| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
ACTA DE CONVENIO SOBRE LAS SOLICITUDES PRESENTADAS POR LOS SIGUIENTES SINDICATOS DE EMPLEADOS PÚBLICOS DISTRITALES: SINDICATO DE EMPLEADOS DISTRITALES DE BOGOTÁ CON PERSONERÍA JURÍDICA No. 65 DE 1935; AGREMIACIÓN DE CONDUCTORES AL SERVICIO DEL DISTRITO ESPECIAL CON PERSONERÍA JURÍDICA RESOLUCIÓN 00654 DE 1961; SINDICATO DE BASE DE EMPLEADOS DE LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN "SINEMPLEASEDE" PERSONERÍA JU-RDÍCA No. 03362 DE 1977; SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA SECRETARIA DE SALUD "SÍNDESA" CON PERSONERÍA JURÍDICA No.00532; y SINDICATO DE TRABAJADORES EN ARREGLO, GUARDA Y CONSERVACIÓN DE OFICINAS DEL SERVICIO OFICIAL "SINTRAOF" CON PERSONERÍA JURÍDICA No. 220 DE 1961, SUSCRITA ENTRE EL SEÑOR ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR, EL SECRETARIO DE HACIENDA DEL DISTRITO Y LOS REPRESENTANTES DE LOS DSNDICATOS MENCIONADOS. Ver Decreto Nacional 1919 de 2002, Ver la Radicación 1393 de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado de 2002.En la ciudad de Bogotá D.C. el día siete (7) de febrero de mil novecientos ochenta (1980) se reunieron en el Despacho de la Alcaldía Mayor de Bogotá, por una parte el doctor Hernando Duran Dussan, Alcalde Mayor de Bogotá; doctor Luis Alejandro Dávila Mora, Secretario Genera! de la Alcaldía; el doctor Bernardo Bonilla Navarro, Secretario de Hacienda del Distrito, quienes para los efectos del presente documento representan legalmente al Distrito Especial de Bogotá; y por otra parte, los representantes de los Sindicatos de Empleados Públicos al servicio del Distrito Especial de Bogotá mencionados anteriormente, según consta en las siguientes comunicaciones dirigidas al Señor Alcalde Mayor de Bogotá, las cuales hacen parte integrante de este documento, en las que acreditan su calidad de representantes, con plenas facultades para suscribir lo presente Acta de Convenio: Sindicato de Empleados Distritales, Septiembre 28 de 1979; Agremiación de Conductores, Septiembre 28 de 1979; Sindicato de Base de Empleados de la Secretoria de Educación "Sinempleasede" septiembre 5 de 1.979; Sindicato de Trabajadores de Salud Pública "Sindesa", Agosto 30 de 1.979; y Sindicato de Trabajadores en arreglo, guarda y conservación de oficinas del servicie oficial "Sintraof", Octubre 16 de 1.979. Esta Acta es fruto del buen entendimiento y las cordiales relaciones que durante la presente administración se han mantenido entre el Gobierno y sus colaboradores, destacando especialmente el manejo de la negociación que por este medio se llega a una satisfactoria conclusión y en donde se consignan los siguientes acuerdos a que llegaron las partes; 1. AUMENTOS SALARIALES La Administración del Distrito Especial de Bogotá concede un aumento sobre sueldos devengados a 31 de Diciembre de 1,979 por los empleados de la Administración Central, equivalente al 28% hasta sueldos de $8.120.oo y del 26% pura aquellos sueldos superiores a esa suma, a partir del primero (1o.) de Enero de Mil novecientos ochenta (1.980). El aumento salarial acordado no se aplicara a aquellos empleados que con posterioridad al 31 de Diciembre de 1 .979 hayan sido beneficiados con un incremento superior al estipulado. Si este aumento es inferior al porcentaje correspondiente, se le adicionará la diferencia hasta que llegue al aumento autorizado. 2. AUXILIO DE ALIMENTACIÓN La Administración del Distrito Especial de Bogotá reconocerá un Auxilio de Alimentación equivalente a la suma de veinte pesos ($20.oo) por día laborado, para acada uno de los empleados de la Administración Central que devenguen sueldos hasta de $10.899.oo en 1.980. 3. SUBSIDIO DE TRANSPORTE La Administración del Distrito Especial de Bogotá, concede un Subsidio de Transporte equivalente a la suma de trescientos cuarenta y cuatro pesos ($344.oo) mensuales pare cada uno de los empleados de la Administración Central que devenguen sueldos hasta de $10.899 en 1980. 4. AUXILIO SINDICALES
5. DOTACIONES El Distrito entregará oportunamente a los empleados la dotación que les corresponde y pondrá a disposición de ellos los instrumentos necesarios y adecuados para la realización de sus labores, así como los elementos de protección contra accidente y enfermedades profesionales. Las distintas dependencias pasarán a la Secretaría de Hacienda una relación de las dotaciones para los empleados, oportunamente. 6. PERMISOS SINDICALES El Detrito Especial a través del Alcalde Mayor a solicitud del Sindicato, concederá permisos remunerados de carácter permanente a los Presidentes de los siguientes Sindicatos que hacen parte de este Convenio: Agremiación de Conductores, "Sinempleasede" "Sindesa" y "Síntraof". De la misma manera concede permiso remunerado de carácter permanente a los (6) Miembros de la Junta Directiva del Sindicato de Empleados Distritales, a fin de que se dediquen a atender las labores que demande la organización sindical. Igualmente concederá permisos remunerados de carácter permanente en número en ningún caso Superior a dos (2), a los socios del Sindicato de Empleados Distritales que resulten elegidos como Miembros del Comité Ejecutivo de la C.T.C., o de la Federación Regional de la Confederación. El término de estos permisos será igual al de su elección para los cargos antes citados. 7. DESCUENTOS La Administración hará los descuentos a los empleados a que haya lugar con destino a los Sindicatos de acuerdo con las disposiciones legales que rigen la materia y previo el lleno de los requisitos correspondientes. 8. RELACIONES LABORALES La Administración Distrital mantendrá su político de acercamiento y cordiales relaciones con la organización sindical y estará atenta a resolver y tramitar en forma oportuna las solicitudes formuladas. La presente Acta de Convenio deja vigentes en cuanto sean más favorables a los empleados los Convenios anteriores, las cuales mantendrán su plena actualidad, modifica las anteriores en lo que le sena contrarias, regirá a partir del primero (1o.) de enero de mil novecientos ochenta (1.98O) y las condiciones pactadas en ésta no podrán ser modificadas sino en virtud de un nuevo Convenio. La Administración manifiesta su voluntad de cumplirla. Para constancia se firma por las personas que en ella intervienen. HERNANDO DURAN DUSSAN ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ LUIS ALEJANDRO DAVILA MORA SECRETARIO GENERAL ¿ ALCLADIA MAYOR BERNARDO BONILLA NAVARRO SECRETARIO DE HACIENDA ORLANDO AREVALO MESA PRESIDENTE SINDICATO DE EMPLEADOS DISTRITALES MIGUEL MORANTES ALFONSO VICEPRESIDENTE ¿ SINDICATO EMPLEADOS DISTRITALES JOSE DEL CARMEN ROJAS SECRETARIO GENERAL SINDICATO DE EMPLEADOS DISTRITALES CRISTINA ORTIZ CONTRERAS DIRECTIVA SINDICATO EMPLEADOS DISTRITALES JOSE TORRES DELEGADO C.T.C. ARISTIPO HURTADO PRESIDENTE AGREMIACION DE CONDCUTORES ANTONIO ZAMBRANO SECRETARIO GENERAL AGREMIACION DE CONDUCTORES ELENA CRUZ DE VALDIRI PRESIDENTE DE SINTRAOF GRACIELA GIRALDO DE LOZADA NEGOCIADORA SINTRAOF SOLEDAD DE CASTRO COMISION NEGOCIADORA SINTRAOF AMADEO MARTINEZ PRESIDENTE SINEMPLEASEDE LUCIANO PERALTA SECRETARIO GENERAL SINEMPLEASEDE JORGE SILVA FISCAL DE SINEMPLEASEDE EFRAIN ALBARRACIN PRESIDENTE DE SINDESA EFRAIN CARDOZO H. TESORERO DE SINDESA JOSE E MARTINEZ VICEPRESIDENTE SINDESA CARLOS BUSTOS DELEGADO C.G.T. MANUEL VELEZ CASTILLO DELEGADO U.T.C. |