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Resolución 03 de 2018 Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS

Fecha de Expedición:
01/03/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
07/03/2018
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6270 del 7 de marzo de 2018.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 003 DE 2018

 

(Marzo 01)

 

Por la cual se aprueba una adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá – EAB–ESP para la vigencia fiscal 2018

 

EL CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS

 

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 10 del Decreto Distrital 714 de 1996, el artículo 28 del Decreto Distrital 195 de 2007, y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que conforme a lo estipulado en el artículo 10° literal (e) del Decreto Distrital 714 de 1996, corresponde al CONFIS aprobar y modificar mediante resolución el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y de las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas.

 

Que conforme a lo establecido en el artículo 28° del Decreto Distrital 195 de 2007, “las modificaciones presupuestales que afecten el valor total de los gastos de funcionamiento, gastos de operación, servicio de la deuda y gastos de inversión serán aprobadas por el CONFIS Distrital previo concepto favorable de la Junta o Consejo Directivo”.

 

Que de acuerdo con el numeral 5 del reglamento interno adoptado en la sesión del 27 de enero de 2016, le corresponde al CONFIS mediante resolución suscrita por la Secretaría Técnica y el Secretario Distrital de Hacienda notificar las decisiones aprobatorias aplicables a las Empresas Distritales.

 

Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS mediante Resolución No. 012 del 27 de octubre de 2017 aprobó el Presupuesto de Rentas e Ingresos, y de Gastos e Inversiones de la EMPRESA DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE BOGOTÁ EAB – ESP., para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2018 por un monto de $3.850.633.264.000.

 

Que la EMPRESA DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE BOGOTÁ EAB – ESP., requiere adicionar al Presupuesto de Rentas e Ingresos para la vigencia 2018, en el Rubro 2.1- Ingresos Corrientes, las sumas de: $4.957.709.954, correspondiente a recursos girados por la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca-CAR a la EMPRESA DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE BOGOTÁ EAB – ESP en el marco del Convenio 1599 de 2016 cuyo objeto es “Aunar esfuerzos recursos, técnicos, físicos, administrativos y económicos para a)El diseño de la ingeniería de detalle de la estación elevadora de aguas residuales de Canoas y sus complementarias b) La consultoría para la elaboración del estudio de impacto ambiental para la construcción de la PTAR Canoas y sus obras complementarias c) Desarrollar el proyecto de diseño de tratamiento secundario con desinfección para la planta de tratamiento PTAR Canoas ” y $1.032.475.570, correspondiente a recursos girados por la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca-CAR a la EMPRESA DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE BOGOTÁ EAB – ESP en el marco del Convenio 171 de 2007 cuyo objeto es “Aunar esfuerzos para contribuir al logro del saneamiento ambiental del Rio Bogotá en el marco del denominado Megaproyecto del Rio Bogotá”.

 

Que la EMPRESA DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE BOGOTÁ EAB – ESP., requiere adicionar al Presupuesto de Rentas e Ingresos para la vigencia 2018, en el Rubro 2.3- Recursos de Capital, la suma de $54.479.312.145, por concepto de recursos que se encuentran en “Encargo Fiduciario” resultado de giros presupuestales realizados por la EAB y el Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio, durante las vigencias 2011 a 2013 los cuales se encuentran registrados en la contabilidad de la EAB y separados en el estado de tesorería y situación fiscal a 31 de diciembre de 2016.

 

Que la EMPRESA DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE BOGOTÁ EAB – ESP., requiere adicionar, al presupuesto de Gastos e Inversiones en el rubro 3.4 – Inversión, la suma de $60.469.497.669 destinados al proyecto Estación Elevadora Canoas ERB-Fase IIB con el fin de ejecutar los componentes de Diseño e interventoría a los diseños y Obra e interventoría a la obra.

 

Que la Junta Directiva de la EMPRESA DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE BOGOTÁ EAB – ESP., mediante Acuerdo No 01 del 10 de enero de 2018, emitió concepto favorable a los anteriores ajustes y modificaciones.

 

Que la observancia de los procedimientos legales y presupuestales a que haya lugar por efecto de la adición presupuestal aprobada, es responsabilidad y competencia exclusiva de EMPRESA DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE BOGOTÁ EAB – ESP.

 

Que el CONFIS en su sesión No. 02 realizada el 26 de febrero de 2018, de acuerdo con el análisis de las justificaciones aportadas y la recomendación de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y el concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación – Dirección de Programación y Seguimiento de la Inversión aprobó la adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2018 de la EMPRESA DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE BOGOTÁ EAB – ESP.

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO. Aprobar una adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones para la vigencia 2018 de la EMPRESA DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE BOGOTÁ EAB – ESP., por valor de $60.469.497.669, conforme al siguiente detalle:

 

ADICIÓN DE INGRESOS

 

Código

Concepto

Valor

2-1

Ingresos corrientes

5.990.185.524

2-3

Recursos de Capital

54.479.312.145

Total adición de Ingresos

 

60.469.497.669

 

ADICIÓN DE GASTOS

 

Código

Concepto

Valor

3-4

Inversión

60.469.497.669

Total adición de Gastos

 

60.469.497.669

 

ARTÍCULO SEGUNDO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D. C., al 1 día del mes de marzo del año 2018.

 

BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ

 

Secretaria Distrital de Hacienda

 

ANDRÉS ORTIZ GÓMEZ

 

Secretario Técnico