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Acuerdo Local 001 de 2018 Junta Administradora Local de Usaquén

Fecha de Expedición:
17/03/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
07/09/2018
Medio de Publicación:
Registro Distrital 6388 del 7 de septiembre de 2018
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO LOCAL 001 de 2018

(Marzo 17)

Por medio del cual se crea y reglamenta el Consejo Local de la Economía Creativa (Consejo Naranja) de la Localidad Primera de Usaquén

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE USAQUÉN

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el Artículo 322, 323 y 324 de la Constitución Política de Colombia, el numeral 4 del Artículo 69 del Decreto Ley 1421 de 1993, y el Decreto 372 de 2010 y el Acuerdo Local 006 de 2015 en sus artículos 62, 64 y 65:

Ver Ley 2319 de 2023.,

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO. Objeto. Créase el Consejo Local de Economía Creativa (Consejo Naranja) de la Localidad Primera de Usaquén, como órgano asesor y consultivo de la Alcaldía Local.

ARTÍCULO SEGUNDO. Convocatoria. El (o la) Alcalde(sa) Local, dentro de los dos (2) meses siguientes a la expedición del presente Acuerdo Local, convocará a los miembros definidos en este Acuerdo para la conformación del Consejo Local de Economía Creativa (Consejo Naranja).

PARÁGRAFO: La difusión de la Convocatoria se realizará como mínimo 10 días calendario por parte de Alcaldía Local de Usaquén, que a su vez contará con el apoyo y asistencia técnica de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico y Secretaría Distrital de Cultura para propender dicha convocatoria.

ARTÍCULO TERCERO. Conformación. El Consejo Local de Economía Creativa (Consejo Naranja) estará integrado por:

- Dos (2) gestores o actores culturales, emprendedores, innovadores o representantes de los sectores de las economías creativas definidos en la Ley 1834 de 2017.

- El (la) Alcalde(sa) Local o su delegado.

- Un representante de la Mesa Intersectorial de Productividad y Competitividad.

- Un representante del Consejo Local de Arte, Cultura y patrimonio.

- Un representante de Secretaria de Distrital de Educación.

- El Edil presidente de la Comisión de Desarrollo Económico o quien haga sus veces en la Junta Administradora Local. (JAL)

- Un representante de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, quien cumplirá la labor de Secretaría Técnica y velará por el funcionamiento continuo y sostenido del consejo.

- Un representante de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

- Un representante del Instituto Distrital de las Artes (IDARTES).

- Un representante estudiantil de los colegios de la localidad.

- Un Representante de la Alta consejería Distrital de las TIC

- Un Representante de las Universidades en la localidad

Parágrafo Primero. El Consejo Local de Economía Creativa (Consejo Naranja) podrá invitar a entidades públicas locales y distritales, entidades educativas públicas y privadas, organizaciones privadas, gremios, empresas privadas, no gubernamentales, de naturaleza mixta, colectivos, fundaciones y/u órganos de control y vigilancia en caso de requerirse, o a quién se considere pertinente para el logro de sus objetivos.

Parágrafo Segundo. Los participantes en calidad de invitados tendrán el derecho a voz, pero no a voto.

Parágrafo Tercero. Los miembros del Consejo Local de Economía Creativa (Consejo Naranja) solo podrán delegar por escrito la asistencia en personas o funcionarios con capacidad de toma de decisión y pleno ejercicio del derecho a voz y a voto.

Parágrafo Cuarto. El Consejo Local de Economía Creativa (Consejo Naranja) podrá modificar el número de sus integrantes (siempre impar) por decisión autónoma y mayoritaria de sus miembros para que se garantice la participación plural y de equidad de género. Por lo tanto, por lo menos uno (1) de sus delegados, miembros o participantes será de género femenino, de acuerdo con lo previsto por el Decreto Distrital No. 503 de 2011.

Artículo Cuarto. Secretaria técnica: La Secretaría Técnica del presente Acuerdo, debe estar a cargo de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.

Artículo Quinto: Reglamento. El Consejo Local de Economía Creativa (Consejo Naranja) se dictará su propio reglamento, teniendo en cuenta las funciones y objetivos del presente Acuerdo y con observancia de la legislación vigente.

Artículo Sexto. Posesión. Los miembros del Consejo Local de Economía Creativa (Consejo Naranja) serán posesionados por el (la) Alcalde(sa) Local, o Represente de la Secretaría de Desarrollo Económico.

Parágrafo: Una vez posesionados, las entidades cabezas de sector que conforman el Consejo Local de Economía Naranja, propenderán para brindar capacitación, orientación y demás herramientas necesarias sobre las temáticas a abordar en este Consejo para el buen cumplimiento de sus objetivos. (Economía, Industrias Creativas, cultura…)

Artículo Séptimo. Periodo. Los miembros del Consejo Local de Economía Creativa (Consejo Naranja) tendrán un periodo fijo que coincidirá con el periodo de la Junta Administradora Local, sin perjuicio de los remplazos, designaciones, renuncias, o incapacidades temporales y/o permanentes de sus miembros.

Artículo Octavo. Funciones. Serán funciones del Consejo Local de Economía Creativa (Consejo Naranja) las siguientes:

1. Definir su propio reglamento.

2. Crear mesas de trabajo, estudio, comités u otras instancias para cumplir con su objetivo, y emitir sus recomendaciones.

3. Promover semestralmente, una capacitación entre todos los integrantes, en coadyuvancia con las Entidades sobre las Expresiones Artísticas, Industrias creativas, la Política Pública relacionada, innovación, entre otras herramientas pertinentes para los consejeros.

4. Motivar a la comunidad, a la ciudadanía, y a los diferentes actores para participar activamente, realizar o desarrollar actividades, industrias y proyectos relacionados y/o enmarcados dentro de la economía creativa (economía naranja) en la Localidad generando un impacto positivo en la ciudad.

5. Articular el mapeo existente de la economía creativa (economía naranja) en la localidad actualizándolo con nueva información, referencias y puntos estratégicos.

6. Contribuir a las Entidades afines, la elaboración de un mapa de la economía creativa (economía naranja) en la Localidad de Usaquén.

7. Diseñar planes, programas, estrategias y/u otras herramientas que orienten e influyan positivamente en la vida económica (economía naranja) de la Localidad.

8. Servir como órgano de consulta del (la) Alcalde(sa) Local y entidades competentes.

9. Ser escenario de la articulación de las diferentes entidades y miembros para tener trabajo unificado y de impacto.

10. Propender por el fortalecimiento de las políticas públicas de economía naranja e industrias creativas y ser veedor del cumplimiento de la misma.

11. Presentar anualmente informe de gestión ante la Junta Administradora Local de Usaquén en comisión de desarrollo económico. 1

2. Las demás que sean necesarias y guarden relación y concordancia con su objeto.

Artículo Noveno. Plan de Desarrollo. Las actividades, acciones, planes, programas, recomendaciones y demás relacionadas con las funciones del Consejo Local de Economía Creativa (Consejo Naranja), se circunscribirán al marco misional, presupuestal y al Plan de Desarrollo de la Administración Distrital y Local.

Artículo Decimo. Festival Naranja. Una vez al año se celebrará un “Festival Naranja” en la Localidad, el cual contará con el liderazgo de la Alcaldía Local, La Secretaría de Desarrollo Económico y Secretaría de Cultura, basado en las recomendaciones y directrices emanadas del Consejo Local de Economía Creativa (Consejo Naranja), y la participación de los diferentes actores y sectores de los que trata este Acuerdo. Debe velarse por tener la participación de entidades internacionales, nacionales, distritales, locales, empresas privadas, gremios y organizaciones relacionadas con la economía naranja.

Artículo Onceavo. Vigencia. El presente Acuerdo Local regirá a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 17 días del mes de marzo de 2018.

Aprobado en Primer Debate:

16 de marzo de 2018

Aprobado en Segundo Debate:

17 de marzo de 2018

Ponencia 1:

Lina Paola Caro Porras-

Partido Centro Democrático

Jesús María Vivas Mosquera- Partido Centro Democrático

Ponencia 2: Carolina Peña Serrano

- Partido Cambio Radical

María Victoria Lannini de Berger

- Partido Cambio Radical

Horacio de Jesús Estrada Gi

l- Partido Cambio Radical

Autor: Edil Carlos Andrés Flórez Sarmiento Partido Centro Democrático

CAROLINA PEÑA SERRANO

Presidente Junta Administradora Local de Usaquén

ERIKA SOLANYE LÓPEZ

Secretaria General

MAYDA VELÁSQUEZ RUEDA

Alcaldesa Local de Usaquén Agosto 21 de 2018