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ACUERDO 715 DE 2018 (Septiembre 18) Por el cual se
autoriza a la Administración Distrital, por medio de la Secretaría Distrital de Planeación, para asumir compromisos con cargo a Vigencias Futuras Ordinarias
para el año 2019 EL CONCEJO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL En uso de
sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el numeral 1º del
artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 14 del Decreto 714 de
1996 y el artículo 12 de la Ley 819 de 2003, y las demás normas vigentes, Ver Proyecto de Acuerdo 363 de 2018 Concejo de Bogotá, D.C. CONSIDERANDO: Que
la Administración Distrital podrá presentar para aprobación del Concejo
Distrital la asunción de compromisos que afecten presupuestos de vigencias
futuras, siempre que los proyectos estén consignados en el Plan de Desarrollo
respectivo. Que
dentro del Plan Distrital de Desarrollo 2016-2020 “Bogotá Mejor para Todos”, en
el Eje transversal Nuevo Ordenamiento Territorial, se encuentra enmarcado el
proyecto 0984 “Producción y análisis de información para la creación de
política pública, focalización del gasto público y seguimiento del desarrollo
urbano”, que tiene como objetivo general recopilar, actualizar y producir
información estratégica de ciudad, con el fin de proporcionar información
confiable y oportuna como insumo para la toma de decisiones en el Distrito
Capital. Que
el Sisben es el principal instrumento de focalización individual utilizado por
la gran mayoría de los programas sociales en el país desde 1995, que opera a
través de un sistema que permite el registro de las condiciones socioeconómicas
de los hogares para identificar potenciales beneficiarios de programas
sociales, mediante un índice o puntaje que representa las características
socioeconómicas de cada individuo a partir del cual es posible identificar a la
población que prioritariamente deba ser atendida; su operación se sustenta en
un esquema de articulación entre los entes territoriales y la Nación, con
competencias establecidas normativamente para cada nivel de gobierno, donde las
entidades territoriales tienen la responsabilidad de realizar el levantamiento
de la información y su actualización mediante visitas en el lugar de residencia
de los hogares. En la actualidad se utiliza la tercera versión del instrumento
(Metodología Sisben III), la cual comenzó su implementación en la ciudad de
Bogotá en el año 2010. Que
la Nación, a través del Departamento Nacional de Planeación - DNP, es
responsable de expedir la metodología y los lineamientos para la conformación
de la base de datos. Le corresponde al DNP adoptar los instrumentos técnicos
que deben ser utilizados y coordinar y supervisar los operativos a nivel
nacional. Por lo cual el Consejo Nacional de Política Económica y Social y el
Departamento Nacional de Planeación- DNP adoptaron el Documento CONPES 3877 de
2016, el cual aprueba el diseño e implementación de la nueva metodología Sisben
IV como también el proceso para su implementación a nivel nacional,
estableciendo la culminación del barrido de implementación en Bogotá para el
año 2019. Que
por lo anterior, la Secretaría Distrital de Planeación, requiere la asunción de
compromisos de vigencias futuras 2019 hasta por $14.996,1 millones, para
adelantar la implementación de la nueva metodología Sisben IV, los cuales se
financiarán con recursos Distrito por $12.958 millones pesos constantes de 2018
y recursos Nación por valor de $2.037,7 millones pesos constantes de 2018,
según comunicación 20185380384101 del Departamento Nacional de Planeación –
Subdirección de Promoción Social y Calidad de Vida. Que
de conformidad con lo establecido en el artículo 10, literal j, del Decreto
Distrital 714 de 1996, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal –
CONFIS en su Sesión N° 9 del 5 de julio de 2018 autorizó la asunción de
compromisos con cargo a vigencias futuras con el fin de continuar el trámite
ante el Concejo Distrital. Que
en mérito de lo expuesto, ACUERDA: ARTÍCULO 1°. Autorizase a la Secretaría Distrital
de Planeación para asumir compromisos con cargo a la vigencia futura 2019 hasta
por la suma de Catorce Mil Novecientos Noventa y Seis Millones Ciento
Veintinueve Mil Trescientos Treinta y Dos ($14.996.129.332) pesos constantes de
2018, de acuerdo con el siguiente detalle:
ARTÍCULO 2°. La Secretaría
Distrital de Hacienda, una vez comprometidos los recursos a que se refiere el
artículo anterior, deberá incluir en el presupuesto de la vigencia 2019 las
asignaciones necesarias para cumplir los compromisos adquiridos. ARTÍCULO 3°.- El presente
Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE DANIEL ANDRÉS PALACIOS MARTÍNEZ Presidente DAGOBERTO GARCÍA BAQUERO Secretario General de
Organismo de Control ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO Alcalde Mayor de
Bogotá, D.C. |
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