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RESOLUCIÓN 322 DE 2018
(Junio 06)
Por la cual se adoptan los acuerdos alcanzados en la negociación colectiva entre la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos y el Sindicato de Empleados de la UAESP - SEUAESP
LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS PÚBLICOS
En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el Acuerdo No. 011 de 2014 del Consejo Directivo de la UAESP y en el Decreto No. 160 de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto No. 160 de 2014 el Gobierno Nacional reglamentó la Ley 411 de 1997 en lo relativo a los procedimientos de negociación y solución de controversias con las organizaciones de empleados públicos.
Que el artículo 11 del Decreto No. 160 de 2014 señala los términos y etapas de la negociación colectiva con organizaciones de empleados públicos
Que mediante oficio con radicado No. 2018-700-006894-2 del 28 de febrero de 2018, el Sindicato de Empleados de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos - SEUAESP, remitió al Director General (E) el Pliego de Solicitudes de dicha organización y solicitó la designación de negociadores por parte de la administración y la instalación de la mesa de negociación.
Que mediante Resolución No. 106 del 2 de marzo de 2018 se designaron los representantes de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos para la negociación del pliego de solicitudes presentado por el Sindicato de Empleados de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos.
Que la discusión del Pliego de Solicitudes presentado se inició el día 9 de marzo de 2018 con la instalación de la mesa de negociación, la presentación de los negociadores de cada una de las partes y la concertación del cronograma y las reglas de la negociación, conforme lo establece el acta No. 1 de la misma fecha.
Que la negociación se adelantó teniendo en cuenta los términos previstos en el artículo 11 del Decreto No. 160 de 2014, agotándose los 20 días hábiles previstos el día 10 de abril de 2018 y siendo necesario recurrir a los 20 días de prórroga.
Que el día 9 de mayo de 2018 se puso fin a la negociación, existiendo acuerdo parcial respecto de los puntos objeto de la negociación, en los términos señalados para tal efecto en el Acta Final suscrita por los negociadores de las partes en la misma fecha y que se transcriben en la parte resolutiva de la presente Resolución.
Que de conformidad con lo señalado en el artículo 14 del Decreto No. 160 de 2014, concluida la etapa de negociación y suscrita el acta final, la entidad empleadora expedirá los actos administrativos a que haya lugar para el cumplimiento de los acuerdos.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO. Adoptar los acuerdos y conclusiones alcanzadas en la mesa de negociación colectiva entre la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos, por una parte y el Sindicato de Empleados de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos- SEUAESP, y que constan en el Acta Final de la Negociación suscrita el día 29 de mayo de 2018, en los siguientes términos:
Capítulo I - Política Sindical
- Garantía para el ejercicio sindical:
La Subdirección Administrativa y Financiera revisará el mecanismo para comunicar a los jefes con suficiente antelación los permisos sindicales que se otorguen a los funcionarios, con la finalidad de que se procure el equilibrio entre el desarrollo de la actividad sindical y las labores a desempeñar en cumplimiento del servicio.
La Unidad continuará dando cumplimiento a lo establecido en el literal a, del numeral 4.1., del punto 4., del acuerdo colectivo firmado en el año 2017 y adoptado mediante la Resolución No. 295 de 2017.
Capítulo II - Administrativos.
- Parqueaderos.
La UAESP informa que se han Instalado 33 biciparqueaderos en la sede principal de la Unidad, 11 en la sede de la Alquería y 11 en el archivo central, para un total de 55, número que excede el mínimo establecido en la Ley 1811 de 2016.
- Recursos para el buen servicio y funcionamiento de la entidad.
La Unidad continuará dando cumplimento a lo establecido en el artículo 3 de la Resolución 785 de 2014 en cuanto al servicio telefónico; para el efecto, se expedirá el respectivo reglamento dentro de los seis meses siguientes a la firma del acuerdo.
Capítulo III - Bienestar.
- Restaurante, alimentos y condiciones de espacios para consumo de alimentos.
La UAESP concederá tres espacios físicos para la instalación de máquinas dispensadoras de alimentos cuya administración y responsabilidad estará a cargo del sindicato. La Subdirección Administrativa y Financiera coordinará con el sindicato la ubicación de tales espacios.
La UAESP informa que se continuarán realizando las acciones requeridas en cuanto al mantenimiento del lugar destinado a la cafetería y consumo de alimentos de los funcionarios.
- Transporte.
a. En cumplimiento del acuerdo colectivo 2017 adoptado mediante la Resolución 295 de 2017 numeral 2.8, literal a, la UAESP presentará a más tardar el 30 de noviembre de 2018, los resultados del estudio de la viabilidad para la prestación del servicio de transporte para los trabajadores de la Unidad.
- Adquisición y mejoramiento de vivienda para los trabajadores
a. La UAESP informa que continuará realizando una (1) feria de vivienda anual a más tardar para el mes de octubre generando la participación de oferentes públicos y/o privados (constructoras, entidades financieras, remates, entre otros), cuyos programas de vivienda se orienten a la adquisición, remodelación y/o mejoras de bienes inmuebles para los empleados y sus grupos familiares.
b. De igual forma la UAESP solicitará respuesta del Fondo Nacional del Ahorro - FNA y de la Caja de Compensación Familiar Compensar en cuanto a los posibles beneficios adicionales para descuentos, subsidios y menores tasas de interés en proyectos de vivienda para los trabajadores de la entidad. Así mismo, divulgará en la intranet y por medio del correo electrónico a todos los servidores de la entidad, los beneficios adicionales que estas entidades puedan ofrecer.
- Elementos médicos y salud.
La UAESP, a través de la Subdirección Administrativa y Financiera, invitará a más oferentes a participar en las jornadas que se realicen dentro de la semana salud, para que ofrezcan sus servicios a los funcionarios de la entidad.
Capitulo IV - Capacitación.
La UAESP Invitará a entidades de educación superior y al FRADEC a ofrecer su portafolio educativo a más tardar en el mes de noviembre de 2018.
Capítulo V - Acuerdos Anteriores y Otros
El presente Acuerdo Colectivo recoge los anteriores acuerdos, excepto en aquellos puntos a los cuales ya se dio cumplimiento y no son de carácter permanente.
El Sindicato de empleados de la UAESP se encargará del diseño y diagramación total de los folletos y la UAESP proporciona impresión en blanco y negro para 100 folletos en los equipos de impresión de la Unidad y solamente por esta vigencia.
El presente acuerdo laboral estará vigente a partir del día primero (1) de junio de 2018 y hasta el 27 de febrero de 2019.
PARÁGRAFO PRIMERO. De conformidad con lo previsto en el Estatuto Orgánico de Presupuesto y en el numeral 2 del artículo 3 del Decreto 160 de 2014, el cumplimiento de los acuerdos alcanzados en la mesa de negociación que impliquen gasto, estará sujeto a la expedición de la respectiva disponibilidad presupuestal.
PARÁGRAFO SEGUNDO. En todo caso, la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos dará cumplimiento a lo establecido en la Circular Externa No. 100-10-2016, expedida por la Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública, en el sentido de respetar los derechos adquiridos por los empleados públicos como resultado de los acuerdos colectivos suscritos entre las organizaciones sindicales y la Administración Pública y los reconocidos en actos administrativos expedidos de conformidad con la Constitución y la ley.
ARTICULO SEGUNDO. Conformar la Comisión Paritaria de Seguimiento al cumplimiento de los acuerdos alcanzados en la negociación, la cual estará integrada, por parte de la administración, por los funcionarios que sean designados por la Directora General para tal efecto, y por parte del sindicato, por los funcionarios que la organización sindical designe e informe a la Dirección General de la Unidad.
ARTICULO TERCERO. Comunicar el contenido de la presente Resolución, así como las actas suscritas dentro de la negociación colectiva, al Ministerio de Trabajo, así como a la Subdirección Administrativa y Financiera de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos y al Sindicato de Empleados de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos - SEUAESP.
ARTÍCULO CUARTO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C. a los 06 días del mes de junio del año 2018.
La Directora General de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos,
BEATRIZ ELENA CARDENAS CASAS |