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ACUERDO 714 DE 2018
(Septiembre 10) Por medio del cual se efectúa una adición en el presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2018 y se dictan otras disposiciones EL CONCEJO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL
En uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por los artículos 66 y 71 del Decreto Distrital 714 de 1996. Ver Proyecto de Acuerdo 318 de 2018 Concejo de Bogotá, D.C.
CONSIDERANDO:
Que mediante el Acuerdo Distrital 694 del 28 de diciembre de 2017, se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018, el cual fue liquidado por el Decreto Distrital 816 del 28 de diciembre de 2017.
Que de conformidad con el Artículo 63 del Decreto Distrital 714 de 1996, cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones.
Que de conformidad con el Artículo 65 ídem, cuando durante la ejecución del Presupuesto Anual del Distrito se hiciere indispensable aumentar el monto de las apropiaciones, para complementar las insuficientes, ampliar los servicios existentes o establecer nuevos servicios autorizados por la Ley, se pueden abrir créditos adicionales por el Concejo o por el Gobierno, con arreglo a las disposiciones legales.
Que de conformidad con el Artículo 66 ídem, cuando sea indispensable aumentar la cuantía de las apropiaciones autorizadas inicialmente o no comprendidas en el presupuesto por conceptos de gastos de funcionamiento, servicio de la deuda pública e inversión, el Gobierno Distrital presentará al Concejo Distrital la propuesta sobre traslados y créditos adicionales al presupuesto mediante Proyectos de Acuerdo.
Que de conformidad con el Artículo 71 ídem, los créditos adicionales al Presupuesto de gastos sólo podrán ser abiertos por el Concejo Distrital a solicitud escrita del Gobierno, por conducto de la Secretaría de Hacienda.
Que de acuerdo con el informe de Situación Fiscal de la Administración Central a diciembre de 2017, se cuenta con recursos del balance por multas de tránsito por valor de $19.844.500.000 disponibles presupuestalmente, y un superávit con recursos de libre destinación, por valor de $1.104.624.918.442, de los cuales fueron incorporados en el presupuesto de 2018 aprobado por el Concejo de Bogotá D.C., la suma de $493.461.944.000, quedando un saldo de recursos de libre destinación sin afectación presupuestal por valor de $611.162.974.442.
Que teniendo en cuenta los documentos del Departamento Nacional de Planeación SGP-23 de 2017 “Distribución última doceava de las participaciones para Agua Potable y Saneamiento Básico, Propósito General, y de las asignaciones especiales para los municipios ribereños del Río Grande de la Magdalena, Programas de Alimentación Escolar y Resguardos Indígenas, vigencia 2017”, y SGP-26-2018, “Distribución de las once doceavas de las participaciones de Salud (componente prestación de servicios de salud en lo no cubierto con subsidios a la demanda y financiación del subsidio a la oferta), Agua Potable y Saneamiento Básico, Propósito General, y asignaciones especiales de municipios ribereños del Río Grande de la Magdalena, Programas de Alimentación Escolar y Resguardos Indígenas, vigencia 2018”, la asignación de la bolsa de Propósito General para Bogotá presenta un saldo a favor frente a lo presupuestado, por lo cual es necesario ajustar el presupuesto de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte en $1.018.136.000, y del Instituto Distrital de Recreación y Deporte- IDRD en $1.357.513.770, para fortalecer y sostener las bibliotecas públicas de la ciudad, y garantizar las condiciones óptimas para las competencias de los deportistas de alto rendimiento, respectivamente.
Que mediante los documentos citados SGP-23 de 2017 y SGP-26 de 2018, la asignación de los recursos de la participación para Agua Potable y Saneamiento Básico del Sistema General de Participaciones para Bogotá, presenta un mayor valor al aforado en el presupuesto para la presente vigencia por $2.090.198.535, los cuales requieren adicionarse en la Secretaría Distrital de Hacienda UE 02, en el rubro “Río Bogotá”, para dar cumplimiento a la orden 4.44 de la Sentencia del Consejo de Estado del Río Bogotá.
Que el Ministerio de Educación Nacional – MEN, como resultado de los cálculos de la totalidad de recursos complementarios para educación, provenientes del Sistema General de Participaciones-SGP, presentó asignaciones en diciembre de 2017 que no alcanzaron a ser incorporadas en el presupuesto de la Secretaría de Educación del Distrito constituyéndose como un superávit fiscal, por lo que se hace necesario incorporar en el presupuesto 2018 recursos por $44.304.381.000, en el proyecto de inversión 0898 “Administración del talento humano”, con el objeto de financiar el pago de la nómina de docentes y administrativos.
Que la Secretaría de Educación del Distrito requiere adicionar recursos por $47.000 millones de fuente ordinaria con cargo al proyecto de inversión 0898 “Administración del talento humano”, para financiar la diferencia entre el incremento proyectado del 6% en el presupuesto 2018, y el incremento aprobado por los Decretos Nacionales 316 y 317 de 2018 del 7.19%, sobre las asignaciones básicas mensuales, primas legales, prestaciones y aportes de 5.170 docentes.
Que la Secretaría General requiere efectuar una adición de $1.234 millones de fuente ordinaria, acreditando el proyecto de inversión 1156 “Bogotá Mejor para las víctimas, la paz y la reconciliación” cuyo objetivo general es el de “Mejorar la coordinación de las entidades responsables en la implementación de la política pública de víctimas, la paz y la reconciliación en el Distrito”, con el propósito de fortalecer y aumentar la cobertura de la población víctima beneficiaria de las líneas de acción “Retornos y reubicaciones” y “Gestión para la estabilización socioeconómica”.
Que la Secretaría Distrital de Movilidad para la implementación del Sistema de Detección Electrónica de Infracciones de Tránsito (DEI), requiere de una adición de recursos de $19.845 millones de fuente Recursos de Balance-Multas con cargo al proyecto de inversión 1032 “Gestión y control de tránsito y transporte”, para soportar la Central de Procesamiento de Infracciones de Tránsito (CPIT) de acceso web y de equipos detección en vía, la cual integrará todas las fuentes de información que reportan detección de infracciones de tránsito, contribuyendo a mejorar la seguridad vial y la cultura ciudadana en pro de la movilidad en la ciudad.
Que la Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte, requiere recursos con fuente ordinaria por $3.740 millones para el desarrollo de inversiones tales como la realización del “Salón Nacional de Artistas”, la “Convención Economía de la Noche”, la administración y operación de las zonas comunes del centro cultural Biblioteca Julio Mario Santo Domingo, la divulgación del evento de navidad, realización del censo de artistas, y la elección de consejeros culturales y deportivos de las 20 localidades.
Que la Secretaría Distrital de Planeación, para fortalecer los proyectos 0984 “Producción y análisis de información para la creación de política pública, focalización del gasto público y seguimiento al desarrollo urbano” y 7504 “Fortalecimiento del sistema de seguimiento y evaluación de los instrumentos del Plan de Desarrollo”, requiere adicionar al presupuesto 2018, $658.2 millones y $2.000 millones respectivamente, financiados con fuente ordinaria, necesarios para adicionar el contrato con el que se atiende la demanda de solicitudes de los ciudadanos que aspiran acceder a los diferentes programas sociales y que se atienden con la metodología III de Sisbén; y para renovar la herramienta de seguimiento al plan de desarrollo, el SEGPLAN, en el aspecto tecnológico y de optimización en cuanto a la captura y acceso a la información y que se vincule de manera estructural con el ciclo de política pública y el Plan de Ordenamiento territorial – POT.
Que la Secretaría Distrital de la Mujer, de conformidad con los cambios aceptados por la Administración Distrital propuestos en las ponencias para primer debate, requiere una adición de recursos por $1.000 millones de fuente ordinaria, con el propósito de realizar inversiones relacionadas con su misionalidad.
Que la Secretaría Distrital de Integración Social, requiere adicionar al presupuesto de 2018 la suma de $5.145 millones de fuente ordinaria, para garantizar la atención integral de los niños y niñas en los Jardines Infantiles, mediante la compra y distribución de equipos antropométricos y la contratación de menaje de cocina; financiar el normal funcionamiento y la prestación de los servicios integrales de aseo y cafetería en las diferentes unidades operativas, sedes y centros de la SDIS; desarrollar la identificación y focalización de 25.000 hogares que hacen parte de la población más vulnerable, y aplicar un instrumento para la caracterización de sus condiciones de vulnerabilidad.
Que la Secretaría Distrital de Ambiente - SDA en marco de su misión, requiere una adición de recursos de fuente ordinaria por $16.891 millones para el desarrollo de inversiones tales como el proyecto del Corredor Ambiental Tunjuelo- Chigüaza, en el cual la SDA debe adelantar la ejecución del tramo del Parque Entrenubes; adquisición de monitores analizadores para fortalecer el monitoreo y captura de datos en las estaciones; adquisición de tres estaciones de monitoreo de red para las zonas en donde no hay cobertura; adquisición e implementación de diez estaciones móviles de monitoreo de ruido; adquisición de una plataforma tecnológica que permita estructurar la gestión para la reducción de la contaminación atmosférica; y adecuación del semisótano y cafetería de la entidad, para mejorar las condiciones a los servidores de la SDA.
Que el Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público – DADEP, requiere recursos adicionales por $7.000 millones de fuente ordinaria, con destino al proyecto 1065 “Cuido y defiendo el espacio público” para la estructuración de mecanismos efectivos para la sostenibilidad integral, defensa, y pertenencia de los espacios públicos ya recuperados, a través de la suscripción de un convenio con el Instituto Distrital para la Protección de la Niñez y la Juventud - IDIPRON, con el que se conformarán grupos de apoyo a las estrategias de sostenibilidad, apoyo técnico a las Alcaldías Locales y recuperación de ejes viales y labores de sensibilización en las estaciones de Transmilenio.
Que el Instituto Distrital de Recreación y Deporte — IDRD, a través del proyecto 1082 “Construcción y adecuación de parques y equipamientos para todos”, con el objeto de seguir consolidando espacios públicos adecuados para la recreación y el deporte en la ciudad y el aprovechamiento del tiempo libre de la comunidad, requiere la adición de $100.000 millones de fuente ordinaria, con lo cual aumenta la magnitud programada para el cuatrienio al pasar de 50 a 58 parques vecinales construidos y/o mejorados, de 24 a 28 parques metropolitanos zonales y/o equipamientos construidos y/o mejorados, y de 39 a 47 en diseños y estudios de parques o equipamientos de diferentes escalas.
Que el Instituto Distrital de Recreación y Deporte — IDRD, a través del proyecto 1145 “Sostenibilidad y mejoramiento de parques, espacios de vida”, tiene programado realizar actividades de adecuación y mejoramiento integral de parques vecinales y de bolsillo, aumentando la cobertura de 219 a 252 parques, por lo que requiere adicionar recursos por $20.843 millones de fuente ordinaria, en atención a la situación actual del Sistema Distrital de Parques, en el que se evidencia la falta de apropiación, su uso inadecuado y baja valoración.
Que el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural – IDPC, requiere efectuar una adición en el presupuesto de 2018, dirigida al proyecto 1114 “Intervención y conservación de los bienes muebles e inmuebles en sectores de interés del Distrito Capital”, por $1.700 millones, con el fin de realizar obras de reforzamiento estructural y de restauración en la Basílica Menor del Voto Nacional y obras de intervención de seis (6) monumentos conmemorativos considerados de gran impacto urbano para la ciudad.
Que el Jardín Botánico “José Celestino Mutis”, de conformidad con los cambios aceptados por la Administración Distrital propuestos en las ponencias para primer debate, queda con una adición de recursos por $2.423 millones de fuente ordinaria, con el propósito de realizar inversiones relacionadas con su misionalidad.
Que en cumplimiento a las líneas estratégicas del Plan de Desarrollo "Bogotá Mejor para Todos 2016-2020", el Instituto Distrital de las Artes- IDARTES, para fortalecer los proyectos 1010 “Gestión de la infraestructura cultural y deportiva nueva, rehabilitada y recuperada” y 1017 “Arte para la transformación social: Prácticas artísticas incluyentes, descentralizadas al servicio de la comunidad”, requiere adicionar al presupuesto 2018, $4.000 millones y $1.000 millones respectivamente, financiados con fuente ordinaria. Ello con el fin de desarrollar entre otras inversiones, parte de la dotación general, tecnológica y especializada para la puesta en marcha de la nueva Cinemateca de Bogotá, las adecuaciones y mantenimientos del Teatro San Jorge y Teatro Jorge Eliécer Gaitán, las actividades artísticas en la temporada navideña, el apoyo logístico al evento “Fiesta de Bogotá”, diversas intervenciones urbanas en marco de la iniciativa Distrito Grafiti, y el desarrollo convocatoria Bogotá en 100 palabras.
Que de acuerdo con la disponibilidad de recursos generados por los establecimientos públicos disponibles para apropiar, la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos – UAESP, requiere adicionar al proyecto 1109 “Manejo integral de residuos sólidos en el Distrito Capital y la Región”, el valor de $49.297 millones con fuente recursos administrados provenientes del proceso de Licitación Pública 02/2017, como aporte económico voluntario para las “Obligaciones de Hacer” por parte de los concesionarios adjudicados, figura incorporada en el Plan de Desarrollo “Bogotá Mejor Para Todos”, donde se establece: “con el fin de garantizar la prestación adecuada del servicio público de aseo, la UAESP implementará obligaciones de hacer”, por lo que en la Licitación Pública No. 02 de 2017 para la prestación del servicio de aseo en Bogotá, en el anexo 14 del pliego de condiciones se incluye esta figura dentro de las áreas de servicio exclusivo en la ciudad de Bogotá D.C. (Ley 142 de 1994, artículo 40), y corresponden a un conjunto de actividades orientadas a garantizar condiciones especiales de calidad en la prestación integral del servicio público de aseo; es decir, corresponden a las actividades que se encuentran establecidas en la regulación y reconocidas por la misma, pero cuya frecuencia y calidad se requieren en mayor proporción a lo regulado.
Que en mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
ARTÍCULO 1º. - Adicionar el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018, en la suma de Trescientos Treinta y Dos Mil Quinientos Noventa y Seis Millones Ciento Sesenta y Seis Mil Trescientos Cinco Pesos M/cte. ($332.596.166.305), conforme al siguiente detalle:
ADMINISTRACIÓN CENTRAL
ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS
ARTÍCULO 2º. - Adicionar el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018, en la suma de Trescientos Treinta y Dos Mil Quinientos Noventa y Seis Millones Ciento Sesenta y Seis Mil Trescientos Cinco Pesos M/cte. ($332.596.166.305), conforme al siguiente detalle:
ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS
ARTÍCULO 3°.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D.C. a los 10 días del mes de septiembre del año 2018.
DANIEL ANDRÉS PALACIOS MARTÍNEZ
Presidente
DAGOBERTO GARCÍA BAQUERO
Secretario General de Organismo de Control
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO
Alcalde Mayor de Bogotá, D.C. |
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