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Resolución 639 de 2018 Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD

Fecha de Expedición:
28/05/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
05/06/2018
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6326 del 5 de junio de 2018.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 639 DE 2018

 

(Mayo 28)

 

Por la cual se adiciona la Resolución No. 0014 del 12 de enero de 2018 “Por la cual se constituye y establece el funcionamiento de la caja menor general de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital para la vigencia fiscal del año 2018"

 

LA DIRECTORA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL -UAECD-,

 

en ejercicio de sus atribuciones legales, reglamentarias y estatutarias, en especial las conferidas en el Acuerdo 003 de 2012 expedido por el Consejo Directivo de la UAECD y las del artículo 3 del Decreto N.° 061 del 14 de febrero de 2007 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante Decreto N.° 061 del 14 de febrero de 2007 expedido por el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., se reglamentó el funcionamiento de las cajas menores y los avances en efectivo, para los órganos que conforman el presupuesto anual y las entidades distritales con régimen presupuestal de Empresas Industriales y Comerciales del Estado respecto de las transferencias de la Administración Central, las Empresas Sociales del Estado y los Fondos de Desarrollo Local.

 

Que mediante Resolución No. 0014 del 12 de enero de 2018, se constituyó la Caja Menor General de la UAECD para la presente vigencia fiscal, con una cuantía mensual de cinco millones de pesos m/cte. ($5.000.000), amparados con el certificado de disponibilidad No. 75 del 10 de enero de 2018 por treinta y un millones doscientos treinta y seis mil pesos m/cte. ($31.236.000), expedido por el responsable de presupuesto de la UAECD.

 

Que de acuerdo con el artículo décimo de la citada resolución, se designa como responsable del manejo de la Caja Menor de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital a quien desempeñe el cargo de Profesional Universitario 219 Grado 02 de la Subgerencia Administrativa y Financiera cuya función se encuentra en el manual de funciones, a su vez como Ordenador de Gasto de la Caja Menor a quien se desempeñe como Gerente de Gestión Corporativa de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.

 

Que de acuerdo con el artículo décimo primero de la Resolución No. 0014 del 12 de enero de 2018, los cargos de Ordenador del Gasto y Responsable del Manejo de la Caja Menor de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital deberán estar amparados por la póliza global de manejo.

 

Que teniendo en cuenta el artículo 16° del Decreto Distrital No. 61 del 2007, se adiciona un artículo a la Resolución No. 0014 de 2018, con el fin de determinar la situación administrativa de Cambio de Responsable del Manejo de la Caja Menor cuando esto sea de forma definitiva o temporal según sea el caso para cada vigencia fiscal.

 

Que en mérito de lo expuesto, la Directora de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°. Adicionar la Resolución No. 0014 del 12 de enero de 2018, incluyendo un artículo el cual quedará así:

 

“ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO. Cambio de Responsable. Cuando se cambie en forma definitiva el responsable del manejo de la Caja Menor, deberá hacerse una legalización efectuando el reembolso total de los gastos realizados con corte a la fecha del cambio.

 

Parágrafo. Cuando el responsable de la Caja Menor se encuentre de vacaciones, incapacidad, licencia o comisión, se encargará de su manejo temporal al Subgerente Administrativo y Financiero mientras subsista la situación administrativa, para lo cual solo se requiere la entrega de los fondos y documentos mediante arqueo, al recibo y a la entrega de la misma, lo que deberá constar en los documentos soportes”.

 

ARTÍCULO 2°. Los demás artículos de la Resolución No. 0014 del 12 de enero de 2018 continúan sin modificación alguna.

 

ARTÍCULO 3°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 28 días del mes de mayo del año 2018.

 

CLAUDIA PUENTES RIAÑO

 

Directora