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RESOLUCIÓN
198 DE 2018 (Abril 24) Por medio del cual se fija el monto de
los honorarios para los Miembros de la Junta Directiva de TRANSMILENIO S.A. por
la asistencia a sesiones ordinarias y extraordinarias de la Junta Directiva EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA DE TRANSPORTE DEL
TERCER MILENIO TRANSMILENIO S.A. En uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las
previstas en el artículo 43 de los Estatutos de TRANSMILENIO S.A., en
desarrollo y concordancia por lo dispuesto en los artículos 2.5.3.1.1;
2.5.3.1.2 y 2.5.3.1.4 del Decreto Nacional 1068 de 2015 y demás normas
concordantes, y CONSIDERANDO: Que el Concejo de Bogotá mediante el
Acuerdo 04 de 1999 autorizó al Alcalde Mayor para participar con otras
entidades distritales, en la constitución de una sociedad pública por acciones
dotada de personería jurídica, autonomía administrativa, financiera,
presupuestal y patrimonio propio, que se denominaría EMPRESA DE TRANSPORTE DEL
TERCER MILENIO -TRANSMILENIO S.A. y que tendría por objeto la gestión,
organización y planeación del servicio de transporte público masivo urbano de
pasajeros en el Distrito Capital y su área de influencia bajo la modalidad de
transporte terrestre automotor. Que el 13 de octubre de 1999, mediante
la escritura pública No. 1528 de la Notaría No. 27 del Círculo de Bogotá, se
constituyó la sociedad EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO - TRANSMILENIO
S.A, esta sociedad se establece, con capital exclusivamente aportado por
entidades estatales. Que el literal f) del artículo 19 de la
Ley 4a de 1992, consagra que: “Nadie
podrá desempeñar simultáneamente más de un empleo público, ni recibir más de
una asignación que provenga del Tesoro Público, o de empresas o de
instituciones en las que tenga parte mayoritaria el Estado. Exceptúanse
las siguientes asignaciones: (…) f. Los honorarios percibidos por los miembros
de las juntas directivas, en razón de su asistencia a las mismas, siempre que
no se trate de más de dos juntas. (...)”. Que el artículo 2.5.3.1.3 del Decreto Nacional 1068 de 2015 señala que los
honorarios de los miembros de las juntas directivas de sociedades
descentralizadas del orden distrital serán fijados por las respectivas
asambleas de accionistas. Que el artículo 2.5.3.1.4 del Decreto Nacional 1068 de 2015, señala que los
honorarios de los miembros de las Juntas Directivas se fijarán por resolución. Que el Decreto Distrital 202 del 2 de
abril de 2018, fija los honorarios de los miembros de las juntas y consejos
directivos de los Establecimientos Públicos, Empresas Industriales y
Comerciales, Sociedades Públicas, y Unidades Administrativas Especiales con
Personería Jurídica del Distrito Capital. Para las Entidades que tengan
aprobado un presupuesto igual o mayor a 1.280.013, Salarios Mensuales Mínimos
Legales Vigentes, se fijó como tope hasta cuatro (4) Salarios Mínimos Mensuales
Legales Vigentes por asistir a una sesión ordinaria o extraordinaria. Que la Asamblea General de Accionistas de
TRANSMILENIO S.A. en reunión del 23 de abril de 2018, determinó los honorarios
de los miembros de la Junta Directiva de la entidad, por lo que en virtud de lo
contemplado en el artículo 43 de los Estatutos de la sociedad se expide el
presente acto administrativo. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO:
Los Miembros
de la Junta Directiva de TRANSMILENIO S.A., percibirán honorarios equivalentes
a dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes, por asistir a las
sesiones ordinarias y extraordinarias de la Junta Directiva de la entidad. ARTÍCULO SEGUNDO: Por las sesiones
ordinarias o extraordinarias de Junta Directiva realizadas en un mismo día sólo
podrá pagarse el equivalente a una sesión de Junta Directiva. ARTÍCULO TERCERO: Por las reuniones de
Junta Directiva no presenciales, se pagará la mitad de los honorarios
establecidos en el artículo 1º de la presente Resolución. ARTÍCULO CUARTO: La presente Resolución
rige a partir de la fecha de su expedición y deroga los actos que sean contrarios
a la misma. PUBLÍQUESE Y
CÚMPLASE. Dada en
Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de abril del año 2018. MARIA
CONSUELO ARAÚJO CASTRO Gerente General |