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RESOLUCIÓN
2030 DE 2017 Por medio de la cual se establece y adopta el
Manual de Políticas Contables de la Entidad LA
DIRECTORA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL (UAECD) En uso de
sus facultades legales y en especial las conferidas por los numerales 8 y 17
del artículo 5 del Acuerdo 004 de 2012 del Consejo Directivo de la Unidad
Administrativa Especial de Catastro Distrital, y CONSIDERANDO: Que
la Ley 1314 de 2009, estableció el proceso de convergencia de las normas
contables colombianas, hacia estándares internacionales de información contable
que regulan los principios y normas en esta materia. Lo anterior, con
observancia de los principios de equidad, reciprocidad y conveniencia nacional,
con el propósito de apoyar la internacionalización de las relaciones
económicas, la acción del Estado se dirigirá hacia la convergencia de tales
normas de contabilidad e información financiera y del aseguramiento de la
misma, con base en estos estándares internacionales de aceptación mundial, con
las mejores prácticas, dada la rápida evolución de los negocios. Señala
también, las autoridades competentes, el procedimiento para su expedición y se
determinan las entidades responsables de vigilar su cumplimiento de esta
directriz. Que
la IFAC (Federación Internacional de Contadores Públicos), quien actúa como
Organismo Rector en materia de contabilidad pública internacional, ha emitido
las normas internacionales de contabilidad para el sector público – NICSP. Que
la Contaduría General de la Nación, con base en las normas internacionales de
contabilidad, ha expidió la Resolución No. 533 de 2015, por medio de la cual se
incorpora el nuevo régimen de contabilidad pública colombiana y el marco
normativo aplicable a las entidades de Gobierno. Que
la Contaduría General de la Nación, expide la Resolución No. 620 de 2015, por
la cual se incorpora el catálogo de general de cuentas al marco normativo para
entidades de Gobierno. Que
la Contaduría General de la Nación, expide la Resolución No. 693 de 2016, por
medio de la cual modifica el cronograma de aplicación del Marco Normativo para
entidades de Gobierno, incorporado al Régimen de Contabilidad Pública mediante
la Resolución 533 de 2015. Que
la Contaduría General de la Nación, expide la Resolución No. 484 de 2017, por
la cual modifica la Resolución No. 533 de 2015, y dicta otras disposiciones. Que
la Contaduría General de la Nación, expide la Resolución No. 598 de 2017 de la
Contaduría General de la Nación, por la cual modifica el catálogo de general de
cuentas al marco normativo para entidades de Gobierno. Que
cada Entidad pública deberá establecer sus políticas contables, con sujeción al
nuevo marco normativo y ajustar sus procedimientos administrativos, según crea
conveniente. Que
de igual manera, la Contaduría General de la Nación, expide la Resolución 193
del 5 de mayo de 2016, por medio de la cual incorpora los procedimientos
transversales del Régimen de Contabilidad Pública, el procedimiento para la evaluación
del control interno contable, establece en su anexo técnico, que a partir del 1
de enero de 2018, todas las entidades públicas aplicarán estos procedimientos,
para lo cual, dentro de sus aspectos conceptuales, relacionados con el proceso
contable, determina en el numeral 2.1.1 “Marco Normativo del Proceso Contable”,
que las políticas contables se formalizarán mediante documento emitido por el
Representante Legal de la Entidad o por el máximo órgano de instancia
administrativa de la Entidad. Que,
con base en lo anterior, la Unidad Administrativa Especial de Catastro
Distrital, ejecutó un plan de acciones inherentes a la implementación de las
normas anteriormente citadas, al interior de la Entidad, para lo cual se desarrolló
un cronograma con todas las actividades tendientes al cumplimiento de dichas
normas y a la elaboración de las nuevas Políticas Contables, por parte de la
Entidad. Que,
en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Adopción. Adoptar el Manual de
Políticas Contables de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital,
el cual incorpora todas las políticas contables de la Entidad y establece el
procedimiento para el uso, incorporación y modificación de este Manual, el cual
se anexa a la presente Resolución y hace parte integral de la misma. Este
Manual estará publicado en el aplicativo del Sistema de Gestión Integral. Artículo 2. Vigencia y
derogatoria.
Este Manual es de obligatorio cumplimiento por todos los funcionarios de la
Entidad, en especial por los responsables de procesos y procedimientos que
afecten directa o indirectamente al proceso de Gestión Financiera en cabeza del
área Contable de la Subgerencia Administrativa y Financiera de la Entidad, rige
a partir del 1 de enero de 2018 y deroga las disposiciones que le sean
contrarias. PUBLÍQUESE,
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá,
D.C., a los 29 días del mes de diciembre del año 2017. CLAUDIA
PUENTES RIAÑO Directora |