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Resolución 006 de 2018 Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD

Fecha de Expedición:
10/07/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
19/07/2018
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6356 del 19 de julio de 2018.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 006 DE 2018

 

(Julio 10)

 

Por la cual se modifica la planta de cargos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD – establecida por su Junta Directiva mediante Resolución 007 de 2017, en el sentido de crear un (1) cargo de Trabajador Oficial, a fin de dar cumplimiento a un fallo judicial

 

LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACION Y DEPORTE

 

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 55 del Decreto Ley 1421 de 1993, numeral 7° del artículo 17 de la Resolución de Junta Directiva No. 05 de mayo 13 de 1997, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el señor MIGUEL ANTONIO SALINAS RINCÓN, identificado con la cédula de ciudadanía No. 19.110.125 de Bogotá, instauró en contra del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, demanda ante la justicia laboral ordinaria con el fin de obtener el reintegro en el cargo que venía desempeñando y el pago de acreencias laborales dejadas de percibir desde el momento de su desvinculación hasta el del reintegro efectivo.

 

Que el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Bogotá, en fallo del 28 de febrero de 2008, absolvió al IDRD de todas y cada una de las pretensiones de la demanda en su contra presentadas por el apoderado del señor MIGUEL ANTONIO SALINAS RINCON.

 

Que el fallo anteriormente mencionado fue confirmado por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, mediante sentencia proferida el 28 de febrero de 2011, dentro del proceso ordinario instaurado por el apoderado del señor MIGUEL ANTONIO SALINAS RINCON.

 

La Honorable Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Laboral Sala de Descongestión 4, al decidir el Recurso Extraordinario de Casación interpuesto por el apoderado del señor MIGUEL ANTONIO SALINAS RINCON, mediante decisión identificada bajo el número SL990-2018 del 7 de marzo de 2018, resolvió lo siguiente:

 

 (…) “ CASA la sentencia proferida el veintiocho (28) de febrero de dos mil once (2011) por la Sala de Descongestión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C., dentro del proceso ordinario laboral promovido por MIGUEL ANTONIO SALINAS RINCÓN contra la empresa INSTITUTO DISTRITAL PARA LA RECREACIÓN Y EL DEPORTE- IDRD

 

  En Sede de instancias RESUELVE:

 

 PRIMERO: REVOCAR la sentencia proferida el 28 de febrero de 2008 por el juzgado Cuarto de Descongestión del Circuito de Bogotá, para en su lugar, CONDENAR a la entidad demandada, Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte, a reintegrar al actor desde el 30 de abril de 2001 al mismo cargo que desempeñaba al momento de su despido o a otro de igual categoría y remuneración y a pagar indexados los salarios y prestaciones sociales legales y convencionales, son su respectivos incrementos, que sean compatibles con el reintegro, dejados de percibir desde el momento del despido hasta cuando se efectúe el reintegro. A su vez se autoriza al demandado para que descuente las sumas que le fueron canceladas al trabajador con ocasión de la terminación del contrato de trabajo, incluyendo la indemnización convencional por despido injusto. (...)”

 

Que de conformidad con lo expuesto y como quiera que no existen en la planta de empleos del IDRD cargo vacante de Trabajador Oficial, es necesario crear un cargo, con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Fallo Judicial, el cual pertenece al mismo nivel ocupacional y tendrá funciones y sueldo básico equivalentes a las que correspondían al cargo que ocupaba el demandante al momento de su desvinculación.

 

Que así mismo es importante traer a colación algunos apartes de la Sentencia C-367 de 2014, proferida por el Alto Tribunal Constitucional, donde frente al cumplimiento de fallos judiciales, se ha pronunciado definiéndolas como órdenes de obligatorio cumplimiento que reconocen derechos a favor de las personas, en virtud de las cuales, la autoridad demandada tiene la obligación perentoria de cumplir con exactitud y oportunidad lo judicialmente ordenado, en el siguiente sentido:

 

“4.2. El deber de acatar las providencias judiciales y los poderes del juez para hacerlas cumplir. Reiteración de jurisprudencia.

 

4.2.1. Cumplir con las providencias judiciales en un imperativo del Estado Social y Democrático de Derecho. El Derecho a acceder a la justicia implica, para ser real y efectivo, al menos tres obligaciones, a saber: (i) la obligación de no hacer del estado (deber de respeto del derecho), en el sentido de abstenerse de adoptar medidas que tengan por resultado impedir o dificultar el acceso a la justicia o su realización y de evitar tomar medidas discriminatorias respecto de este acceso; (ii) la obligación de hacer del Estado (deber de protección del derecho), en el sentido de adoptar medidas para impedir que terceros interfieran u obstaculicen el acceso a la administración de Justicia del titular del derecho; y (iii) la obligación de hacer del Estado (deber de realización del derecho), en el sentido de facilitar las condiciones del derecho y hacer efectivo su goce”.

 

Que el Instituto Distrital de Recreación y Deporte, mediante oficio radicación 20183100067741 del 30 de abril de 2018, solicitó al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital concepto técnico favorable para la creación de un cargo de Trabajador Oficial.

 

Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital expidió concepto técnico favorable a la modificación de la planta de personal del IDRD, mediante oficio 2018EE99701 del 8 de mayo de 2018 y radicación IDRD 20182100136062 del 10 de mayo de 2018, sobre la creación de un (1) cargo de trabajador oficial, a efecto de adelantar las acciones pertinentes para dar cumplimiento a lo decretado en el fallo judicial antes aludido.

 

Que el Instituto Distrital de Recreación y Deporte, mediante oficio radicación IDRD 20183100084271 del 23 de mayo de 2018, solicitó a la Secretaría Distrital de Hacienda viabilidad presupuestal para la creación de un cargo de Trabajador Oficial.

 

Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda, emitió Viabilidad Presupuestal a la modificación de la planta de personal del IDRD, mediante 2018ER5876301 del 25 de mayo de 2018 y radicación IDRD 20182100174812 del 19 de junio de 2018, sobre la creación de un (1) cargo de trabajador oficial, a efectos de adelantar el reintegro decretado en el fallo judicial antes aludido.

 

Que la Junta Directiva del Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD, en sesión y Acta No. 04 del 10 de julio de 2018, consideró y aprobó la creación de un (1) cargo de trabajador oficial, de acuerdo con los conceptos emitidos por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital y la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda.

 

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Modificar la Planta de cargos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD –  establecida por su Junta Directiva mediante la Resolución 007 de 2017, en el sentido de crear un (1) cargo de Trabajador Oficial, con el fin de dar cumplimiento a un fallo judicial, el cual se relaciona a continuación:

 

TRABAJADOR OFICIAL

 

NÚMERO DE CARGOS

DENOMINACIÓN

SUELDO BÁSICO

1 (UNO)

Técnico de Mantenimiento

  $1.502.305


PARÁGRAFO: Una vez que el señor MIGUEL ANTONIO SALINAS RINCON, sea retirado del servicio por cualquiera de las causales establecidas en la Ley, el cargo señalado en el presente artículo se entenderá suprimido automáticamente de la planta de personal del IDRD.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, a los 10 días del mes de julio del año 2018.

 

MARÍA CLAUDIA LÓPEZ SORZANO

 

PRESIDENTA

 

LUZ PATRICIA CAMELO URREGO

 

SECRETARIA