Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 111 de 2019 Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Fecha de Expedición:
18/01/2019
Fecha de Entrada en Vigencia:
21/01/2019
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 50843 del 21 de enero de 2019.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 0111 DE 2019

 

(Enero 18)

 

Por la cual se autoriza a Bogotá Distrito Capital -Secretaría Distrital de Hacienda para gestionar la contratación de un empréstito externo con la banca multilateral hasta por la suma de ciento veinte millones de dólares de los Estados Unidos de América (USD 120.000.000)

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO,

 

en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confiere por el literal a) del artículo 2.2.1.2.1.4 del Decreto 1068 de 2015, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que Bogotá Distrito Capital - Secretaría Distrital de Hacienda - mediante oficio radicado con el número 1-2018-092039 del 24 de septiembre de 2018, solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorización para iniciar gestiones para la contratación de un empréstito externo con la banca multilateral hasta por la suma de ciento veinte millones de dólares de los Estados Unidos de América (USD 120.000.000) sin garantía de la Nación;

 

Que el literal a) del artículo 2.2.1.2.1.4 del Decreto 1068 de 2015 establece que la celebración de contratos de empréstito externo por las entidades descentralizadas del orden nacional y por las entidades territoriales y sus descentralizadas, requerirá autorización para iniciar gestiones, impartida mediante resolución del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual podrá otorgarse una vez se cuente con concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación;

 

Que el Departamento Nacional de Planeación, mediante Concepto SC 20184380511981 del 24 de agosto de 2018, otorgó a la Secretaría Distrital de Hacienda concepto favorable para llevar a cabo operaciones de crédito público externo, de largo plazo sin garantía de la Nación en los términos estipulados en el Decreto 1068 de 2015, hasta por USD 120 millones, para financiar el Proyecto “Ampliación de la Troncal Av. Caracas de Transmilenio - Sector Yomasa”;

 

Que de acuerdo con el artículo 20 del Decreto Distrital 216 de 2017, el Alcalde Mayor de Bogotá Distrito Capital asignó al Secretario(a) Distrital de Hacienda la competencia para celebrar a nombre del Distrito Capital las operaciones de crédito público y asimiladas a las mismas, las operaciones de manejo de la deuda y las conexas a las anteriores, de la Administración Central del Distrito y de los establecimientos públicos distritales;

 

Que la Secretaría Jurídica Distrital, mediante comunicación radicada con el número 2-2018-14228 del 12 de octubre de 2018, expresó que “(...) al revisar el Decreto Distrital 216 de 2017, en el sistema de información Régimen Legal de Bogotá, no se evidencia que al mismo se le haya efectuado modificación alguna, y de forma expresa, mediante norma posterior. Por lo anterior, teniendo en cuenta lo expuesto; aunado al pronunciamiento de la Secretaría Distrital de Hacienda, resulta viable determinar que, el Decreto Distrital 216 de 2017, actualmente se encuentra vigente”;

 

Que la Secretaría Distrital de Hacienda mediante su comunicación con radicado número 1-2018-092039 de fecha 24 de septiembre de 2018, informó que: “(...) Actualmente Bogotá, D. C., cuenta con un cupo de endeudamiento disponible para contratación o emisión de deuda por valor total de $9,71 billones, el cual fue aprobado por el Concejo de Bogotá mediante los Acuerdos 270 de 2007, 458 de 2010, 527 de 2013, 646 de 2016 y 690 de 2017, (...)” y que “( ... ) La operación de crédito que motiva la presente solicitud afectaría el Acuerdo 690 de 2017”;

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°. Autorización para gestionar un empréstito externo. Autorizar a Bogotá Distrito Capital - Secretaría Distrital de Hacienda- para gestionar la contratación de un empréstito externo con la banca multilateral hasta por la suma de ciento veinte millones de dólares de los Estados Unidos de América (USD 120.000.000), destinados a la financiación del Proyecto “Ampliación de la Troncal Av. Caracas de Transmilenio -Sector Yomasa”.

 

ARTÍCULO 2°. Términos y condiciones financieras. Los términos y las condiciones a los cuales deberá sujetarse la gestión autorizada por el artículo 1° de la presente resolución, serán los más favorables de acuerdo con las condiciones del mercado, previa aprobación por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional.

 

ARTÍCULO 3°. Aplicación de otras normas. La presente autorización no exime a Bogotá Distrito Capital - Secretaría Distrital de Hacienda- del cumplimiento de las demás normas de cualquier naturaleza y orden que le sean aplicables, en especial de las Resoluciones Externas número 17 de 2015 y número 01 de 2018 de la Junta Directiva del Banco de la República, la Circular Reglamentaria Externa - DODM 145 del 30 de octubre de 2015 y demás normas que las modifiquen, sustituyan, adicionen, complementen o deroguen. Por lo anterior, la presente autorización no reemplaza la obligación de Bogotá Distrito Capital - Secretaría Distrital de Hacienda - del cumplimiento de estas, en la medida que le sean aplicables.

 

Parágrafo. Lo anterior se entiende sin perjuicio de las autorizaciones y conceptos previos al endeudamiento de las entidades públicas que deben emitir otras autoridades en cumplimiento de otras normas.

 

ARTÍCULO 4°. Vigencia. La presente resolución rige desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial, requisito que se entiende cumplido con la orden impartida por el Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional, según lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley 185 de 1995.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 18 días del mes de enero de 2019.

 

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

 

ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA.

 

(C. F.).