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RESOLUCIÓN 001080 DE
2018 (Marzo
26) Por la cual se adopta el Manual de Gestión para
Administración del Riesgo EL DIRECTOR GENERAL
(E.) DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU, En ejercicio de sus
facultades legales y en especial las conferidas en el numeral 1° del artículo
17 del Acuerdo 19 de 1972 expedido por Concejo Distrital, en el literal b) del
artículo 29 del Acuerdo 001 y en el artículo 3 del Acuerdo 002 de febrero 3 de 2009
expedidos por el Consejo Directivo del IDU, respectivamente, y CONSIDERANDO: Que
el artículo 269 de la Constitución Política de Colombia establece que “En las entidades públicas, las autoridades
correspondientes, están obligadas a diseñar y aplicar según la naturaleza de
sus funciones, métodos y procedimientos de control interno de conformidad con
lo que disponga la ley...”. Que
la Ley 87 de 1993, por la cual se establecen normas para el ejercicio del
control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras
disposiciones, en su artículo 2° literales a) y f), señala que dentro de los
objetivos del sistema de control interno están: “Proteger los recursos de la organización, buscando su adecuada
administración ante posibles riesgos que los afecten” y “Definir y aplicar
medidas para prevenir los riesgos, detectar y corregir las desviaciones que se
presenten en la organización y que puedan afectar el logro de sus objetivos”.
Que
el Decreto Nacional 1537 de 2001, por el cual se reglamenta parcialmente la Ley
87 de 1993 en cuanto a elementos técnicos y administrativos que fortalezcan el
sistema de control interno de las entidades y organismos del Estado, en su
artículo 4° expresa: “Administración de
Riesgos. Como parte integral del fortalecimiento de los sistemas de control
interno en las entidades públicas, las autoridades correspondientes
establecerán y aplicarán políticas de administración del riesgo. Para tal
efecto, la identificación y análisis del riesgo debe ser un proceso permanente
e interactivo entre la administración y las oficinas de control interno o quien
haga sus veces, evaluando los aspectos tanto internos como externos que pueden
llegar a representar amenaza para la consecución de los objetivos
organizacionales, con miras a establecer acciones efectivas, representadas en
actividades de control, acordadas entre los responsables de las áreas o
procesos y las oficinas de control interno e integradas de manera inherente a
los procedimientos”. Que
la Ley 1474 de 2011, por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los
mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la
efectividad del control de la gestión pública, ordena a cada entidad establecer
una estrategia anticorrupción, que contemple el mapa de riesgo de corrupción y
las medidas concretas para mitigar esos riesgos. Que el Decreto 2641 de 2012, reglamenta los artículos 73 y 76 de la Ley 474(sic) de 2011 definiendo la metodología para diseñar y hacer seguimiento a la estrategia de lucha contra la corrupción y de atención al ciudadano. Que el Decreto 124 de 26
de enero de 2016 sustituye el Título 4 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto
1081 de 2015, relativo al “Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano”. Que
el Decreto 1499 del 11 de septiembre de 2017, “Por medio del cual se modifica
el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función
Pública, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo
133 de la Ley 1753 de 2015” define los requisitos para la gestión de riesgos en
el marco del Modelo Integrado de Planeación y Gestión. Que
mediante Resolución 2958 del 15 de junio de 2017, expedida por la Dirección
General del IDU, se adoptó el manual MG-PE-018 Administración del Riesgo
versión 6.0. Que
una vez puesto en práctica el Manual de Administración del Riesgo MG-PE-018
versión 6.0, se hace necesario adecuar su contenido a las exigencias actuales
de la normatividad, la eficiencia y eficacia en su administración, eliminando
trámites y documentos innecesarios, mejorando los criterios en la gestión del
riesgo, y estableciendo los lineamientos para la gestión de las oportunidades,
lo cual se contiene en la versión 7.0. En
mérito de lo expuesto, el Director General (E) del Instituto de Desarrollo
Urbano IDU, RESUELVE: Artículo Primero.- Adoptar el Manual de Gestión para
Administración del Riesgo MG-PE-018 versión 7.0 del Instituto de Desarrollo
Urbano – IDU, el cual hace parte integral del presente acto administrativo. Artículo Segundo.- La presente Resolución rige a partir de la
fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias en
especial la Resolución 2958 del 15 de junio de 2017 “Por la cual se adopta el
Manual de Administración del Riesgo MG-PE-018 versión 6.0” COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C., a
los 26 días del mes de marzo de 2018. ISAURO CABRERA VEGA Director General (E.) |