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Acuerdo Laboral 1 de 1981 Nivel Distrital

Fecha de Expedición:
05/06/1981
Fecha de Entrada en Vigencia:
05/06/1981
Medio de Publicación:
No se publicó
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

zzzND00011981

ACTA DE CONVENIO SOBRE LAS SOLICITUDES PRESENTADAS POR LOS SIGUIENTES SINDICATOS DE EMPLEADOS PÚBLICOS DISTRITALES: SINDICATO DE EMPLEADOS DISTRITALES DE-BOGOTA CON PERSONERÍA JURÍDICA No. 65 DE 1935; AGRE -MIACION DE CONDUCTORES AL SERVICIO DEL DISTRITO ESPECIAL CON PERSONERÍA JURÍDICA No. 00654 DE 1961; SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA SECRETARIA DE SALUD PUBLICA "SINDESA" CON PERSONERÍA JURÍDICA No. "0.0531, SUSCRITA ENTRE EL SEÑOR ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR, EL SECRETARIO DE HACIENDA DEL DISTRITO Y LOS REPRESENTANTES DE LOS SINDICATOS MENCIONADOS.

Ver Decreto Nacional 1919 de 2002, Ver la Radicación 1393 de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado de 2002.

En la ciudad de Bogotá, Distrito Especial, a los cinco días del mes de Junio de mil novecientos ochenta y uno ( 1981 ), se reunieron en el Despacho de la Alcaldía Mayor de Bogotá, por una parte, el doctor HERNANDO DURAN DUSSAN, Alcalde Mayor de Bogotá, el doctor GUILLERMO BUENO MIRANDA, Secretario General de la Alcaldía Mayor, y el doctor CARLOS GONZÁLEZ VARGAS, Secretario de Hacienda del Distrito, quienes para los efectos del presente convenio representan legalmente al Distrito Especial de Bogotá; y, por otra parte, los representantes de los Sindicatos de Empleados Públicos al servicio del Distrito Especial de Bogotá mencionados anteriormente, según consta en las siguientes comunicaciones dirigidas al Señor Alcalde Mayor de la ciudad, las cuales hacen parte integrante de este documento, en las que se acredita su calidad de representantes, con plenas facultades para suscribir la presente Acta de Convenio: Sindicato de Empleados Distritales, Noviembre 4 de 1980, Agremiación de Conductores, Noviembre 4 de 1980, Sindicato de Trabajadores de Salud Pública, noviembre 4 de 1980,

Esta Acta de Convenio es fruto del buen entendimiento y las cordiales relaciones que durante la presente Administración se han mantenido entre el Gobierno Distrital y sus colaboradores, destacando especialmente las amistosas conversaciones que concluyen con la firma de este documento y en donde se consignan los siguientes -acuerdos a que llegaron las partes:

Vigencia del Convenio.

La presente Acta de Convenio tendrá una vigencia de un -(1) año contado a partir del lo. de Enero de 1981 y las condiciones aquí pactadas sólo podrán ser modificadas en virtud de un nuevo convenio

Auxilio de Alimentación.

La Administración del Distrito Especial de Bogotá reconocerá y pagará a los empleados de la Administración Central que en 1981 devenguen sueldos hasta de $13.787.oo, como auxilio de alimentación, la suma de seiscientos treinta y un pesos ($631. oo) mensuales. Este auxilio se pagará con retroactividad al lo. de Enero de 1981 y la Administración hará los reajustes individuales correspondientes.

Subsidió de Transporte.

La Administración del Distrito Especial de Bogotá concede un subsidio de transporte equivalente a la suma de cuatrocientos cincuenta pesos ($450.oo) mensuales para cada uno de los empleados de la Administración Central que devenguen sueldos hasta de $13.787.oo en 1981. Este subsidio se pagará con retroactividad al lo. de Enero de 1981.

Prima de Vacaciones.

La prima de vacaciones que actualmente paga la Administración a los empleados públicos con menos de 5 años de servicio, consistente en 10 días de sueldo, se incrementará en 5 días, nivelando así esta prima en 15 días de sueldo para todos los empleados, sin consideración al tiempo de servicio.

Auxilios Sindicales.

a) La Administración Distrital concede al Sindicato de Empleados Distritales un auxilio de dos millones de pesos ($2'000.000.oo) con destino exclusivo a las obras y dotación de la Colonia Vacacional de propiedad del Sindicato ubicada en el Municipio de Tocaima.

b) La Administración Distrital concede la suma de cien mil pesos ($100.000.oo) a la Agremiación de Conductores, con destino exclusivo para la Casa-Cárcel.

Descuentos

La Administración Distrital hará los descuentos a los empleados a que haya lugar con destino a los sindicatos de acuerdo con las disposiciones legales que rigen la materia y previo el lleno de los requisitos correspondientes.

La presente Acta de Convenio deja vigentes, en cuanto sean más favorables para los empleados, los convenios anteriores y los modifica en cuanto le sean contrarios.

Para constancia se firma por quienes en ella intervinieron

HERNANDO DURAN DUSSAN

Alcalde Mayor

GUILLERMO BUENO MIRANDA

Secretario General de la Alcaldía

CARLOS GONZALEZ VARGAS

Secretario de Hacienda

LUIS MIGUEL MORALES

Presidente Sindistritales

JOSE DEL CARMEN ROJAS

Secretario General Sindistritales

BLANCA L. DE CONTRERAS

Fiscal Sindistritales

ARISTOPO HURTADO

Presidente Agremiación de conductores

ANTONIO ZAMBRANO

Secretario General Agremiación de Conductores

JOSE IGNACIO MARTINEZ

Vicepresidente Agremiación de Conductores

ALVARO REYES

Fiscal Agremiación de Conductores

REYNALDO CUJABAN

Tesorero de la Agremiación de Conductores

JOSE ANDRES SALAMANCA

Presidente "Sindesa"

JOSE E. MARTINEZ

Vicepresidente "Sindesa"

EFRAIN CARDOZO HERRERA

Tesorero "Sindesa"