmilenio S.A

Fecha de Expedición:
29/12/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
22/01/2018
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6239 del 22 de enero de 2018.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

 RESOLUCIÓN 776 DE 2017

 

(Diciembre 29)

 

Derogada por el art. 2, Resolución 145 de 2019.


Por la cual se actualiza un documento oficial del Sistema Integrado de Gestión de la Oficina Asesora de Planeación

 

EL JEFE DE LA OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN DE LA EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO "TRANSMILENIO S.A.",

 

En ejercicio de sus facultades conferidas mediante la Resolución 143 del 2 de marzo de 2016,

 

CONSIDERANDO:

 

Que de conformidad con lo señalado en el artículo segundo del Acuerdo 4 de 1999, corresponde a TRANSMILENIO S.A., la gestión, organización y planeación del servicio de transporte público masivo urbano de pasajeros en el Distrito Capital y; Su área de influencia, bajo la modalidad de transporte terrestre automotor.

 

Que cumpliendo con lo ordenado en el parágrafo único del artículo 1° de la Ley 87 de 1993, se adoptó el Manual de Procedimientos de TRANSMILENIO S.A.

 

Que siendo TRANSMILENIO S.A., el ente gestor del Sistema Integrado de Transporte Público, considera necesario actualizar los Manuales de Procedimientos de las diferentes dependencias de la Entidad, con el objeto de ajustarlos a los nuevos parámetros documentales, necesidades y desarrollo del Sistema.     

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°. Actualizar el siguiente documento con la versión registrada a continuación:

 

Código

Versión

Nombre

M-OP-002

1

Gestión del Riesgo en TRANSMILENIO S.A.

 

ARTÍCULO 2°. Derogar la Resolución 830 de 2015 mediante la cual se creó el documento MOP-002 en su versión 0.

 

ARTÍCULO 3°. La presente Resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de diciembre del año 2017.

 

CARLOS ARTURO FERRO ROJAS

 

Jefe de Oficina Asesora de Planeación