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RESOLUCIÓN 324 DE 2018
(Abril 27)
Por la cual se señala el lugar en donde funcionarán las Comisiones Escrutadoras en Bogotá D.C., para las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la Republica, para el periodo constitucional 2018 – 2022, a celebrarse el 27 de mayo de 2018 primera vuelta y 17 de junio de 2018 eventual segunda vuelta
LOS REGISTRADORES DISTRITALES DEL ESTADO CIVIL, en cumplimiento del artículo 120 de la Constitución Política, y en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las contenidas en el artículo 41 del Decreto 2241 de 1986 (Código Electoral), el artículo 46 del Decreto 1010 de 2000, y del artículo 41 de la Ley 1475 de 2011,
CONSIDERANDO QUE:
El artículo 120 de la Constitución Política señala: “(…) La organización electoral está conformada por el Consejo Nacional Electoral, por la Registraduría Nacional del Estado Civil y por los demás organismos que establezca la ley. Tiene a su cargo la organización de las elecciones, su dirección y vigilancia, así como lo relativo a la identidad de las personas.”
De conformidad con el numeral 11 del artículo 41 del Decreto 2241 de 1986 (Código Electoral Colombiano) corresponde a los Registradores Distritales del Estado Civil: “(…) 11. Atender y vigilar la preparación y realización de las elecciones.”
De acuerdo con el literal a) del numeral 1º del Artículo 46 del Decreto 1010 de 2000, es función de la Registraduría Distrital del Estado Civil: “(…) a) Organizar y vigilar los procesos electorales y mecanismos de participación ciudadana que corresponde a su circunscripción electoral;”
De acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 207 del Decreto 2241 de 1986, las elecciones para Presidente y Vicepresidente de la República, se realizarán el último domingo del mes de mayo del respectivo año, que para esta elección será el 27 de mayo de 2018.
Que el inciso 1º del artículo 41 de la Ley 1475 de 2011 dispone:
“ARTÍCULO 41. DEL ESCRUTINIO EL DÍA DE LA VOTACIÓN. Las comisiones escrutadoras distritales, municipales y auxiliares comenzarán el escrutinio que les corresponde el mismo día de la votación, a partir del momento del cierre del proceso de votación, con base en las actas de escrutinio de mesa y a medida que se vayan recibiendo por parte de los claveros respectivos, en el local que la respectiva Registraduría previamente señale.”
En mérito de lo expuesto,
RESUELVEN:
ARTÍCULO PRIMERO: SEÑALAR que las Comisiones Escrutadoras Auxiliares para las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la Republica, para el periodo constitucional 2018 – 2022, a celebrarse el 27 de mayo de 2018 primera vuelta y 17 de junio de 2018 eventual segunda vuelta en la Ciudad de Bogotá D.C., funcionarán en los PABELLONES 1 y 8 de LA CORPORACIÓN DE FERIAS Y EXPOSICIONES S.A. - USUARIO OPERADOR DE ZONA FRANCA “CORFERIAS”, ubicada en la CARRERA 37 No. 24 – 67 de la ciudad de Bogotá D.C.
ARTÍCULO SEGUNDO: SEÑALAR que las Comisiones Escrutadoras Auxiliares para las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la Republica, para el periodo constitucional 2018 – 2022, a celebrarse el 27 de mayo de 2018 primera vuelta y 17 de junio de 2018 eventual segunda vuelta en la Ciudad de Bogotá D.C., que funcionarán en los PABELLONES 1 y 8 de LA CORPORACIÓN DE FERIAS Y EXPOSICIONES S.A. - USUARIO OPERADOR DE ZONA FRANCA “CORFERIAS”, ubicada en la CARRERA 37 No. 24 – 67 de la ciudad de Bogotá D.C., estarán conformadas por un total de NOVENTA Y CUATRO (94) COMISIONES, las cuales se distribuirán por cada localidad así:
ARTÍCULO TERCERO: SEÑALAR que la Comisión Escrutadora Distrital para las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la Republica, para el periodo constitucional 2018 – 2022, a celebrarse el 27 de mayo de 2018 primera vuelta y 17 de junio de 2018 eventual segunda vuelta en la Ciudad de Bogotá D.C., funcionará en el PABELLÓN 8 (Segundo Nivel), de LA CORPORACIÓN DE FERIAS Y EXPOSICIONES S.A. - USUARIO OPERADOR DE ZONA FRANCA “CORFERIAS”, ubicada en la CARRERA 37 No. 24 – 67 de la ciudad de Bogotá D.C.
ARTÍCULO CUARTO: SEÑALAR que la Comisión Escrutadora General para las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la Republica, para el periodo constitucional 2018 – 2022, a celebrarse el 27 de mayo de 2018 primera vuelta y 17 de junio de 2018 eventual segunda vuelta en la Ciudad de Bogotá D.C., funcionará en el PABELLÓN 8 (Segundo Nivel), de LA CORPORACIÓN DE FERIAS Y EXPOSICIONES S.A. - USUARIO OPERADOR DE ZONA FRANCA “CORFERIAS”, ubicada en la CARRERA 37 No. 24 – 67 de la ciudad de Bogotá D.C.
ARTÍCULO QUINTO: REMITIR copia del presente acto al Registrador Delegado en lo Electoral y al Consejo Nacional Electoral.
ARTÍCULO SEXTO: El presente Acto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los 27 días del mes de abril del año 2018.
CLEMENCIA CASTELLANOS CUESTO
CARLOS ANTONIO CORONEL HERNÁNDEZ
Registradores Distritales del Estado Civil |