Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 589 de 1998 Secretaría Distrital de Salud

Fecha de Expedición:
--//1998
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 589 DE 1998

RESOLUCIÓN 589 DE 1998

(Junio 26)

 

por medio de la cual se adopta el Manual de Indicadores de Gestión de la Secretaría Distrital de Salud.

 

La Secretaria Distrital de Salud de Santa Fe De Bogotá, D.C., en ejercicio de sus facultades legales, especialmente las contenidas en el artículo 6 de la Ley 87 de 1993, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que es deber de toda entidad pública el establecimiento de un Sistema de Control Interno con el fin de procurar que todas las actividades, operaciones y actuaciones, así como la administración de la información y los recursos se realicen de acuerdo con las normas constitucionales y legales vigentes dentro de las políticas trazadas por la Dirección y en atención a las metas y objetivos previstos.

 

Que se entiende por control interno el Sistema integrado por el esquema de organización y el conjunto de los planes, métodos, principios, normas, procedimientos y mecanismos de evaluación adoptados por una entidad

 

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 87 de 1993, es responsabilidad de la Secretaría Distrital de Salud el establecimiento y desarrollo del Sistema de Control Interno en la Entidad; sin menoscabo de las competencias asignadas a los demás funcionarios en todos los niveles jerárquicos de la misma.

 

Que mediante la Resolución 000369 del 28 de abril de 1998 se estableció el Sistema de Control Interno de la Secretaría Distrital de Salud y se adoptaron una serie de herramientas para el desarrollo del mismo.

 

Que es obligación de la entidad establecer un sistema de indicadores de gestión, con el fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos, metas, políticas, planes, programas de la misma, como una herramienta de desarrollo del control interno.

 

Que la Oficina de Gestión Pública y Autocontrol desarrolló a través de un consultor externo, contratado para el efecto; el Manual de Indicadores de Gestión de todas las dependencias de la Secretaría Distrital de Salud

 

Que se encuentra pendiente la adopción de este manual por parte de esta entidad,

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1º.- Del Manual de Indicadores de Gestión. Adoptar el Manual de Indicadores de Gestión de la Secretaria Distrital de Salud el cual es parte integrante de la presente Resolución.

 

Artículo 2º.- De la Modificación del Manual de Indicadores de Gestión. La modificación al Manual de Indicadores de Gestión se realizará de conformidad con lo dispuesto en el Manual de Procedimientos para el diseño, implementación y evaluación de indicadores de gestión, niveles de referencia e informes de gestión de la Secretaria Distrital de Salud, adoptado mediante Resolución 000369 del 28 de abril de 1998.

 

Artículo 3º.- De la Aplicación. Las herramientas adoptadas a través del manual de indicadores de gestión son de obligatorio cumplimiento por parte de todos los funcionarios de la Secretaría Distrital de Salud.

 

El desarrollo y la supervisión del cumplimiento de la presente Resolución estarán a cargo de los respectivos Directores y jefes de las dependencias.

 

La evaluación de lo aquí dispuesto será responsabilidad de la Oficina de Gestión Pública y Autocontrol en los términos de la Ley 87 de 1993.

 

Artículo 4º.- De la Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

 

Dada en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 26 de junio de 1998-

 

Comuníquese y cúmplase

 

La Secretaria Distrital de Salud, BEATRIZ LONDOÑO SOTO