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Resolución 2030 de 2017 Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD

Fecha de Expedición:
29/12/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/01/2018
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6256 del 14 de febrero de 2018.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 2030 DE 2017

 

Por medio de la cual se establece y adopta el Manual de Políticas Contables de la Entidad

 

LA DIRECTORA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL (UAECD)

 

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los numerales 8 y 17 del artículo 5 del Acuerdo 004 de 2012 del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Ley 1314 de 2009, estableció el proceso de convergencia de las normas contables colombianas, hacia estándares internacionales de información contable que regulan los principios y normas en esta materia. Lo anterior, con observancia de los principios de equidad, reciprocidad y conveniencia nacional, con el propósito de apoyar la internacionalización de las relaciones económicas, la acción del Estado se dirigirá hacia la convergencia de tales normas de contabilidad e información financiera y del aseguramiento de la misma, con base en estos estándares internacionales de aceptación mundial, con las mejores prácticas, dada la rápida evolución de los negocios. Señala también, las autoridades competentes, el procedimiento para su expedición y se determinan las entidades responsables de vigilar su cumplimiento de esta directriz.

 

Que la IFAC (Federación Internacional de Contadores Públicos), quien actúa como Organismo Rector en materia de contabilidad pública internacional, ha emitido las normas internacionales de contabilidad para el sector público – NICSP.

 

Que la Contaduría General de la Nación, con base en las normas internacionales de contabilidad, ha expidió la Resolución No. 533 de 2015, por medio de la cual se incorpora el nuevo régimen de contabilidad pública colombiana y el marco normativo aplicable a las entidades de Gobierno.

 

Que la Contaduría General de la Nación, expide la Resolución No. 620 de 2015, por la cual se incorpora el catálogo de general de cuentas al marco normativo para entidades de Gobierno.

 

Que la Contaduría General de la Nación, expide la Resolución No. 693 de 2016, por medio de la cual modifica el cronograma de aplicación del Marco Normativo para entidades de Gobierno, incorporado al Régimen de Contabilidad Pública mediante la Resolución 533 de 2015.

 

Que la Contaduría General de la Nación, expide la Resolución No. 484 de 2017, por la cual modifica la Resolución No. 533 de 2015, y dicta otras disposiciones.

 

Que la Contaduría General de la Nación, expide la Resolución No. 598 de 2017 de la Contaduría General de la Nación, por la cual modifica el catálogo de general de cuentas al marco normativo para entidades de Gobierno.

 

Que cada Entidad pública deberá establecer sus políticas contables, con sujeción al nuevo marco normativo y ajustar sus procedimientos administrativos, según crea conveniente.

 

Que de igual manera, la Contaduría General de la Nación, expide la Resolución 193 del 5 de mayo de 2016, por medio de la cual incorpora los procedimientos transversales del Régimen de Contabilidad Pública, el procedimiento para la evaluación del control interno contable, establece en su anexo técnico, que a partir del 1 de enero de 2018, todas las entidades públicas aplicarán estos procedimientos, para lo cual, dentro de sus aspectos conceptuales, relacionados con el proceso contable, determina en el numeral 2.1.1 “Marco Normativo del Proceso Contable”, que las políticas contables se formalizarán mediante documento emitido por el Representante Legal de la Entidad o por el máximo órgano de instancia administrativa de la Entidad.

 

Que, con base en lo anterior, la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, ejecutó un plan de acciones inherentes a la implementación de las normas anteriormente citadas, al interior de la Entidad, para lo cual se desarrolló un cronograma con todas las actividades tendientes al cumplimiento de dichas normas y a la elaboración de las nuevas Políticas Contables, por parte de la Entidad.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

 

Artículo 1. Adopción. Adoptar el Manual de Políticas Contables de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, el cual incorpora todas las políticas contables de la Entidad y establece el procedimiento para el uso, incorporación y modificación de este Manual, el cual se anexa a la presente Resolución y hace parte integral de la misma. Este Manual estará publicado en el aplicativo del Sistema de Gestión Integral.

 

Artículo 2. Vigencia y derogatoria. Este Manual es de obligatorio cumplimiento por todos los funcionarios de la Entidad, en especial por los responsables de procesos y procedimientos que afecten directa o indirectamente al proceso de Gestión Financiera en cabeza del área Contable de la Subgerencia Administrativa y Financiera de la Entidad, rige a partir del 1 de enero de 2018 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de diciembre del año 2017.

 

CLAUDIA PUENTES RIAÑO

 

Directora