Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 1645 de 2017 Secretaría de Educación del Distrito - SED

Fecha de Expedición:
25/09/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
08/11/2017
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6192 del 08 de noviembre de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 1645 DE 2017

 

(Septiembre 25)

 

Por la cual se delega la representación de la Secretaría de Educación del Distrito en el Observatorio de Convivencia Escolar

 

LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO

 

En uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confieren el artículo 211 de la Constitución Política de Colombia, en cumplimento de la Ley 1620 de 2013, el Decreto1075 de 2015, Acuerdo Distrital 434 de 2010, y el Decreto 330 del 06 de octubre de 2008 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el Acuerdo Distrital 434 de 2010 expedido por el Concejo de Bogotá, se creó el Observatorio de Convivencia Escolar cuyo objetivo es ser un espacio de reflexión pedagógica, con el fin de incentivar la investigación y el diseño de estrategias encaminadas a prevenir situaciones de violencia escolar en las Instituciones Educativas Públicas y Privadas del Distrito Capital.

 

Que el Observatorio de Convivencia Escolar, creará un sistema de discusión y análisis, coordinado por la Secretaría Distrital de Educación y sustentado técnicamente por la información proveniente del Centro de Estudios y Análisis para la Seguridad y la Convivencia de la Secretaría de Gobierno y el Observatorio de Culturas de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, y hará contacto con Instituciones públicas y privadas de todo orden distrital, local, nacional e internacional, para crear espacios de discusión, sistemas de información, alertas tempranas, análisis de resultados y generación de estrategias de choque, que puedan optimizar soluciones conjuntas a la problemática de la violencia, orientadas principalmente hacia la convivencia y resolución de conflictos.

 

Que el artículo 4° del Acuerdo Distrital 434 de 2010 dispone la Conformación del Observatorio de Convivencia Escolar de la siguiente manera: El Observatorio estará a cargo de las Secretarías Distritales de Gobierno, Educación, Salud, Integración Social, Cultura Recreación y Deporte y abrirá sus espacios para que hagan parte de él, organizaciones nacionales e internacionales relacionadas con el objeto del propio Observatorio.

 

Que sobre la delegación, la Corte Constitucional ha señalado que son elementos constitutivos de la delegación los siguientes: “(i) la transferencia de funciones de un órgano a otro; (ii) que la transferencia de funciones se realice por el titular de la función; (iii) que dicha transferencia cuente con una previa autorización legal;(iv) y que el órgano que confiere la delegación pueda siempre y en cualquier momento reasumir la competencia”.

 

Que de conformidad con las funciones establecidas en artículo 11 del Decreto 330 de 2008, está a cargo de la Subsecretaría de Integración Interinstitucional asesorar al Secretario de Educación la formulación de las políticas, planes, programas y proyectos destinados a la integración del sistema educativo distrital y al fortalecimiento de las relaciones interinstitucionales, intersectoriales, nacionales e internacionales del sector.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Delegar al Subsecretario de Integración Interinstitucional para que represente a la Secretaría de Educación del Distrito en el Observatorio Escolar en cumplimiento de los establecido en el Artículo 4° del Acuerdo Distrital 434 de 2010.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: El Subsecretario de Integración Interinstitucional presentará a la Secretaria de Educación del Distrito informes periódicos sobre las actividades realizadas en virtud de la presente delegación.

 

ARTÍCULO TERCERO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas aquellas disposiciones que le sean contrarias.

 

Dada en Bogotá D.C., a los 25 días del mes de septiembre del año 2017.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

MARÍA VICTORIA ANGULO GONZÁLEZ

 

Secretaria de Educación del Distrito