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Resolución 081 de 2018 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
22/11/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
23/11/2018
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 081 DE 2018

 

Noviembre 22

 

Por la cual se designa el delegado del Alcalde Mayor en el Comité Distrital de Prevención para la Coordinación de Acciones de Implementación de la Estrategia de Prevención de Vulneraciones a los Derechos a la Vida, Libertad, Integridad y Seguridad de Personas, Grupo o Comunidades

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 3 del artículo 38 y artículo 40 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Constitución Política establece como fines esenciales del estado los de “(...) proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y (...) asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares”, y que en el artículo 13 ídem establece que “Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.”.

 

Que en virtud de los principios de coordinación, concurrencia, subsidiariedad y complementariedad establecidos en los artículos 10, 12 y 13 respectivamente, del Acuerdo Distrital 257 de 2006 “Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones”, y del principio de colaboración consagrado en el artículo 6 de la Ley 489 de 1998, el Gobierno Nacional y la Administración Distrital deben actuar de manera articulada frente a la garantía, efectividad y materialización de los derechos humanos individuales y colectivos.

 

Que el Decreto Nacional 1066 de 2015, adicionado por el Decreto Nacional 1581 de 2017, estableció la obligación para el gobierno nacional y por ende a los entes territoriales de organizar el programa de prevención y planes de contingencia, cuyo objetivo es contrarrestar las amenazas, disminuir las vulnerabilidades, potenciar las capacidades institucionales y sociales y fortalecer la coordinación institucional y social para la disminución del riesgo, determinando para ello.

 

Que con fundamento en el Decreto Nacional 1066 de 2015, adicionado por el Decreto Nacional 1581 de 2017, se expidió el Decreto Distrital 598 de 2018 que creó el Comité Distrital de Prevención para la Coordinación de Acciones de Implementación de la Estrategia de Prevención de Vulneraciones a los Derechos a la Vida, Libertad, Integridad y Seguridad de Personas, Grupos o Comunidadés, él cual según el artículo 8 numeral 1 ídem, está integrado, entre otros, por el Alcalde Mayor o su delegado, quien los presidirá.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. Delegar la participación del Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., en el Comité Distrital de Prevención para la Coordinación de Acciones de Implementación de la Estrategia de Prevención de Vulneraciones a los Derechos a la Vida, Libertad, Integridad y Seguridad de Personas, Grupos o Comunidades, en la Secretaria Distrital de la Mujer.

 

Artículo 2. La presente resolución rige a partir del día siguiente a la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D. C., a los 22 días del mes de noviembre del año 2018.

 

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

 

Alcalde Mayor